Abogados de divorcio en Lora del Rio
Somos un bufete de abogados con especialización en los procesos matrimoniales. Es por esa razón que con una atención personalizada, y confidencial, lo podemos ayudar y representar para realizar su separación o divorcio de la manera menos traumática para su familia y más razonable para sus intereses. El precio para el divorcio de mutuo acuerdo incluye el término de la Sociedad matrimonial cuando en ella existan como máximo un piso o vivienda o un vehículo, además de dinero en cuentas de banco y mobiliario (o sea, el de la mayoría de los procesos de divorcio); y siempre que ni el activo ni el pasivo m sobrepasen en su valor, sumando todos los elementos, la suma de 350.000 euros. en el caso de existir mayor número de viviendas, algunos otros bienes o sociedades o sociedades que liquidar, o bien la suma del valor total inventariado en la sociedad de gananciales supere 350.000 euros; este concepto será facturado con un costo extra, que será informado sin costo adicional y antes de comenzar la tramitación de su divorcio.

¿Cuál es el mejor instante para divorciarme? ¿Debo esperar a que mis hijos sean más grandes?
No hay una respuesta definitiva para esta interrogante. Deberás ser el propio juez del avance. Las estadísticas demuestran que los niños que crecen en un entorno violento y lleno de peleas están más dañados, que los que han crecido con padres divorciados o con un padre soltero. Sin importar su edad, tu hijo tendrá que superar ciertos obstáculos. En global, los niños más pequeños, de tres a seis años, tienden a culparse a sí mismos y a sentirse responsables por el Divorcio de sus padres. Los niños de siete a doce años, bajan el rendimiento escolar. Y los adolescentes, sienten que podrían haber evitado la separación, e igualmente, son críticos y se sienten dañados por sus progenitores.Pero si entendemos el asunto desde otra perspectiva, las buenas noticias son, que después de unos pocos años, el 67% de ellos, o sea más de los dos tercios, se integran bien en su nuevo entorno.
¿Qué pasa si uno de los Cónyuges no ratifica el Convenio?
Si en un trámite de mutuo acuerdo, tras la citación a los cónyuges para ratificar legalmente el convenio, uno de ellos no lo ratifica, se acordará el inmediato cierre de las actuaciones, sin ulterior recurso, salvo que haya causa justificada para la incomparecencia, a criterio del Juzgador y anteriormente acreditada, en cuyo caso será conseguible iniciar otro señalamiento. Si no es así deberá promoverse un nuevo proceso, pero contencioso.
Divorcio unilateral
El divorcio unilateral o sin acuerdo, significa que una de las partes no está de acuerdo con el divorcio. Para realizar la acción de divorcio unilateral la ley requiere que la pareja haya estado separada (cesado la convivencia) por a lo menos tres años.
Este tipo de divorcio suele darse cuando el otro cónyuge no desea el divorcio, ya sea por mero capricho o porque desea conseguir alguna ventaja a cambio. Las desventajas de esta clase de divorcio son básicamente su costo (es un juicio más complejo) y su duración, ya que normalmente suelen presentarse recursos de apelación.
Rebaja de pensión alimenticia
Representamos a aquellas personas que han sido demandadas de alimentos y que desean conseguir una rebaja de pensión alimenticia decretada o pactada por un cambio en las circunstancias, sean propias (disminución de ingresos o aumento de gastos) o del alimentario.
En estos casos se expone una demanda ante los Tribunales de Familia, para que un juez aprecie los nuevos datos y según éstos tome una decisión para establecer una rebaja de alimentos.
Importante
El juzgado donde corresponde conocer el juicio es siempre el del domicilio del demandado, o de alguno de los cónyuges si es de acuerdo mutuo.En los divorcios de acuerdo mutuo se debe acompañar un acuerdo que normalice las visitas, custodia, alimentos y en su caso normar también los bienes, esto cuando los cónyuges estén casados en sociedad conyugal.
La compensación económica consiste en la indemnización que la mujer o también el hombre, que no pudo laborar a lo largo de la convivencia por dedicarse al matrimonio y/o a los hijos, le solicita al juez, para que condene al otro cónyuge a otorgársela en dinero.
Si se comienza un trámite para divorcio unilateral, el demandante tiene la posibilidad de pedir la regulación de estos ítems, de forma de velar por el bienestar de los hijos desde el primer momento.
Es importante saber que usted tendrá que notificar la demanda a su pareja. La ley determina que toda persona cuenta con el derecho a saber que se realiza un juicio en su contra. Adicionalmente, debe tener en cuenta, que la ley exige que ambas partes concurran a una audiencia, de forma que es relevante que usted sepa de alguna dirección donde su cónyuge pueda ser notificado(a). En cuanto a los hombres, una vez inscrito el divorcio en el registro civil él tiene la posibilidad de volver a contraer matrimonio de inmediato. Las mujeres se rigen por una normativa del código civil que tiene como objetivo prevenir confusión de paternidades. Esta norma dispone que la mujer al divorciarse debe esperar nueve meses (270 días) para casarse nuevamente. No obstante es posible acortar este plazo si la mujer demuestra que, en el hacerse efectivo el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se hace por medio de una certificación médica que se tiene que presentar frente a un juez, el que autoriza realizar el matrimonio a través de una sentencia legal.
¿Qué son las medidas provisionales?
Son las que tienen como objetivo regular la situación de los cónyuges en tanto se consigue su procedimiento de divorcio, o nulidad definitiva y hasta su cierre final. Hay que separar dos tipos:
- Las medidas previas o provisionalísimas, que se piden antes de la demanda. Debe acreditarse una situación de emergencia para su solicitud, como supuestos de abuso.
- Las medidas provisionales o simultáneas, que son las que se solicitan en el momento de la presentación de la demanda.
¿Qué puede solicitarse?
Entre las medidas que se podrían pedir se encuentran las siguientes: Establecer con cuál de los cónyuges han de quedar los sujetos a la patria potestad de los dos y tomar las instrucciones que correspondan de acuerdo a lo determinado en el Código Civil y, en especial, la manera en que el cónyuge que no tenga la guarda y custodia de los hijos podrá cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, manera y lugar en que podrá hablar con ellos. Cuando exista posibilidades de sustracción del menor por alguno de los cónyuges o por terceras personas pueden adoptarse las medidas que correspondan y, en particular, las siguientes:
- Prohibición de salida del territorio nacional.
- Prohibición de expedición de un pasaporte al menor o retirada del mismo si ya se hubiere expedido.
- Sometimiento a autorización legal anterior de cualquier cambio de dirección del menor.
- Determinar, teniendo en cuenta el familiar que más necesita protección, cuál de los cónyuges ha de seguir en la vivienda familiar y del mismo modo, previo inventario, los bienes que siguen estando en ésta y los quepuede llevarse el otro cónyuge, así como también las medidas cautelares para conservar los derechos de cada uno.
- Determinar el aporte de cada cónyuge a los costosdel matrimonio, incluidas, las litis expensas, establecer las bases para la actualización de montos y disponer las garantías, depósitos, u otras medidas convenientes, a fin de asegurar la efectividad de lo que por estos conceptos un cónyuge haya de abonar al otro.
- Estanlecer, dadas las circunstancias, los bienes gananciales o comunes quesese deban hacer entrega a uno u otro cónyuge y las reglas que deban respetar en la administración y disposición, así como en la rendición sobre los bienes comunes o parte de ellos que reciban y los que adquieran en lo sucesivo.
- Determinar el régimen de administración de aquellos bienes privativos que por capitulaciones o escritura pública estuvieran especialmente afectos a las cargas del matrimonio.
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