Abogados de divorcio en Peñalba
La principal consecuencia del divorcio es la disolución del matrimonio. El matrimonio existe a partir de su celebración hasta que la sentencia es firme, momento en el que el lazo entre los cónyuges desaparece y, por lo tanto, queda modificado el estado civil de los antiguos cónyuges, que ahora son personas divorciadas y que, por ende, pueden contraer matrimonio cuando lo deseen.
Tras el divorcio se disuelve el régimen económico del vínculo matrimonial. La sentencia de divorcio sólo afectará a terceros de buena fe (que han podido o pueden contratar ), a partir del momento de la inscripción del divorcio en el Registro Civil, puesto que a partir de ese instante puede ser conocida por todos. (ej: uno de los cónyuges contrata el servicio de unos profesionales para realizar obras en la casa o departamento cuando ya hay sentencia de divorcio pero todavia no se ha inscrito en el Registro Civil. El trabajador podrá actuar tal como si se encontraran casados, responderán del valor los dos cónyuges). En todo caso, el efecto solo para los cónyuges es inmediato desde que se dicta la sentencia. Encontramos algunos otros efectos a partir de de esta ruptura del vínculo matrimonial, tales como la anulación de los derechos sucesorios entre los cónyuges.

¿Qué ventajas implica el divorcio de mutuo acuerdo?
Se trata del trámite más veloz, simple y barato de conseguir el divorcio. A diferencia del contencioso, no exige la celebración de juicio, siendo suficiente con la entrega de la demanda y del convenio y su ratificación -firma- en el Tribunal por los dos cónyuges. También supone un abaratamiento de costes al permitir que ambos cónyuges sean representados por el mismo Procurador y defendidos por un único Abogado. El divorcio contencioso es más extenso, complejo y caro. Exige la celebración de vista judicial, y ya no es factible ir con un sólo Abogado y un sólo Procurador, sino que cada parte debe asistir con los suyos.
Separación de bienes
Representamos a aquellos cónyuges casados en sociedad conyugal que quieran modificar dicho sistema por el de separación total de bienes.
La separación de bienes se puede hacer en cualquier momento a lo largo del matrimonio, y está la posibilidad de llevarse a cabo en forma acordada o en forma judicial por la mujer.
Si ambos cónyuges concuerdan en sustituir el régimen de sociedad conyugal por el de separación de bienes, no se requiere la intervención del tribunal, sino que nuestros abogados crean las escrituras y se realiza la disolución de la sociedad conyugal, todo lo cual se inscribe después.
Si el hombre no quiere efectuar la separación de bienes, existe la posibilidad para la mujer de pedir la separación de bienes a través de vía judicial, lo que también implica la disolución de la sociedad conyugal, cuando existen bienes sociales.
Liquidación de la sociedad conyugal
Representamos a quienes que al momento de efectuar la separación de bienes, quieran liquidar la sociedad conyugal. Esto es conveniente cuando hay bienes sociales y es posible efectuar conjuntamente con la separación de bienes.
Demandas de pensión alimenticia
Nuestros profesionales asisten a quien quiere iniciar una demanda por pensión alimenticia o a quien desea defenderse de una demanda por pensión de alimentos interpuesta en su contra.
El derecho a demandar alimentos asiste al que está en necesidad en relación a sus padres o familiares que puedan proporcionarlos.
La determinación del total de la pensión alimenticia a pagar se basa en un conjunto de elementos que se demuestran durante el juicio y se relacionan a la capacidad del alimentario y con las necesidades de quien demanda la pensión de alimentos. A lo largo del proceso del juicio está la posibilidad de pedirse una pensión de alimentos temporal, que tiene como objetivo garantizar que se cubrirán las necesidades alimenticias durante la tramitación del juicio.
Representamos tanto a menores que quieran demandar por pensión alimenticia a alguno de sus padres (generalmente a quien no dispone de la custodia del menor) y a cónyuges que quieran demandar o han sido demandados por su cónyuge.
Validación de sentencias de divorcio extranjeras
El proceso de validación de la sentencia conseguida en el extranjero implica solicitar un exequator. Es decir un proceso en el que se pide que se reconozca en el país aquella sentencia de divorcio conseguida en otro país.
Entre las consecuencias legales que tiene un trámite de divorcio podemos nombrar el término del deber de alimentar a la pareja: O sea se termina toda sentencia previa que decrete el pago de una pensión de alimentos en pro del otro cónyuge. El proceso de divorcio termina los derechos hereditarios, o sea, si muere uno de los cónyuges, el cónyuge sobreviviente no es heredero.
No obstante, el trámite de divorcio no afecta los derechos y obligaciones que los progenitores tienen hacia los hijos, ya que estos temas existen de forma independiente al estado civil de los progenitores. Esto significa que la justicia protege el bienestar de los más desvalidos, ante esta situación los hijos, especialmente si éstos son menores de edad, dejando de lado si usted o su pareja son casados, solteros, separados, anulados, divorciados o alguno de los dos enviudó. La autoridad obliga a las partes que pretendan iniciar los trámites para el divorcio de acuerdo mutuo, que creen adicionalmente un sistema de visitas, custodia y alimentos en el que se resguarden los deberes y derechos de los niños menores de edad.
¿Qué sucede si no es factible localizar al demandado?
Si no hay datos de su domicilio, podrá pedirse su localización a través de un oficio a la Policía. Si las averiguaciones resultaran infructuosas, deberá hacerse por edictos, si bien deberá ser solicitado por la parte. Por cierto una vez conste el domicilio del actor, el emplazamiento se hará en su persona, y en caso de no hallarse en el lugar, se hará con entrega de cédula a la persona que se encuentre en el domicilio o lugar donde se le emplace. Si el demandado es encontrado pero no quiere recibir la citación o a firmarla, el Secretario u Oficial le amonestará haciéndole entender que la copia de la resolución se localizan a su disposición en la Secretaría del Juzgado produciéndose todos los efectos de la comunicación.
¿Qué ocurre si no me presento en el juicio?
La Ley refuerza la obligación de presencia física de los cónyuges bajo apercibimiento de poder tener por admitidos los hechos alegados por la parte que comparezca para fundamentar sus peticiones sobre resoluciones definitivas de carácter patrimonial.
¿Puedo solicitar que la otra parte pague las costas judiciales en la demanda?
En materia de derecho de familia, las condenas en costas se consideran reservadas a supuestos límites de contumacia o mala fe, siendo la norma general, por el contrario, la no imposición de los costos del juicio.
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