Abogados de divorcio en Borrenes

La separación o el divorcio son las dos formas jurídicas con las que puede ponerse término a las los problemas de crisis matrimonial. En ambos casos, al dolor de poner fin a la relación personal se agrega la necesidad de regular aspectos de caracter monetario que en varias ocasiones desembocan en complejas discusiones. Si necesita asesoría o tiene preguntas sobre la separación o el divorcio pídanos cita o presupuesto a través de nuestro formulario. Todo nuestro bufete de abogados estarán dispuestos para ayudarle en este momento tan difícil.

Abogados de divorcio en Borrenes Abogados de Divorcio

¿De qué manera se piden las medidas provisionales anteriores a la demanda o provisionalísimas?

Tendrá que presentarse un escrito en el Juzgado del domicilio del solicitante en donde se detallaran los datos de las partes, los hechos y las dificultades que dan lugar a su solicitud y las resoluciones concretas que se requieren; aportando las certificaciones de matrimonio y de nacimiento de los hijos y aquellos otros documentos que justifiquen las resoluciones que se estan pidiendo.

A la audiencia de la solicitud, el Tribunal mandará llamar a los cónyuges y, si hubiere hijos menores o incapacitados, al Ministerio Fiscal, a una comparecencia, en la que se intentará un acuerdo y que se celebrará en los diez días siguientes. A esa audiencia tendrá que asistir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su Procurador. La falta de asistencia, sin causa justificada, de alguno de los cónyuges a la audiencia puede establecer que se consideren aceptados los hechos alegados por el cónyuge presente para fundamentar sus requerimientos sobre medidas temporales de carácter patrimonial. El juez acordará las medidas oportunas y contra esta resolución no existe ningún recurso.

Divorcio unilateral o sin acuerdo

El divorcio unilateral o sin acuerdo, significa que uno de los cónyuges se opone al divorcio. Con el fin de llevar a cabo la acción de divorcio unilateral la ley demanda que los cónyuges hayan estado separados (terminado la convivencia) por a lo menos tres años.

Cese de pensión alimenticia

Si han cesado los fundamentos de una demanda de pensión de alimentos está el derecho a pedir el término del pago de la pensión.En el caso de los hijos, el derecho a percibir alimentos termina cuando alcanzan la mayoría de edad (excepto que continuen estudiando), trabajen o se casen. Representamos a nuestros clientes en la interposición y gestión de juicios de cese de alimentos.

Aviso de Cese de Convivencia

Los abogados de familia son los profesionales encargados de representar a las partes en caso de que usted quiera iniciar un trámite de divorcio. Para todo proceso de esta naturaleza son necesarios dos abogados, uno para cada cónyuge. Un divorcio es un procedimiento judicial cuyo objeto es finalizar el matrimonio, a través de la proclamación de un juez. Existen distintos tipos: este puede ser de mutuo acuerdo, o unilateral y ambos necesitan distintos procesos. Para iniciar la gestión para el divorcio se necesitan solamente los certificados de matrimonio y de nacimiento, si es que hay hijos en común.

Puede existir un matrimonio que por diversas razones ha cesado la vida en común y aún así no quiere divorciarse. En estos casos es posible pedir a un juez que decrete la separación judicial y regule los temas jurídicos de esta situación. Esta instancia tiene la posibilidad de ser pedida por cualquiera de los cónyuges, cuando ya no viven juntos, no obstante, ello impide a los separados para contraer un nuevo matrimonio.

En cambio, el divorcio pone fin al matrimonio y a los derechos y obligaciones que éste tiene consigo. También permite a los divorciados casarse nuevamente.

Si se inicia un trámite para divorcio unilateral, el cónyuge demandante puede pedir la regulación de estos ítems, de forma de resguardar los intereses de los hijos desde el primer momento.

Es fundamental saber que usted tendrá que notificar la demanda a su pareja. La legislación determina que toda persona posee el derecho a tener conocimiento de que existe un juicio en su contra. Aparte, debe considerar, que la legislación exige que ambos cónyuges concurran a una audiencia, de manera que es importante que usted tenga conocimiento de una dirección donde su cónyuge pueda ser avisado(a). En cuanto a los hombres, una vez registrado el divorcio en el registro civil él tiene la posibilidad de volver a contraer matrimonio inmediatamente. Las mujeres están regidas por una norma del código civil que tiene por objeto evitar confusión de paternidades. Esta normativa establece que la mujer al divorciarse debe esperar 9 meses (270 días) para contraer matrimonio otra vez. Sin embargo se puede rebajar este plazo si la mujer demuestra que, al hacerse efectivo el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se realiza por medio de una certificación médica que se debe presentar frente a un juez, el que autoriza realizar el matrimonio por medio de una sentencia legal.

¿Qué son las medidas provisionales?

Son las que tienen como propósito acordar la situación de los cónyuges en tanto se obtiene su trámite de divorcio, o nulidad definitiva y hasta su cierre final. Hay que distinguir dos clases:

  1. Las medidas previas o provisionalísimas, que se solicitan antes de la interposición de la demanda. Debe existir una situación de emergencia para su solicitud, como supuestos de violencia.
  2. Las medidas provisionales, que se piden en el instante de la presentación de la demanda.

¿Qué puede solicitarse?

Entre las medidas que se podrían solicitar y que debe aprobar el juez se encuentran las siguientes: Determinar con cuál de los cónyuges han de quedar los sujetos a la patria potestad de ambos y seguir las instrucciones apropiadas de acuerdo con lo establecido en el Código Civil y, en especial, la manera en que el cónyuge que no tenga la guarda y custodia de los hijos puede cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, manera y lugar en que podrá hablar con ellos y tenerlos en su compañía. Cuando exista riesgo de sustracción del menor por alguno de los cónyuges pueden establecerse las medidas que correspondan y, en especial, las siguientes:

  • Prohibición de salida del país.
  • Prohibición de creación del pasaporte al menor.
  • Sometimiento a autorización legal previa de un cambio de domicilio del menor.
  • Establecer cuál de los cónyuges ha de proseguir en el uso de la vivienda familiar y asimismo, previo inventario, los bienes y objetos del ajuar que continúan en ésta y los quepuede llevarse el otro cónyuge, así como también las medidas cautelares para conservar el derecho de cada uno.
  • Fijar la contribución de cada cónyuge a las cargas del matrimonio, incluidas, si corresponde, las litis expensas, desarrollar las bases para la actualización de cantidades y disponer las garantías, u otras medidas cautelares convenientes, a fin de asegurar la efectividad de lo que por estos conceptos un cónyuge haya de pagar al otro. Se entenderá como aporte a dichas cargas el trabajo que uno de los cónyuges dará a la atención de los hijos comunes.
  • Estanlecer los bienes ganancialesquesese deban hacer entrega a uno u otro cónyuge y las reglas que deban observar en la administración y disposición, así como en la rendición sobre los bienes comunes o parte de ellos que obtengan y los que adquieranposteriormente.
  • Señalar el régimen de administración de aquellos bienes que por capitulaciones o escritura pública estuvieran especialmente afectos a las cargas del matrimonio.

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