Abogados de divorcio en Aldealseñor

El divorcio es el proceso legal establecido para la disolución del vínculo matrimonial. Se caracteriza en la actualidad por necesitar la voluntad de al menos uno de los cónyuges y no tener que estar fundamentado en ninguna razón en particular. Pueden solicitarlo ambos cónyuges o uno con el consentimiento del otro o sólo uno de ellos. En la demanda de divorcio de acuerdo mutuo el trámite es veloz y económico (existe la oportunidad de hacerlo en línea desde esta página web) sólo se necesita una comparecencia en el juzgado para ratificar el convenio regulador que acuerden ambas partes con la asesoría de nuestros abogados. En los procedimientos contenciosos el proceso es extenso, incluso un poco más complejo y supone un significativo coste económico y también emocional.

La agilizacióndel divorcio se inicia a partir del 2005 al aminorarse el plazo para poder solicitarlo (tres meses desde la celebración del matrimonio) y al no existir la separación física como requisito, naciendo el divorcio express. Además, la actual legislación recoge la custodia compartida.

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¿Si el matrimonio tiene hijos, ellos se verán afectados legalmente por el divorcio?

Los derechos y deberes que existen entre padres e hijos no son afectados por el divorcio, ya que las obligaciones existen por ser padres, sin importar el estado civil de estos. O sea, un padre tiene deberes y derechos con sus hijos no importando si está soltero, casado, separado, divorciado, anulado o viudo.

Si los cónyuges tienen hijos menores de 18 años, en el momento de gestionar su divorcio, la ley pide que se vele por los derechos de los niños. Es así como la ley requiere a la pareja que quiera solicitar un divorcio de mutuo acuerdo presentar un convenio de custodia, visitas y alimentos en relación a sus hijos menores de edad. Si el divorcio no es de mutuo acuerdo, se puede pedir el estatuto de estos temas en el juicio mismo, así el divorcio facilita que se protejan los derechos de los hijos dentro de un juicio mismo.

Divorcio culposo

Una variante del divorcio unilateral o sin acuerdo, es el divorcio culposo que ocurre cuando hay una falta grave de los deberes y obligaciones que establece el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que vuelva intolerable la convivencia. En este caso no se requiere esperar los 3 años de separación y la ley enumera variados ejemplos de comportamientos que se enmarcan en esta figura: Atentado contra la vida o maltratos considerables contra el cónyuge o de alguno de los hijos; infidelidad; abandono; condena por crimenes contra las personas; homosexualidad: alcoholismo o drogadicción que constituya un obstáculo grave para la coexistencia armoniosa entre ambas partes o entre la pareja y sus hijos; y tentativa para prostituir a la pareja o a los hijos.

El inconveniente del divorcio culposo está en la prueba, ya que estas razones deben demostrarse en el juicio, de otra forma no se conseguirá el divorcio.

Término de pensión alimenticia (termino de pensión de alimentos)

Si han terminado las bases de una demanda de pensión de alimentos está el derecho a solicitar el cese en el pago de la pensión.En el caso de los hijos, el derecho a percibir alimentos termina cuando cumplen la mayoría de edad (excepto que sigan estudiando), trabajen o se casen. Representamos a nuestros clientes en la interposición y gestión de juicios de cese de alimentos.

Validación de sentencias de divorcio extranjeras

El procedimiento de validación de un divorcio obtenido en el extranjero significa tramitar un exequator. Esto es un proceso en el cual se solicita que se reconozca en el territorio aquella sentencia de divorcio obtenida en otro país.
Entre las consecuencias legales que tiene un trámite de divorcio podemos señalar el cese del deber de alimentar a la pareja: O sea se termina todo tipo de sentencia anterior que decrete el pago de una pensión de alimentos a favor del otro cónyuge. El trámite de divorcio anula los derechos hereditarios, o sea, si fallece uno de los cónyuges, el otro ya no es heredero.

Sin embargo, el trámite de divorcio no influye los derechos y obligaciones que los padres tienen hacia los hijos, ya que estos asuntos se manejan de forma independiente al estado civil de los progenitores. Esto significa que la justicia protege el bienestar de los más desvalidos, ante esta situación los hijos, especialmente si son menores de edad, dejando de lado si usted o su pareja son casados, solteros, separados, anulados, divorciados o alguno de los dos enviudó. La autoridad obliga a las partes que pretendan comenzar los trámites para el divorcio de mutuo acuerdo, que establezcan además un sistema de visitas, custodia y alimentos en el que se resguarden los deberes y derechos de los niños menores de edad.

¿Existe la reconciliación durante el trámite de separación matrimonial?

Durante la ejecución del proceso y antes de que se dicte sentencia, la reconciliación de los cónyuges extingue la acción de separación matrimonial. Para ello ambos cónyuges tienen que comunicarlo expresamente, y cada uno por separado, al Tribunal.

¿Existe la reconciliación después de la resolución de divorcio?

La separación matrimonial, al detener solamente algunos deberes y presunciones familiares, admite la reconciliación entre los cónyuges. Por el contrario, el divorcio, al anular el lazo matrimonial, obliga a los cónyuges a contraer nuevo vínculo matrimonial si quieren reconciliarse.

¿Qué efecto tiene la reconciliación de los cónyuges?

Si durante el trámite de separación los cónyuges desean reconciliarse, el Juez, después de la notificación de la reconciliación, dejará sin efecto lo acordado. Empero, esta regla implica dos excepciones:

  • Mediante resolución legal, se mantendrán las resoluciones adoptadas en relación a los hijos, cuando exista razón en particular que lo justifique.
  • De acuerdo al artículo 1443 del Código Civil, la separación de bienes que se hubiera decretado entre los cónyuges no sufrirá cambios a través de una reconciliación. De esta manera, no se recupera el régimen económico del matrimonio anterior a la sentencia de separación matrimonial, por lo que será necesario que los cónyuges lo acuerden así en capitulaciones posteriores.



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