Abogados de divorcio en Mancor de la Vall

El más recomendable servicio es el que transforma los trámites del divorcio en algo breve y cómodo, sin la tediosa espera de meses y hasta años que ha distinguido a los procesos de divorcio en el país. El divorcio se trata de la disolución del matrimonio y la unión civil. En la mayor parte de los países, la unión de las parejas se realiza a través de un trámite frente a un representante de la autoridad de estado o de justicia, ante el cual ambas partes conceden un contrato de unión en sociedad, el matrimonio. Este acuerdo civil puede variar según las leyes de divorcio del territorio.

Los divorcios rápidos son ahora alcanzables gracias a nuestro servicio de abogados presenciales que acuden a las audiencias de divorcio, representando a ambas partes planteando de forma práctica e inteligente los requerimientos de los clientes en todos los temas legales en que el estudio se especializa.

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¿Si el matrimonio tiene hijos, éstos se verán afectados legalmente por el divorcio?

Los derechos y obligaciones que hay entre padres e hijos no se ven turbados por el divorcio, ya que los deberes existen por ser padres, independiente del estado civil de estos. O sea, un padre tiene obligaciones y derechos con sus hijos esté soltero, casado, separado, divorciado, anulado o viudo.

Si son hijos menores de 18 años, en el instante de gestionar su divorcio, la ley prioriza los derechos de los niños. Es así como la ley requiere a la pareja que quiera tramitar un divorcio de mutuo acuerdo presentar un acuerdo de custodia, visitas y alimentos en relación a sus hijos menores de edad. Si el divorcio es unilateral, es posible exigir el estatuto de estos temas en el juicio mismo, así el divorcio facilita que se protejan los derechos de los hijos adentro de un mismo juicio.

Divorcio culposo

Este tipo de divorcio se puede pedir al tribunal de familia una vez que una de las partes ha faltado de manera grave a los deberes y obligaciones que implica el matrimonio o los deberes y obligaciones para hacia los hijos, frutos de esta unión. Estas faltas vuelven insoportable una convivencia, por lo que la parte perjudicada puede comenzar los trámites de divorcio lo más pronto posible. En estas situaciones no es necesario haber hecho efectivo el cese de la convivencia.

Transacción alimenticia o Avenimiento de Pensión alimenticia

Para aquellos cónyuges y/o padres que deseen normar en forma amistosa el pago de una pensión alimenticia es aconsejable el registro de una transacción o avenimiento de alimentos, de forma que se le otorgue alguna seguridad jurídica a los convenios alcanzados (posee igual fuerza jurídica que una sentencia judicial).

La transacción alimenticia podría incluir una orden de un régimen de visitas para el padre que carece de la tuición del menor, con lo que se cubren totalmente los asuntos asociados al menor. La escritura de transacción de alimentos sirve, además, para darle fecha exacta a la separación de la pareja (si fuere el caso) lo que es provechoso para la futura tramitación de un divorcio.

Separación Judicial

La legislación de matrimonio civil decreta la separación judicial, que podrá ser invocada por un cónyuge en caso de que el otro infrinja de manera grave los deberes y obligaciones que establece el matrimonio y hacia con los hijos. Además puede ser requerida al tribunal por cualquiera de los cónyuges o por los dos cuando haya cesado la vida en común.
Entre las consecuencias legales que significa un trámite de divorcio podemos nombrar el término de la obligación de alimentar al otro cónyuge, es decir se anula todo tipo de sentencia anterior que dictamine el pago de una pensión alimenticia a favor del otro cónyuge. El trámite de divorcio anula los derechos hereditarios, es decir, si fallece uno de los cónyuges, el cónyuge sobreviviente no es heredero.

Sin embargo, el trámite de divorcio no afecta los derechos y obligaciones que los padres tienen ante los hijos, ya que estos asuntos existen de forma sin importar el estado civil de los padres. Esto quiere decir que la justicia vela por el bienestar de los más vulnerables, ante esta situación los hijos, especialmente si son menores de edad, dejando de lado el estado civil de cada uno. La ley fuerza a las partes que quieran iniciar los trámites para el divorcio de mutuo acuerdo, que creen además un sistema de visitas, tuición y alimentos en el que se protejan los deberes y derechos de los hijos menores de edad.

¿Qué son las medidas provisionales?

Son las destinadas a acordar la situación de los cónyuges mientras se obtiene su procedimiento de separación, o nulidad matrimonial y hasta su conclusión. Hay que separar dos categorías:

  • Las medidas previas o provisionalísimas, que se piden antes de la interposición de la demanda. Debe existir una situación de importancia para su solicitud, como pasa en los supuestos de violencia.
  • Las medidas provisionales o simultáneas, que son las que se piden en el momento de la presentación de la demanda.

¿Qué puede solicitarse?

Entre las medidas que se deberian solicitar y que debe acordar el juez se encuentran: Determinar con cuál de los cónyuges han de quedar los sujetos a la patria potestad de ambos y seguir las instrucciones que correspondan de acuerdo con lo establecido en el Código Civil y, en particular, la forma en que el cónyuge que no ejerza la guarda y custodia de los hijos podrá cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, modo y lugar en que podrá comunicar con ellos y tenerlos en su compañía. Si existe peligro de sustracción del menor por alguno de los cónyuges o por terceras personas pueden establecerse las medidas que correspondan y, en especial, las siguientes:

  1. Prohibición de salida del territorio nacional.
  2. Prohibición de expedición del pasaporte al menoro su retiro.
  3. Requerimiento de autorización legal previa de cualquier cambio de domicilio del menor.
  4. Establecer cuál de los cónyuges ha de proseguir en el uso de la vivienda familiar y del mismo modo, previo inventario, los bienes que siguen estando en ésta y los quepuede llevarse el otro cónyuge.
  5. Fijar la contribución de cada cónyuge a los costosdel matrimonio, incluidas, si procede, las litis expensas, desarrollar las bases para la actualización de montos y disponer las garantías, depósitos, u otras medidas convenientes. Se considerará contribución a dichas cargas el trabajo que uno de los cónyuges dedicará al cuidado de los hijos comunes.
  6. Señalar, dadas las circunstancias, los bienes ganancialesquesese deban hacer entrega a uno u otro cónyuge y las reglas que deban observar en la administración, así como en la obligatoria rendición sobre los bienes o parte de ellos que reciban y los que adquieran en lo sucesivo.
  7. Señalar, en su caso, el régimen de administración de los bienes privativos que por escritura notarial estuvieran particularmente afectos a las cargas del matrimonio.



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