Abogados de divorcio en Carrocera
El divorcio es el proceso legalmente establecido para el término del matrimonio. Se caracteriza en la actualidad por necesitar la voluntad de uno de los cónyuges y no tiene que estar fundado en ninguna causa. Pueden solicitarlo ambos cónyuges o uno con el permiso del otro (demanda de divorcio mutuo acuerdo) o sólo uno de ellos (demanda de divorcio contencioso). En la demanda de divorcio de mutuo acuerdo el proceso es rápido y barato (existe la oportunidad de hacerlo online desde esta web) sólo requiere una comparecencia en el juzgado para ratificar el convenio regulador que acuerden las partes con la asesoría de nuestros abogados de familia. En los procedimientos contenciosos el proceso es más extenso, más complicado y requiere un considerable coste económico y emocional.
La agilización de la demanda de divorcio se inicia a partir del 2005 al acortarse el plazo para poder pedirlo (tres meses desde ell matrimonio) y al eliminar la separación como requisito previo, naciendo el divorcio express o divorcio directo. La actual normativa recoge la figura de la custodia compartida.

¿De qué modo se solicitan las resoluciones provisionales previas a la demanda o provisionalísimas?
Debe entregarse un formulario en el Juzgado del domicilio del solicitante en el cual se detallaran los datos de las partes, los sucesos y las circunstancias que dan origen a su solicitud y las medidas especificas que se estan pidiendo; aportando con la misma las certificaciones de matrimonio y de nacimiento de los hijos y aquellos otros documentos que justifiquen las resoluciones que se estan pidiendo.
A la audiencia de la demanda, el Tribunal ordenará llamar a los cónyuges y, si hubiesen hijos menores o incapacitados, al Ministerio Fiscal, a una audiencia, en la que se buscará un acuerdo y que se celebrará en los diez días siguientes. A la comparecencia deberá asistir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su Procurador. La falta de asistencia, sin razón en particular justificada, de alguno de los cónyuges a la audiencia puede establecer que se consideren aceptados los sucesos señalados por el cónyuge presente para dar sustento sus requerimientos sobre resoluciones temporales de carácter patrimonial. El juez acordará las medidas oportunas y en contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Notificación de cese de Convivencia
Asesoramos a los cónyuges que se han separado hace poco tiempo en el aviso judicial del cese de convivencia que se trata de otorgar legalmente una fecha fija al minuto en que se produjo la separación de hecho, de forma de no requerir mayores pruebas después, una vez que se procese el juicio de divorcio.
La relevancia que tiene preparar el divorcio, a partir del punto de vista legal y judicial, es que cuando se le ha dado fecha cierta a la separación ya se tiene un precedente preparado para requerir el divorcio luego, porque las causas habituales de divorcio requieren que haya cesado la convivencia hace más de uno o tres años.
Rebaja de pensión alimenticia
Representamos a aquellas personas que han sido demandadas de alimentos y que quieran obtener una rebaja en el monto establecido por un cambio en las circunstancias, sean propias (disminución de ingresos o aumento de gastos) o del alimentario.
En estos casos se presenta una demanda frente a los Tribunales de Familia, para que un juez analice los nuevos datos y de acuerdo a ellos adopte una determinación para fijar una rebaja en la pensión.
Separación Judicial
La ley de matrimonio civil decreta la separación judicial, que podrá ser solicitada por uno de los cónyuges en caso de que el otro incumpla de manera grave los deberes y obligaciones que impone el matrimonio y hacia con los hijos. También podrá ser requerida al tribunal por cualquiera de los cónyuges o por los dos una vez que haya terminado la vida en común.
¿Es esta una solución a los problemas de la pareja?
Esta es una respuesta en la que es complicado generalizar, pero en nuestra experiencia como abogados podemos decir que al lograr una separación amistosa las repercusiones negativas de esta complicada fase disminuyen, aunque aún los hay. No obstante, en relaciones muy desequilibradas y desgastadas la separación judicial no es mucho más que un paso legal en una progresión de rencor que lleva a un integrante de la pareja a seguir esforzándose empecinadamente en hacerle la vida difícil al otro. Nuestros abogados on-line le aconsejarán para que pueda superar finalmente esta etapa difícil y desgastante.
Los asuntos que normalmente tienen que resolverse antes de validar una separación legal tiene que ver con:
- El cuidado y manutención de los hijos que ambas partes tengan en común, estos abarcan la custodia, alimentación, vistas, entre otros.
- Propiedades y bienes en común adquiridos durante la sociedad conyugal..
- Derechos hereditarios y de sucesión..
¿Es posible divorciarme aunque mi cónyuge no esté de acuerdo?
Sí. Tras las últimas modificaciones en materia de divorcio, basta con que uno de los cónyuges no desee continuar con el matrimonio para que pueda pedir el divorcio, sin que el otro sea capaz de oponerse a la petición por motivos materiales, y sin que el Juez sea capaz de negar la petición, salvo por asuntos procesales.
¿Debo indicar una causa para poder divorciarme?
No. Han desaparecido los listados de causas de separación y de divorcio. La voluntad de no proseguir con el matrimonio es suficiente para poder recibir el divorcio.
¿Es necesario realizar la separación física antes que el divorcio?
No. Es posible acudir directamente al divorcio sin necesidad de la anterior separación de hecho o judicial. Empero, se conserva la separación para aquellos casos en los que los cónyuges deseen interrumpir temporalmente su matrimonio, sin optar por la disolución final. Esta posibilidad de acudir directamente al divorcio ha causado que en el año 2011 los divorcios fueran el 93,6% de las rupturas matrimoniales, frente al 6,2% de las separaciones y el 0,1% de las nulidades.
Nuestros abogados expertos en procesos de divorcio y separaciones se encargarán de toda la gestión de este trámite, ya sea de acuerdo mutuo o contencioso, informando en cada momento al cliente de la situación de su caso.
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