Abogados de divorcio en Hermedes de Cerrato

La separación o el divorcio son las formas jurídicas con las que puede poner fin a las situaciones de crisis matrimonial. En ambos casos, a la dureza de poner fin a la relación se suma la necesidad de regular aspectos de caracter económico que en varias ocasiones desembocan en profundas discusiones. Si necesita consejo o tiene dudas sobre la separación pídanos cita previa o presupuesto mediante nuestro formulario. Todo nuestro bufete de abogados están dispuestos para ayudarle.

Abogados de divorcio en Hermedes de Cerrato Abogados de Divorcio

¿De qué manera se tramita el divorcio contencioso?

El trámite se inicia mediante la entrega de la solicitud, acompañada por los certificados de matrimonio y de nacimiento de hijos; así como de los documentos que sirven para certificar la situación económica de los cónyuges para la adopción de medidas de carácter monetario ( tributarias, nóminas, certificaciones de banco, títulos de propiedad o certificaciones registrales). Después de presentada la solicitud, y contestada la misma, el Tribunal llamará a las partes a una audiencia, a la que tienen que asistir las dos con sus abogados. Si hay hijos será parte de la misma forma el Ministerio Fiscal. En la audiencia se entregarán las pruebas que se refieran a hechos de los que tengan relación los pronunciamientos sobre las resoluciones a tomar respecto de la guarda y custodia de los hijos, la frecuencia de visitas del cónyuge no custodio, el empleo de la vivienda familiar y el acuerdo de pensiones de alimentos o de pensión compensatoria. Cuando hubiere hijos menores o incapacitados, se les oirá si tuvieren necesario juicio y, en cada caso, si fueren mayores de doce años. Una vez realizada la vista, el Tribunal dictará sentencia por la que se establezca el divorcio de los cónyuges y se establezcan las medidas que se considerarán a partir de ese instante las relaciones de los cónyuges sus hijos; y ordenará que ella se inscriba en el Registro Civil. Es posible pedirse también su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil, si uno de los cónyuges es empresario.

Divorcio unilateral o sin acuerdo

El divorcio unilateral o sin acuerdo, implica que alguno de los cónyuges no está de acuerdo con el divorcio. Con el fin de llevar a cabo la acción de divorcio unilateral la autoridad requiere que los cónyuges hayan estado separados por a lo menos 3 años.

Transacción de alimentos o Avenimiento de Pensión de alimentos

Para los cónyuges y/o padres que deseen regular en forma amistosa una pensión alimenticia es aconsejable la suscripción de una transacción o avenimiento de alimentos (que se aprueba legalmente), de modo que se le entregue seguridad jurídica a los acuerdos alcanzados (cuenta con la misma peso jurídico que una sentencia judicial).

La transacción alimenticia podría implicar una orden de un régimen de visitas del padre que no dispone de la custodia del menor, con lo que se abarcan totalmente las materias asociadas con menor. La escritura de transacción de alimentos sirve, aparte, para ponerle fecha cierta a la separación entre los cónyuges lo que es ventajoso para la tramitación de un divorcio.

Separación Judicial

La legislación de matrimonio civil decreta la separación judicial, que puede ser invocada por uno de los cónyuges cuando el otro incumpla de manera grave los deberes y obligaciones que impone el matrimonio y los deberes y obligaciones para con los hijos. Además podrá ser requerida al tribunal por cualquiera de los cónyuges o por los dos una vez que haya cesado la vida en común.

Si se inicia un proceso para divorcio unilateral, el demandante tiene la posibilidad de solicitar la regulación de estos aspectos, de manera de velar por los intereses de los hijos a partir del primer momento.

Es importante saber que usted deberá informar de la demanda a su pareja. La legislación determina que toda persona posee el derecho a tener conocimiento de que existe un juicio en su contra. Adicionalmente, debe considerar, que la ley exige que ambas partes asistan a una audiencia, de manera que es relevante que usted sepa de alguna dirección en que su cónyuge pueda ser avisado(a). En el caso de los hombres, ya registrado el divorcio en el registro civil él puede volver a casarse inmediatamente. Las mujeres están regidas por una norma del código civil que tiene por objeto prevenir confusión de paternidades. Esta norma establece que la mujer cuando se divorcia deba esperar nueve meses para contraer matrimonio otra vez. Sin embargo se puede acortar este plazo si la mujer demuestra que, en el momento de realizarse el divorcio, no está embarazada. Esto se realiza mediante una certificación médica que se tiene que exponer frente a un juez, quien permite contraer el matrimonio por medio de una sentencia legal.

¿Qué son las medidas provisionales?

Son las destinadas a acordar la situación de los cónyuges cuando se consigue su proceso de separación, o nulidad definitiva y hasta su cierre final. Hay que separar dos categorías:

  • Las medidas previas o provisionalísimas, que se solicitan antes de la demanda. Debe indicarse una situación de emergencia para su solicitud, como ocurre en los supuestos de abuso.
  • Las medidas provisionales o simultáneas, que son las que se piden en el momento de la presentación de la demanda.

¿Qué puede solicitarse?

Entre las medidas que se pueden pedir y que debe aprobar el juez se encuentran las siguientes: Determinar con cuál de los cónyuges han de quedarse los sujetos a la patria potestad de ambos y tomar las disposiciones apropiadas de acuerdo con lo determinado en el Código Civil y, en especial, la forma en que el cónyuge que no ejerza la guarda y custodia de los hijos puede cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, manera y lugar en que podrá hablar con ellos y tenerlos en su compañía. Si existe posibilidades de sustracción del menor por alguno de los cónyuges o por terceras personas pueden adoptarse las medidas necesarias y, en especial, las siguientes:

  • Prohibición de salida del país, salvo autorización judicial previa.
  • Prohibición de expedición del pasaporte al menor.
  • Sometimiento a autorización legal anterior de cualquier cambio de dirección del menor.
  • Establecer cuál de los cónyuges ha de continuar en el uso de la vivienda familiar y asimismo, previo inventario, los bienes y objetos del ajuar que continúan en ésta y los quepuede llevarse el otro cónyuge, así como también las medidas cautelares para conservar el derecho de cada uno.
  • Establecer la contribución de cada cónyuge a las cargas del matrimonio, incluidas, las litis expensas, crear las bases para la actualización de cantidades y disponer las garantías, depósitos, retenciones u otras medidas convenientes.
  • Señalar los bienes gananciales o comunes que, previo inventario,se hayan de hacer entrega a uno u otro cónyuge y las disposiciones que deben observar en la administración y disposición, así como en la obligatoria rendición de cuentas sobre los bienes comunes o parte de ellos que obtengan y los que comprenmas adelante.
  • Establecer el régimen de administración de los bienes que por capitulaciones o escritura notarial estuvieran especialmente afectados a las cargas del matrimonio.

  • Las preguntas por esta vía son sin coste, pero antes de escribir, revise con cuidado la sección de dudas frecuentes, ya que muchas interrogantes están en dicha sección.


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