Abogados de divorcio en Canals

El divorcio es el procedimiento legal establecido para el término del vínculo matrimonial. Se caracteriza en la actualidad por requerir la voluntad de al menos uno de los cónyuges y no tener que estar fundamentado en ninguna razón. Pueden pedirlo los dos cónyuges o uno con el consentimiento del otro o sólo uno de ellos (demanda de divorcio contencioso). En la demanda de divorcio de acuerdo mutuo el proceso es rápido y económico sólo se necesita una comparecencia en el tribunal para confirmar el convenio que acuerden las partes con la ayuda de los abogados. En los procedimientos contenciosos el procedimiento es más largo, más complejo y supone un significativo coste económico y también mental.

La agilizacióndel divorcio se inicia a partir del año 2005 al reducirse el plazo para poder solicitarlo (tres meses desde la celebración del matrimonio) y al eliminar la separación como requisito previo, naciendo el denominado divorcio express o divorcio directo. La ley recoge la figura de la custodia compartida.

Abogados de divorcio en Canals Abogados de Divorcio

¿Qué ventajas posee el divorcio de mutuo acuerdo?

Estamos hablando de del trámite más veloz, sencillo y barato de conseguir el divorcio. A diferencia del contencioso, no exige la celebración de juicio, bastando con la entrega de la solicitud y del convenio y su ratificación en el Juzgado por ambos cónyuges. Además de eso supone una reducción de costos al permitir que ambos cónyuges sean representados por el mismo Procurador y defendidos por un mismo Abogado. El divorcio contencioso es más largo, complicado y caro. Exige la celebración de vista judicial, y ya no es posible acudir con un sólo Abogado y un sólo Procurador, sino que cada parte tendrá que asistir con los suyos.

Aviso de término de Convivencia

Asesoramos a quienes que se han separado hace poco tiempo en la notificación judicial del cese de la convivencia que se trata de dar judicialmente una fecha establecida al momento en que se llevó a cabo la separación de hecho, de forma de no requerir mayores pruebas luego, cuando se tramite el juicio de divorcio.

La relevancia que tiene preparar el divorcio, desde un punto de vista legal y judicial, es que una vez que se le ha dado fecha cierta a la separación ya se tiene un antecedente listo para requerir el divorcio posteriormente, porque las razones frecuentes de divorcio exigen que no haya habido convivencia por más de uno o tres años.

Transacción de alimentos o Avenimiento de Pensión alimenticia

Para los cónyuges y/o padres que deseen regular de manera amistosa una pensión alimenticia es aconsejable la inscripción de una transacción o avenimiento de alimentos, de forma que se le entregue seguridad jurídica a los convenios pactados (posee igual peso jurídico que una sentencia judicial).

La transacción alimenticia puede implicar una orden de un régimen de visitas para el padre que no tiene la tuición del menor, con lo que se abarcan en general las materias asociadas con menor. La escritura de transacción alimenticia sirve, adicionalmente, para ponerle fecha exacta a la separación entre los cónyuges (si fuese el caso) lo cual es ventajoso en el trámite de un divorcio.

Aviso de Cese de Convivencia

Los abogados de familia son los encargados de representar a las partes en el caso de que usted quiera comenzar un trámite de divorcio. En cualquier trámite de esta índole se requieren dos abogados, uno que represente a cada cónyuge. Un divorcio es un procedimiento judicial cuyo objetivo es terminar el matrimonio, por medio de la proclamación de un juez. Hay distintos tipos: puede ser de acuerdo mutuo, o unilateral y ambos requieren distintos procedimientos. Para comenzar los trámites para el divorcio se necesitan sólo los certificados de matrimonio y de nacimiento, si es que hay hijos en común.

Puede existir un matrimonio que por distintas causas ha cesado la convivencia e incluso así no desea divorciarse. En estos casos es posible solicitar a un juez que decrete la separación judicial y regule los efectos jurídicos de esta condición. Esta instancia tiene la posibilidad de ser pedida por cualquiera de los cónyuges, cuando ya no conviven, sin embargo, ello impide a los separados para contraer un nuevo matrimonio.

Por otra parte, el divorcio termina el matrimonio y a los derechos y obligaciones que éste tiene consigo. También posibilita a los divorciados para casarse nuevamente.

Si se comienza un proceso para divorcio unilateral, el demandante tiene la posibilidad de solicitar la regulación de estos aspectos, de forma de resguardar el bienestar de los hijos desde el principio.

Es importante saber que usted deberá informar de la demanda al otro cónyuge. La ley estipula que toda persona tiene el derecho a tener conocimiento de que hay un juicio en su contra. Además, debe tener en cuenta, que la ley exige que ambos cónyuges asistan a una audiencia, de manera que es importante que usted sepa de alguna dirección en que su cónyuge pueda ser avisado(a). En cuanto a los hombres, ya registrado el divorcio en el registro civil él tiene la posibilidad de volver a contraer matrimonio de inmediato. Las mujeres están regidas por una norma del código civil que tiene como objetivo prevenir confusión de paternidades. Esta norma establece que la mujer cuando se divorcia deba esperar nueve meses (270 días) para contraer matrimonio otra vez. No obstante es posible acortar el plazo si la mujer prueba que, al realizarse el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se hace mediante un certificado médico que se debe presentar ante un juez, el que permite realizar el matrimonio mediante una sentencia legal.

¿Existe la reconciliación durante el proceso de separación matrimonial?

Durante la ejecución del trámite y antes de que se dicte sentencia, la reconciliación de los cónyuges extingue la acción de separación matrimonial. Para aquello los dos cónyuges deberán decirlo expresamente, y cada uno por separado, al Tribunal.

¿Existe la reconciliación tras la resolución de divorcio?

La separación matrimonial, al suspender sólo ciertos deberes y presunciones familiares, admite la reconciliación entre los cónyuges. Por el contrario, el divorcio, al extinguir el vínculo matrimonial, obliga a los cónyuges a casarse de nuevo si deciden reconciliarse.

¿Qué efecto tiene la reconciliación ?

Si durante el proceso de separación matrimonial los cónyuges quieren reconciliarse, el Juzgado, tras la notificación, dejará sin efecto lo acordado. Sin embargo, esta regla implica dos excepciones:

  • Por razón de resolución judicial, serán mantenidas o modificadas las medidas tomadas en relación a los hijos, si existe causa que lo justifique.
  • De acuerdo al artículo 1443 del Código Civil, la separación de bienes que se hubiera decretado entre los cónyuges no se modifica por la reconciliación. De esta forma, no se recupera el régimen económico del matrimonio anterior a la sentencia de separación, por lo que será obligatorio que los cónyuges lo acuerden así en acuerdos posteriores.



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