Abogados de divorcio en Quintanar de la Orden

Si siempre ha habido en su familia un centenar de motivos para dar término a la vida en común y siempre quiso saber el costo de un divorcio, lo que quizás le impidió cumplir sus deseos, tenemos la solución, porque nuestros servicios gratuitos y de vasta trayectoria le darán fin a sus dolores de cabeza y años de dolor. Una separación judicial rápida es lo que los clientes necesitaban, ya que cada vez que ocurre una separación matrimonial no solamente se produce el problema de finalizar el contrato civil, sino que implica juicios por alimentos, tuición, régimen de visitas, separación de bienes y en situaciones más extremas como alimentos mayores, menores, impugnación de paternidad, reconocimiento de paternidad, proclamación de bienes familiares, herencias, etc.

Puede estar tranquilo, ya que no solamente lo ayudaremos en los tramites del divorcio, sino que nuestro bufete de abogados se orienta en todos los juicios de tipo familiar previamente mencionados, con atención individualizada, seguimiento constante del caso y garantía total de que usted terminará divorciado y complacido con el resultado.

Abogados de divorcio en Quintanar de la Orden Abogados de Divorcio

¿De que manera se piden las resoluciones temporales previas a la demanda o provisionalísimas?

Debe presentar un formulario en el Juzgado del domicilio del solicitante en el que se expondrán los sucesos y condiciones que dan origen a su petición y las resoluciones especificas que se estan pidiendo; entregando con la misma las certificaciones de matrimonio y de nacimiento de los hijos y aquellos otros documentos que justifiquen o avalen las medidas que se requieren.

A la audiencia de la petición, el Tribunal mandará citar a los cónyuges y, si hubiere hijos menores o incapacitados, al Ministerio Fiscal, a una audiencia, en la que se intentará un acuerdo de las partes. A dicha comparecencia tendrá que ir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su Procurador. La falta de asistencia, sin razón justificada, de alguno de los cónyuges a la comparecencia podrá establecer que se consideren admitidos los hechos alegados por el cónyuge presente para dar sustento sus peticiones sobre medidas provisionales de carácter patrimonial. El juez establecerá las medidas oportunas y en contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Divorcio unilateral o sin acuerdo

El divorcio unilateral o sin acuerdo, implica que una de las partes no está de acuerdo con el divorcio. Para llevar a cabo la acción de divorcio unilateral la ley requiere que la pareja haya estado separada (cesado la convivencia) por a lo menos tres años.

El divorcio unilateral o divorcio sin acuerdo suele presentarse cuando el otro cónyuge no desea el divorcio, por solo capricho o porque quiere conseguir una ventaja a cambio. Las desventajas de este tipo de divorcio son especialmente su costo (es un juicio más complejo) y su extensión, dado que normalmente suelen presentarse recursos de apelación.

Aumento de Pensión alimenticia

Para el que actualmente recibe una pensión alimenticia y desea que el monto aumente por haber cambiado las circunstancias propias o de quien paga los alimentos, existe la opción de interponer una demanda por aumento de pensión. Representamos a nuestros clientes en la interposición y gestión de demandas por aumento en la pensión.

Importante

El juzgado que debe manejar el juicio es siempre el del domicilio de la persona demandada, o de cualquiera de los cónyuges si es de mutuo acuerdo.En los divorcios de acuerdo mutuo se debe acompañar un acuerdo que normalice las visitas, tuición, alimentos y en su caso regular además los bienes, esto en el caso de que los cónyuges estén casados con sociedad conyugal.

La compensación económica consiste en la indemnización que la mujer o el hombre, que no pudo laborar a lo largo de la convivencia por dedicarse al matrimonio o a los hijos, le pide al juez, para que sentencie al otro cónyuge a pagársela en dinero.

Si se inicia un trámite para divorcio unilateral, el demandante tiene la posibilidad de solicitar la regulación de estos ítems, de manera de velar por el bienestar de los hijos a partir del principio.

Es importante saber que usted deberá informar de la demanda a su pareja. La ley estipula que toda persona tiene el derecho a saber que hay un juicio en su contra. Además, debe tener en cuenta, que la legislación exige que ambas partes concurran a una audiencia, de manera que es importante que usted tenga conocimiento de alguna dirección donde su cónyuge pueda ser avisado(a). En cuanto a los hombres, ya inscrito el divorcio en el registro civil este puede volver a casarse de inmediato. Las mujeres se rigen por una normativa del código civil que tiene como objetivo evitar confusión de paternidades. Esta normativa establece que la mujer que se divorcia deba esperar nueve meses para contraer matrimonio otra vez. Sin embargo es posible rebajar este plazo si la mujer demuestra que, al momento de hacerse efectivo el divorcio, no está embarazada. Esto se realiza por medio de una certificación médica que se tiene que presentar frente a un juez, quien permite realizar el matrimonio mediante una sentencia legal.

¿Qué son las medidas provisionales?

Son aquellas que tienen como objetivo acordar la situación de los cónyuges mientras se tramita su procedimiento de divorcio, o nulidad definitiva y hasta su término. Hay que separar dos tipos:

  1. Las medidas previas o provisionalísimas, que se piden antes de la interposición de la demanda. Debe acreditarse una situación de importancia para su adopción, como supuestos de violencia.
  2. Las medidas provisionales, que se solicitan en el instante de la presentación de la demanda.

¿Qué puede solicitarse?

Entre las medidas que se deberian pedir se encuentran las siguientes: Resolver, en interés de los hijos, con cuál de los cónyuges han de quedar los sujetos a la patria potestad de ambos y seguir las disposiciones apropiadas de acuerdo a lo establecido en el Código Civil y, en particular, la manera en que el cónyuge que no tenga la guarda y custodia de los hijos puede cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, manera y lugar en que podrá interactuar con ellos y tenerlos en su compañía. Cuando exista riesgo de sustracción del menor por alguno de los cónyuges podrán pedirse las medidas necesarias y, en especial, las siguientes:

  • Prohibición de salida del territorio nacional, salvo autorización legal.
  • Prohibición de creación del pasaporte al menor.
  • Requerimiento de autorización judicial previa de cualquier cambio de dirección del menor.
  • Determinar, teniendo en cuenta el familiar que más necesita protección, cuál de los cónyuges ha de seguir en la vivienda familiar y asimismo, previo inventario, los bienes que siguen estando en ésta y los que se ha de llevar el otro cónyuge.
  • Fijar la contribución de cada cónyuge a las cargas del matrimonio, incluidas, si corresponde, las litis expensas, establecer las bases para la actualización de montos y disponer las garantías, depósitos, retenciones u otras medidas cautelares convenientes. Se entenderá como aporte a dichas cargas el trabajo que uno de los cónyuges dará al cuidado de los hijos comunes.
  • Estanlecer los bienes ganancialesque, previo inventario,se hayan de hacer entrega a uno u otro cónyuge y las disposiciones que tienen que respetar en la administración, así como en la rendición sobre los bienes o parte de ellos que obtengan y los que adquieranmas adelante.
  • Determinar, en su caso, el régimen de administración y uso de los bienes que por capitulaciones o escritura notarial estuvieran especialmente afectos a las cargas del matrimonio.



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