Abogados de divorcio en Rute

El divorcio es una de las formas a través de las que puede terminar el vínculo matrimonial; se da por acabado el vínculo que unía a los cónyuges de un vínculo matrimonial celebrado. Las características principales del trámite de divorcio son: el no requerimiento de fundamentar la decisión de romper el vínculo matrimonial en causa alguna; la necesidad de intervención judicial para deshacer el vínculo matrimonial; es suficiente con que haya transcurrido un mínimo de 3 meses desde la celebración del matrimonio. No existe el divorcio de hecho, es necesaria por cierto una sentencia que declare el vínculo matrimonial disuelto.

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¿Cuál es el mejor instante para separarme? ¿Debería esperar a que mis hijos sean mayores?

No hay una respuesta sencilla para esta pregunta. Deberás ser tú el propio juez del avance. Las estadísticas demuestran que los niños que viven en un entorno hostil y lleno de conflictos están emocionalmente más dañados, que aquellos que han crecido con padres separados o con un padre soltero. Con independencia de su edad, tu hijo tendrá que sobrellevar ciertos obstáculos. En general, los hijos más pequeños, de tres a seis años,suelen culparse y a sentirse responsables por el Divorcio de sus padres. Los niños de siete a doce años, bajan el rendimiento escolar. Y los adolescentes, sienten interiormente que podrían haber evitado la separación, e igualmente, son críticos y se sienten heridos por sus padres.Pero si analizamos el asunto en otra perspectiva, las buenas noticias son, que tras unos pocos años, el 67% de ellos, o sea más de los dos tercios, se integran bien en su nuevo entorno.

¿Qué ocurre si uno de los Cónyuges no firma el Convenio?

Si en un trámite de acuerdo mutuo, tras la citación a los cónyuges para ratificar legalmente el convenio, uno de ellos no lo firma, se establecerá el inmediato archivo de las actuaciones, sin ulterior recurso, a menos que haya razón suficiente para la inasistencia, a criterio del Juzgador y previamente acreditada, en cuyo caso será conseguible iniciar otro señalamiento. Si no es así tendrá que promoverse un nuevo trámite, pero ahora contencioso.

Separación Judicial

En el caso de aquellos cónyuges que no cumplen con los requisitos legales para solicitar el divorcio, tenemos la opción de representarlos en la tramitación de una separación judicial.

La ley de matrimonio civil decreta la separación judicial, que podría solicitarse por un cónyuge en caso que el otro falte a las obligaciones que impone el matrimonio y hacia los hijos. Además podrá solicitarse al tribunal por cualquiera de los cónyuges o por ambos al haber finalizado la convivencia.

Ante esta situación, ambos cónyuges adquirirán el estado civil de separado, lo que no los habilita para casarse de nuevo (es decir, no se deshace el vínculo). Esta condición es inscrita en el Registro Civil. Antes de esto, el juez tiene que resolver los temas patrimoniales y jurídicos de la pareja, resguardando especialmente el bienestar de los hijos, si es que los hay. Con la separación judicial terminan los deberes de cohabitación y fidelidad, que se cancelan.

Pensión alimenticia

Nuestros abogados representan a quien quiere interponer una demanda por pensión de alimentos o a quien quiere ampararse de una demanda por pensión alimenticia en su contra.

El derecho a requerir alimentos asiste a quien está en cierta necesidad respecto de sus padres, abuelos, hijos, o cónyuge, que puedan proporcionarlos.

La determinación del monto de la pensión alimenticia a pagar se basa en una serie de elementos que se demuestran durante el juicio y tienen relación la capacidad del alimentario (o de los alimentarios en el caso de un menor) y con las necesidades de quien pide la pensión alimenticia. Durante la tramitación del juicio está la posibilidad de pedirse una pensión alimenticia temporal, que tiene como objetivo asegurar que se cubrirán las necesidades alimenticias durante la tramitación del juicio.

Asesoramos tanto a menores que quieran demandar por pensión alimenticia a alguno de sus padres (generalmente al que no dispone de la tuición del menor) y a cónyuges que desean demandar o han sido demandados por su cónyuge.

Validación de sentencias de divorcio de otros países

El proceso de validación de la sentencia obtenida en el extranjero implica solicitar un exequator. Es decir un procedimiento en el cual se solicita que se tenga por reconocida en el territorio la sentencia de divorcio obtenida en otro país.

Si se comienza un trámite para divorcio unilateral, el cónyuge demandante puede pedir la regulación de estos aspectos, de forma de resguardar el bienestar de los hijos a partir del primer momento.

Es fundamental saber que usted tendrá que informar de la demanda al otro cónyuge. La legislación estipula que cada persona cuenta con el derecho a tener conocimiento de que se realiza un juicio en su contra. Además, debe tener en cuenta, que la legislación exige que ambos cónyuges asistan a una audiencia, de forma que es importante que usted tenga conocimiento de una dirección en que su cónyuge pueda ser avisado(a). En el caso de los hombres, ya registrado el divorcio en el registro civil él puede volver a contraer matrimonio inmediatamente. Las mujeres están regidas por una normativa del código civil que tiene por objeto evitar confusión de paternidades. Esta normativa establece que la mujer cuando se divorcia deba esperar nueve meses para volver a casarse. Sin embargo se puede acortar este plazo si la mujer prueba que, al momento de realizarse el divorcio, no está embarazada. Esto se hace por medio de una certificación médica que se debe exponer frente a un juez, el que permite realizar el matrimonio por medio de una sentencia legal.

¿Qué diferencias existe entre el divorcio y la nulidad matrimonial?

El divorcio destruye el vínculo matrimonial aunque en ningun momento se duda sobre la validez del matrimonio. Sin embargo, a través de la nulidad se señala que no hubo matrimonio pese a su formal apariencia, ya que han pasado vicios o defectos fundamentales que evitan que el mismo sea capaz de surtir efectos. Así, por nombrar algunos, son causas de nulidad: El contraído por coacción, el matrimonio contraído sin consentimiento matrimonial, el contraído por menores de edad, etc.

¿Puedo volver a casarme después de el divorcio?

Sí. No obstante, hay que considerar que, si el matrimonio se celebró por la Iglesia, ni la separación ni el divorcio facilitan contraer un nuevo matrimonio por la Iglesia. Ello tan solo es posible si el tribunal eclesiástico competente, tras un trámite legal, considera que están las condiciones para declarar como nulo el vínculo matrimonial. Por lo tanto, el divorcio posibilita contraer nuevo matrimonio, pero no por la iglesia.

Los abogados son expertos en Derecho de Familia y herencias, y podemos entregar asesorías y tramitar representaciones en todo este rubro.



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