Abogados de divorcio en Alcanar
Nuestra oficina de abogados está especializado en divorcio y en derecho familiar. Cada divorcio o separación es diferente y precisa de la atención especializada de un abogado experto en esa disciplina. Por eso es crucial que, en caso de verse envuelto en un proceso de divorcio, ya sea de acuerdo mutuo o contencioso; sea adecuadamente informado desde el inicio de sus derechos y obligaciones; de lo que puede solicitar o reclamar.
El divorcio es una materia jurídica de cierta complejidad, para la que nuestro grupo de abogados está bastante preparado. Sólo un experto abogado de divorcio, podrá en todo momento guiar su proceso de separación matrimonial para que su satisfacción, sea completa.

¿Qué ventajas implica el divorcio de acuerdo mutuo?
Se trata del trámite más veloz, simple y barato de conseguir el divorcio. A diferencia del contencioso, no exige la celebración de juicio, bastando con la presentación de la demanda y del convenio y su posterior ratificación -firma- en el Tribunal por los dos cónyuges. También supone una reducción de costes al dar la opción que los dos cónyuges estén representados por el mismo Procurador y defendidos por un mismo Abogado. El divorcio contencioso es más extenso, difícil y caro. Exige la celebración de vista judicial, y ya no es factible ir con un sólo Abogado y un sólo Procurador, sino que cada parte debe ir con los propios.
Separación Judicial
En cuanto a los cónyuges que no cumplen con los requerimientos legales (plazos) para procesar el divorcio, tenemos la opción de representarlos en el proceso de una separación judicial.
La ley de matrimonio civil establece la separación judicial, que podría solicitarse por uno de los cónyuges cuando el otro infrinja gravemente las obligaciones que establece el matrimonio y los deberes y obligaciones para con los hijos. También podrá ser solicitada al tribunal por uno de los cónyuges o por ambos cuando haya terminado la convivencia.
En este caso, ambos cónyuges obtendrán el estado civil de separado, pero esto no los faculta para casarse nuevamente (esto significa que no se deshace el vínculo). Esta condición quedará registrada en el Registro Civil. Previo a este paso, el juez debe resolver los efectos patrimoniales y jurídicos de la pareja, resguardando especialmente el bienestar de los hijos, si éstos existen. Con la separación judicial terminan los deberes de convivencia y fidelidad, que se suprimen.
Pensión de alimentos
Nuestros profesionales representan a quien quiere interponer una demanda por pensión de alimentos o bien respecto de quien quiere defenderse de una demanda por pensión de alimentos en su contra.
El derecho a requerir alimentos asiste a quien se encuentra en un estado de necesidad en relación a sus padres o familiares que puedan otorgarlos.
La determinación del monto de la pensión alimenticia a pagar se basa en una serie de factores que se prueban en el juicio y se relacionan a la capacidad del alimentario (o de los alimentarios en el caso de un menor) y con las necesidades de quien pide la pensión de alimentos. Durante la tramitación del juicio está la posibilidad de pedirse una pensión de alimentos provisoria, que tiene como objetivo asegurar la cobertura de las necesidades alimenticias durante la tramitación del juicio.
Representamos tanto a menores que desean demandar por pensión de alimentos a uno de sus padres (normalmente a quien no tiene la custodia del menor) y a cónyuges que desean demandar o han sido demandados por su cónyuge.
Notificación de Cese de Convivencia
Los abogados de familia son los profesionales encargados de representar a las partes en caso de que usted desee comenzar un proceso de divorcio. Para cualquier trámite de esta naturaleza son necesarios dos abogados, uno que represente a cada cónyuge. Un divorcio es un procedimiento judicial en que el propósito es poner fin al matrimonio, por medio de la declaración de un juez. Existen distintos tipos: puede ser de mutuo acuerdo, o unilateral y ambas partes requieren distintos procedimientos. Para comenzar los trámites para el divorcio se necesitan solamente los certificados de matrimonio y de nacimiento, si es que hay hijos en común.
Puede haber un matrimonio que por distintas causas ha cesado la convivencia y aún así no desea el divorcio. En estos casos se puede solicitar a un juez que dictamine la separación judicial y regularice los efectos jurídicos de esta condición. Esta instancia tiene la posibilidad de ser solicitada por cualquiera de los cónyuges, cuando ya no conviven, sin embargo, ello impide a los separados para contraer otro matrimonio.
Por otra parte, el divorcio termina el matrimonio y a los derechos y obligaciones que éste genera. Además permite a los divorciados casarse nuevamente.
Si se comienza un proceso para divorcio unilateral, el cónyuge demandante tiene la posibilidad de pedir la regulación de estos ítems, de manera de resguardar el bienestar de los hijos a partir del principio.
Es fundamental saber que usted deberá notificar la demanda al otro cónyuge. La ley estipula que toda persona tiene el derecho a tener conocimiento de que existe un juicio en su contra. Aparte, debe tener en cuenta, que la ley exige que ambos cónyuges concurran a una audiencia, de modo que es importante que usted tenga conocimiento de una dirección en que su cónyuge pueda ser notificado(a). En el caso de los hombres, una vez inscrito el divorcio en el registro civil él tiene la posibilidad de volver a casarse de inmediato. Las mujeres se rigen por una normativa del código civil que tiene por objeto prevenir confusión de paternidades. Esta norma dispone que la mujer cuando se divorcia deba esperar 9 meses para casarse nuevamente. Sin embargo se puede rebajar este plazo si la mujer demuestra que, al realizarse el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se realiza por medio de un certificado médico que se debe presentar ante un juez, quien autoriza contraer el matrimonio por medio de una sentencia judicial.
Servicios
- Separaciones (de mutuo acuerdo / contenciosas).
- Matrimonios.
- Pareja de hecho.
- Divorcios (de común acuerdo / contenciosos).
- Nulidades Canónicas.
- Nulidades Civiles.
- Liquidación de régimen económico matrimonial.
- Reparto de cosas comunes.
- Medidas o Efectos.
- Adopción.
- Ejecución de Sentencias.
- Impago de pensiones.
- Incumplimiento régimen de comunicación
- Maltratos y Violencia Doméstica.
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