Abogados de divorcio en Torrella
Además de ofrecer una asesoría jurídica de prestigio, nos preocupamos de que haya una relación de honestidad y confianza entre el abogado y los clientes. Dada la naturaleza de los problemas que atraviesan nuestros clientes, contamos con una estricta política de confidencialidad. En base a esto, todos nuestros empleados firman un contrato de confidencialidad al momento de integrarse al caso.

¿De que modo se obtiene el divorcio contencioso?
El procedimiento se inicia por medio de la entrega de la demanda, acompañada por los certificados de matrimonio y de nacimiento de los hijos; así como también de esos documentos que sirvan para acreditar la situación económica de los cónyuges a efectos de la adopción de medidas de carácter económico (declaraciones tributarias, nóminas, certificaciones de banco, propiedades o certificaciones registrales). Después de entregada la solicitud, y contestada la misma, el Juez llamará a las partes a una audiencia, a la que deben acudir ambas con sus abogados. Si hay hijos será parte de igual forma el Ministerio Fiscal. En esa vista se mostrarán las pruebas que hagan referencia a eventos de los que tengan relación los pronunciamientos sobre las medidas a tomar respecto de la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas del cónyuge no custodio, el empleo de la vivienda familiar y el establecimiento de pensiones de alimentos o de pensión compensatoria. Cuando hubiesen hijos menores o incapacitados, se les oirá si tuvieren necesario juicio y, en cada caso, si fueren mayores de doce años. Una vez realizada la vista, el Juzgado dictará sentencia por la que se decrete el divorcio de los cónyuges y se establezcan las resoluciones que regirán a partir de ese instante las relaciones de los cónyuges y de estos con sus hijos; y mandará que se inscriba en el Registro Civil. Es posible solicitarse asimismo su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil.
¿Donde es necesario acudir para divorciarme?
El divorcio sólo puede acordarse por sentencia judicial y producirá efectos a partir de su firmeza. Con el fin de solicitarlo deberá presentarse demanda firmada a través de Abogado y Procurador, por lo que debe iniciar buscando con un Abogado para comenzar el trámite.
Divorcio unilateral no voluntario
El divorcio unilateral o sin acuerdo, significa que uno de los cónyuges no está de acuerdo con el divorcio. Para llevar a cabo la labor de divorcio unilateral la ley requiere que los cónyuges hayan estado separados (cesado la convivencia) durante a lo menos tres años.
El divorcio unilateral o divorcio sin acuerdo suele darse cuando el otro cónyuge no quiere el divorcio, ya sea por solo capricho o porque desea conseguir algún provecho a cambio. Las desventajas de este tipo de divorcio son fundamentalmente su costo y su extensión, dado que generalmente suelen presentarse recursos de apelación.
Transacción alimenticia o Avenimiento de Pensión alimenticia
Para los cónyuges y/o padres que quieran regular en forma amistosa una pensión alimenticia es recomendable el registro de una transacción o avenimiento de alimentos, de modo que se le otorgue estabilidad jurídica a los convenios alcanzados (tiene la misma fuerza legal que una sentencia judicial).
La transacción de alimentos puede implicar una orden de régimen de visitas para el padre que no dispone de la tuición del menor, con lo cual se cubren globalmente las materias asociadas con menor. La escritura de transacción alimenticia sirve, además, para ponerle fecha cierta a la separación entre los cónyuges lo que es provechoso para la futura tramitación de un divorcio.
Importante
El juzgado que debe conocer el juicio es siempre el de la residencia del demandado, o de alguno de los cónyuges si es divorcio de acuerdo mutuo.En los divorcios de acuerdo mutuo hay que adjuntar un acuerdo que regule los regímenes de visitas, custodia, alimentos y en dado caso normar además los bienes, esto cuando los cónyuges estén casados en sociedad conyugal.
La compensación económica se trata de la indemnización que la mujer o el hombre, que no pudo trabajar durante la convivencia por dedicarse al matrimonio o a los hijos, le pide al juez, para que condene al otro cónyuge a pagársela en dinero.
¿Es esta la solución a los conflictos de la pareja?
Esta es una respuesta en la que es difícil generalizar, pero basados en nuestra experiencia como abogados podemos decir que al conseguir una separación amigable las repercusiones negativas de esta difícil fase se reducen, pese a que no desaparecen del todo. No obstante, en relaciones muy desequilibradas y desgastadas la separación judicial no es mucho más que un paso legal en una progresión de rencor que conduce a un integrante de la pareja a hacerle la vida imposible al otro. Nuestros abogados online lo asesorarán para que usted pueda superar finalmente esta etapa dolorosa y extenuante.
Los temas que normalmente tienen que solucionarse antes de hacer válida una separación legal se relaciona con:
- El cuidado y pensión de los hijos que los cónyuges tengan en común, estos incluyen la custodia, alimentación, vistas, etc.
- Propiedades y bienes en común obtenidos durante la sociedad conyugal..
- Derechos hereditarios y de sucesión..
¿Qué son las medidas provisionales?
Son aquellas destinadas a regular la situación de los cónyuges en tanto se obtiene su proceso de separación matrimonial, o nulidad matrimonial y hasta su cierre final. Hay que separar dos clases:
- Las medidas previas o provisionalísimas, que se piden antes de la interposición de la demanda. Debe indicarse una situación de emergencia para su solicitud, como supuestos de violencia.
- Las medidas provisionales o simultáneas, que son las que se solicitan en el instante de la presentación de la demanda.
¿Qué puede solicitarse?
Entre las medidas que se podrían solicitar y que debe acordar el juez se encuentran: Establecer, en interés de los hijos, con cuál de los cónyuges han de quedar los sujetos a la patria potestad de los dos y seguir las disposiciones apropiadas de acuerdo a lo determinado en el Código Civil y, en particular, la forma en que el cónyuge que no ejerza la guarda y custodia de los hijos podrá cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, manera y lugar en que podrá comunicar con ellos. Si existe peligro de sustracción del menor por alguno de los cónyuges podrán pedirse las medidas que correspondan y, en particular, las siguientes:
- Prohibición de salida del territorio nacional.
- Prohibición de creación del pasaporte al menor.
- Sometimiento a autorización legal previa de un cambio de dirección del menor.
- Establecer, teniendo en consideración el interés familiar que más necesita protección, cuál de los cónyuges ha de seguir en la vivienda familiar y del mismo modo, previo inventario, los bienes y objetos que continúan en ésta y los quepuede llevarse el otro cónyuge.
- Establecer el aporte de cada cónyuge a los costosdel matrimonio, incluidas, las litis expensas, desarrollar las bases para la actualización de montos y disponer las garantías, u otras medidas convenientes. Se entenderá como aporte a dichas cargas el trabajo que uno de los cónyuges dará al cuidado de los hijos comunes.
- Estanlecer, atendidas las circunstancias, los bienes gananciales o comunes quesese hayan de hacer entrega a uno u otro cónyuge y las reglas que deban considerar en la administración y disposición, así como en la obligatoria rendición de cuentas sobre los bienes comunes o parte de ellos que reciban y los que adquieranposteriormente.
- Señalar, en su caso, el régimen de administración de aquellos bienes que por escritura notarial estuvieran afectos a las cargas del matrimonio.
Las preguntas por este medio son gratis, pero antes de preguntar, revise con cuidado la sección de preguntas comunes, dado que varias inquietudes están resueltas en dicha sección.
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