Abogados de divorcio en Paracuellos de la Ribera
El divorcio supone la extinción del vínculo matrimonial mediante una declaración judicial, es decir, por una sentencia firme recaida luego de la tramitación de un proceso legal en el que obligatoriamente deben interactuar abogado y procurador. Sólo una resolución de este tipo es capaz de producir el divorcio de los coóyuges, incluso a pesar de que éstos se encuentren de acuerdo en solicitarlo. A pesar de ser causa de término del matrimonio legalmente se exigen determinadas salvaguardias que tendrán efecto en los coóyuges aun después de terminado el matrimonio. Por un lado se asegura el cumplimiento de los deberes de los padres frente a los hijos sin importar la relación que puedan o no tener con ellos. Por otro se asegura la situación económica analoga a la obtenida en el matrimonio por el cónyuge más desfavorecido económicamente. Además de eso será primordial la defensa de sus intereses en la disolución del régimen económico y la atribución de bienes.
En nuestro grupo adicionalmente damos especial énfasis en el trámite de divorcio a la regulación de las visitas de padres e hijos teniendo en consideración los detalles de la aplicación de la Ley de Custodia Compartida.

¿De que modo se tramita el divorcio de mutuo acuerdo?
El trámite se inicia con la entrega de la demanda por ambos cónyuges en conjunto o sólo por uno con el consentimiento del otro. Esa demanda debe ir acompañada de un convenio regulador – documento en el que se listan las medidas que regularán en el futuro la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas, las pensiones de alimentos y compensatoria y el uso de la dirección familiar, entre otras- firmado por los esposos, y en el que tienen que confirmarse -firmar- posteriormente los dos cónyuges.
¿Qué es el «divorcio express»?
Tras las últimas modificaciones en la materia, se han hecho más simples los trámites para la recepción de la sentencia de divorcio, sobre todo para los supuestos que se solicitan de acuerdo mutuo. Su sistema más simple, barato y rápido ha hecho que se le conozca «divorcio express».
Compensación Económica
Representamos a nuestros clientes ante demandas de compensación económica que se puedan dar en juicios unilaterales de divorcio. Además podemos pedir compensaciones económicas en juicios de divorcio, cada vez que la persona cumple con los supuestos para ello.
La indemnización económica es una institución creada por el legislador para cuidar al «cónyuge más vulnerable» que sufrió un menoscabo financiero por no haber tenido menor o nulo ingreso económico, al dedicarse a la mantención del hogar o de los hijos.
Pensión de alimentos
Nuestros profesionales asisten al que desea poner una demanda de pensión de alimentos o bien respecto de quien quiere defenderse de una demanda por pensión de alimentos interpuesta en su contra.
El derecho a demandar alimentos ayuda a quien está en cierta necesidad respecto de sus padres o familiares que puedan otorgarlos.
La fijación del valor de la pensión alimenticia a pagar se basa en una serie de elementos que se demuestran en el juicio y se relacionan a la capacidad del alimentario y con los requerimientos de quien solicita la pensión de alimentos. a lo largo de la tramitación del juicio está la posibilidad de solicitarse una pensión de alimentos temporal, que tiene por objeto asegurar que se cubrirán las necesidades alimenticias a lo largo del juicio.
Representamos tanto a menores que desean demandar por pensión de alimentos a uno de sus padres (generalmente al que no dispone de la tuición del menor) y a cónyuges que quieran demandar o han sido demandados por su cónyuge.
Validación de sentencias de divorcio de otros países
El proceso de validación de un divorcio obtenido en el extranjero significa tramitar un exequator. Esto es un procedimiento en el cual se solicita que se tenga por reconocida en el país la sentencia de divorcio conseguida en otro país.
Si se inicia un proceso para divorcio unilateral, el cónyuge demandante tiene la posibilidad de solicitar la regulación de estos aspectos, de manera de velar por los intereses de los hijos desde el primer momento.
Es fundamental saber que usted deberá notificar la demanda al otro cónyuge. La legislación estipula que cada persona cuenta con el derecho a tener conocimiento de que hay un juicio en su contra. Aparte, debe considerar, que la legislación requiere que ambos cónyuges asistan a una audiencia, de modo que es importante que usted tenga conocimiento de una dirección donde su cónyuge pueda ser notificado(a). En el caso de los hombres, ya registrado el divorcio en el registro civil este puede volver a casarse inmediatamente. Las mujeres están regidas por una norma del código civil que tiene como objetivo prevenir confusión de paternidades. Esta norma ordena que la mujer al divorciarse debe esperar 9 meses para casarse nuevamente. Sin embargo se puede rebajar el plazo si la mujer prueba que, al realizarse el divorcio, no está embarazada. Esto se realiza a través de un certificado médico que se debe exponer frente a un juez, quien autoriza realizar el matrimonio por medio de una sentencia legal.
¿Qué sucede si no es posible encontrar al otro cónyuge?
Si no hay datos de su domicilio, podrá intentarse su ubicación por medio de oficio a la Policía. Y si las averiguaciones fueran negativas, deberá hacerse por edictos, si bien deberá ser requerido por la parte. Por cierto una vez conste el domicilio del actor, el emplazamiento se hará en su persona, y en caso de no encontrarse en el lugar, se hará a la persona que se encuentre en el domicilio o lugar donde se le emplace. Si el demandado es ubicado pero rechaza recibir la citación o se niega a firmarla, el Secretario u Oficial le hará conocer que la copia de la resolución se encuentran a su disposición en la Secretaría del Juzgado la comunicación.
¿Qué sucede si no comparezco en el juicio?
La Ley refuerza la obligación de presencia personal de los cónyuges bajo apercibimiento de poder considerar por reales los hechos alegados por la parte que comparezca para dar sustento a sus peticiones sobre resoluciones de carácter patrimonial.
¿Puedo pedir que la otra parte pague las costas judiciales en la demanda?
En materia de derecho de familia, las condenas en costas se consideran reservadas a límites de contumacia o mala fe procesal, siendo la costumbre general, por el contrario, la no imposición de las costas.
Nuestros abogados con experiencia en divorcios y separaciones se encargan de toda la ejecución del proceso, ya sea de mutuo acuerdo o contencioso, informando en todo instante su persona de la situación de su expediente.
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