Abogados de divorcio en Jaen

Si siempre ha habido en su familia un millar de razones para terminar la convivencia y siempre se preguntó el costo de un divorcio, lo que tal vez lo limitó a continuar con sus intenciones, tenemos la solución, ya que nuestros servicios sin costo y de vasta trayectoria y experiencia le darán fin a sus dolores de cabeza y años de incertidumbre. Una separación judicial pronta es lo que los clientes necesitaban, ya que cuando ocurre una separación matrimonial no sólo se produce el problema de terminar con el contrato civil, sino que conlleva juicios por alimentos, tuición, régimen de visitas, separación de bienes y en casos aún mas extremos como alimentos mayores, menores, impugnación o reconocimiento de paternidad, proclamación de bienes familiares, herencias, entre otros.

Puede estar tranquilo, ya que no solamente lo ayudaremos en los tramites para el divorcio, sino que nuestro bufete de abogados se orienta en los distintos juicios familiares antes mencionados, con atención individualizada, monitoreo continuo del caso y garantía total de que usted terminará divorciado y complacido con el resultado.

Abogados de divorcio en Jaen Abogados de Divorcio

¿De que manera se tramita el divorcio de mutuo acuerdo?

El trámite se inicia con la entrega de la demanda por ambos cónyuges en conjunto o sólo por uno con el permiso del otro. Dicha demanda deberá ir acompañada de un convenio regulador – documento en el que se listan las medidas que regularán en el futuro la guarda y tuición de los hijos, la frecuencia de visitas, las pensiones de alimentos y compensatoria y el uso del domicilio familiar, entre otras- firmado por los cónyuges, y en el que tienen que ratificarse más tarde ambos cónyuges.

Divorcio culposo

Una variante del divorcio unilateral o sin acuerdo, es el divorcio culposo (por ejemplo en caso de infidelidad o malos tratos) que ocurre cuando hay una violación importante a los deberes y obligaciones que establece el matrimonio o hacia los hijos, que convierta en intolerable la convivencia. En estas situaciones no es necesario esperar 3 años de separación y la ley enumera algunos ejemplos de comportamientos que se encuadran en esta figura:

  • Atentado contra la vida o maltratos en contra del cónyuge o algún hijo.
  • Infidelidad.
  • Abandono.
  • Condena por delitos contra las personas.
  • Conducta homosexual.
  • Alcoholismo o drogadicción que signifique un impedimento grave para la convivencia armoniosa entre los cónyuges o entre éstos y los hijos.
  • Tentativa para prostituir al otro cónyuge o a los hijos.

El inconveniente del divorcio culposo se encuentra en demostrar los hechos acusados, porque este tipo de razones tienen que comprobarse por razón de pruebas irrebatibles o indicios claros en el transcurso del juicio.

Aumento de Alimentos (pensión alimenticia)

Para el que en la actualidad recibe una pensión alimenticia y desea que el monto aumente por haber cambiado las condiciones propias y/o de quien paga los alimentos, existe la posibilidad de interponer una demanda por aumento de pensión. Representamos a nuestros clientes en la presentación y gestión de demandas por aumento de alimentos.

Notificación de Cese de Convivencia

Los abogados de familia son quienes se encargan de representar a las partes en un proceso de divorcio. En cualquier trámite de esta índole son necesarios dos abogados, uno que representa a cada cónyuge. Un divorcio es un procedimiento judicial cuyo propósito es finalizar el matrimonio, mediante la proclamación de un juez. Hay diferentes tipos: este puede ser de mutuo acuerdo, o unilateral y ambos necesitan distintos procesos. Para comenzar la gestión para el divorcio se requieren sólo los certificados de matrimonio y de nacimiento, si es que existen hijos en común.

Puede existir un matrimonio que por diversas causas ha cesado la vida en común y aún así no quiere el divorcio. En estos casos es posible solicitar a un juez que dictamine la separación judicial y regule los efectos jurídicos de esta condición. Esta instancia tiene la posibilidad de ser solicitada por cualquiera de los cónyuges, si es que ya no viven juntos, no obstante, ello imposibilita a los separados para contraer un nuevo matrimonio.

Por otra parte, el divorcio finaliza el matrimonio y a los derechos y obligaciones que éste tiene consigo. Además permite a los divorciados casarse nuevamente.
Entre las consecuencias legales que tiene un trámite de divorcio podemos nombrar el término de la obligación de alimentar al otro cónyuge, es decir se anula todo tipo de sentencia anterior que decrete el pago de una pensión de alimentos en pro del otro cónyuge. El trámite de divorcio termina los derechos hereditarios, o sea, si muere uno de los cónyuges, el otro ya no es heredero.

Sin embargo, el trámite de divorcio no influye los derechos y obligaciones que los padres tienen hacia sus hijos, ya que estos temas se manejan de manera independiente al estado civil de los progenitores. Esto significa que la justicia busca el bienestar de los más desvalidos, en este caso los hijos, sobre todo si éstos son menores de edad, sin importar el estado civil de cada uno. La autoridad obliga a las partes que pretendan comenzar los trámites para el divorcio de acuerdo mutuo, que creen adicionalmente un régimen de visitas, tuición y alimentos en el que se resguarden los deberes y derechos de los hijos menores de edad.

¿Cabe la reconciliación durante el trámite de separación matrimonial?

Durante la tramitación del trámite y antes de que recaiga sentencia, la reconciliación de los cónyuges detiene la acción de separación matrimonial. Para eso ambos cónyuges tienen que decirlo claramente, y por separado, al Juez.

¿No se considera la reconciliación después de la resolución de divorcio?

La separación matrimonial, al suspender solamente ciertos deberes y presunciones familiares, admite la reconciliación entre los cónyuges. Por el contrario, el divorcio, al extinguir el lazo matrimonial, obligaría a los cónyuges a contraer nuevo vínculo matrimonial si deciden reconciliarse.

¿Qué efectos implica la reconciliación de los cónyuges?

Si durante el proceso de divorcio los cónyuges deciden reconciliarse, el Juzgado, tras la notificación, dejará sin efecto lo acordado. Sin embargo, esta regla implica dos excepciones:

  • Mediante resolución judicial, se mantendrán o modificadas las medidas adoptadas en relación a los hijos, si existe razón que lo justifique.
  • Conforme al artículo 1443 del Código Civil, la separación de bienes que se hubiese establecido entre los cónyuges no sufrirá cambios debido a la reconciliación. De esta manera, no se recupera el régimen económico del matrimonio anterior a la sentencia de separación matrimonial, por lo que será imprescindible que los cónyuges lo acuerden así en acuerdos posteriores.



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