Abogados de divorcio en Soto en Cameros
La nueva ley de divorcio establece que existen tres tipos de divorcio en el país y se clasifican así de acuerdo a las causas que iniciaron la necesidad de divorciarse y las consecuencias legales que cada uno tiene consigo:Divorcio acordado o de mutuo acuerdo, Divorcio unilateral, Divorcio culposo. Lo que demoran en realizarse efectivos este tipo de juicios son tiempos indefinidos, aunque tiene que tener en cuenta unos dos meses para un divorcio de mutuo acuerdo y entre 4 y 8 meses para uno unilateral.

¿Cuál es el mejor instante para divorciarme? ¿Debo esperar a que mis hijos sean más grandes?
No existe una respuesta simple para esta pregunta. Necesitarás ser el juez de la situación. Las estadísticas enseñan que los niños que crecen en un entorno violento y lleno de conflictos están más dañados, que los que han crecido con unos padres divorciados o con un padre soltero. Con independencia de su edad, tu hijo tiene que sobrepasar algunos obstáculos. En general, los niños más chicos, de tres a seis años, tienden a culparse a sí mismos y a sentirse culpables por el Divorcio de sus padres. Los niños de siete a doce años, disminuyen el rendimiento escolar. Y los adolescentes, sienten que podrían haber evitado la ruptura, e igualmente, son críticos y se sienten molestos por sus progenitores.Pero si consideramos el asunto desde otra perspectiva, las buenas noticias son, que tras unos pocos años, el 67% de ellos, es decir más de los dos tercios, se integran muy bien en su ambiente.
¿Qué ocurre si uno de los Cónyuges no ratifica el Convenio?
Si en un trámite de mutuo acuerdo, tras la citación a los cónyuges para confirmar legalmente el convenio, uno de ellos no lo aprueba, se establecerá el inmediato cierre de las actuaciones, sin posterior recurso, salvo que haya razón justificada para la inasistencia, a criterio del Juzgador y anteriormente acreditada, en cuyo caso será conseguible iniciar otro señalamiento. Si no es así tendrá que promoverse un nuevo proceso, pero ahora contencioso.
Separación Judicial
En el caso de aquellos cónyuges que no poseen los requerimientos legales para tramitar el divorcio, tenemos la opción de representarlos en la tramitación de una separación judicial.
La ley de matrimonio civil decreta la separación judicial, que puede solicitarse por un cónyuge en caso de que el otro incumpla gravemente los deberes y obligaciones que impone el matrimonio y hacia los hijos. Además podrá ser solicitada al tribunal por uno de los cónyuges o por los dos cuando haya cesado la vida en común.
Ante esta situación, ambos cónyuges adquirirán el estado civil de separado, pero esto no los habilita para volver a contraer matrimonio (esto significa que no se deshace el vínculo). Esta condición es registrada en el Registro Civil. Previo a esto, el juez debe solucionar los efectos patrimoniales y jurídicos de la pareja, con especial resguardo del interés superior de los hijos, si éstos existen. Con la separación judicial terminan los deberes de convivencia y fidelidad, que se cancelan.
Transacción alimenticia o Avenimiento de Pensión de alimentos
Para los cónyuges y/o padres que quieran regular de manera amistosa una pensión de alimentos es aconsejable el registro de una transacción de alimentos (que se aprueba judicialmente), de forma que se le entregue seguridad jurídica a los acuerdos pactados (posee la misma fuerza jurídica que una sentencia judicial).
La transacción de alimentos podría implicar una orden de régimen de visitas para el padre que carece de la tuición del menor, con lo cual se abarcan totalmente las materias asociadas con menor. La escritura de transacción alimenticia sirve, aparte, para darle fecha fija a la separación entre la pareja lo cual es ventajoso para la tramitación de un divorcio.
Aviso de Cese de Convivencia
Los abogados de familia son quienes se encargan de representar a las partes en un proceso de divorcio. Para cualquier proceso de esta índole se requieren dos abogados, uno que represente a cada cónyuge. Un divorcio es un procedimiento judicial en que el objetivo es poner fin al matrimonio, a través de la declaración de un juez. Hay distintos tipos: puede ser de acuerdo mutuo, o unilateral y ambas partes requieren diferentes procedimientos. Para comenzar los trámites del divorcio se requieren sólo los certificados de matrimonio y de nacimiento, cuando existen hijos en común.
Puede existir un matrimonio que por distintas razones ha terminado la vida en común y aún así no desea divorciarse. En estas situaciones se puede pedir a un juez que dictamine la separación judicial y regule los temas jurídicos de esta situación. Esta instancia tiene la posibilidad de ser solicitada por cualquiera de los cónyuges, si es que ya no viven juntos, no obstante, ello impide a los separados para contraer un nuevo matrimonio.
Por otra parte, el divorcio termina el matrimonio y a los derechos y obligaciones que éste genera. Además permite a los divorciados casarse nuevamente.
Entre las consecuencias legales que tiene un trámite de divorcio podemos destacar el cese del deber de alimentar a la pareja: O sea se anula todo tipo de sentencia anterior que decrete el pago de una pensión de alimentos en pro del otro cónyuge. El proceso de divorcio anula los derechos hereditarios, es decir, si muere uno de los cónyuges, el otro ya no es heredero.
Sin embargo, el trámite de divorcio no influye los derechos y obligaciones que los progenitores tienen hacia los hijos, puesto que estos asuntos se manejan de manera sin importar el estado civil de los padres. Esto quiere decir que la justicia protege el bienestar de los más vulnerables, en este caso los hijos, especialmente si éstos son menores de edad, dejando de lado el estado civil de cada uno. La autoridad fuerza a las partes que deseen iniciar los trámites para el divorcio de acuerdo mutuo, que creen adicionalmente un régimen de visitas, custodia y alimentos en el que se resguarden los deberes y derechos de los hijos menores de edad.
¿Estoy facultado para divorciarme a pesar de que mi cónyuge no esté de acuerdo?
Sí. Tras las últimas reformas en materia de divorcio, basta con que uno de los cónyuges no desee continuar con el matrimonio para que se pueda pedir el divorcio, sin que el otro pueda negarse a la petición por motivos materiales, y sin que el Juez pueda negar la solicitud, salvo por temas procesales.
¿Tengo que alegar alguna razón para poder divorciarme?
No. Ya no existen los listados de razones de separación y de divorcio. La simple voluntad de no continuar con el matrimonio es suficiente para poder obtener el divorcio.
¿Cuánto tiempo debo llevar casado para poder divorciarme?
Para poder separarse o divorciarse, deben haber pasado un mínimo de tres meses a partir de la celebración del vínculo matrimonial. No será necesario esperar al transcurso de este plazo de tres meses en los casos en los que se certifique algún riesgo para la vida, la integridad física, libertad, integridad moral del cónyuge demandante o de los hijos.
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