Abogados de divorcio en Xirivella
El divorcio es el proceso legal establecido para la disolución del matrimonio. Se caracteriza en la actualidad por necesitar la voluntad de uno de los cónyuges y no tiene que estar fundado en ninguna razón en particular. Pueden pedirlo ambos cónyuges o uno con el consentimiento del otro (demanda de divorcio mutuo acuerdo) o sólo uno. En la solicitud de divorcio de acuerdo mutuo el trámite es rápido y barato sólo se necesita una comparecencia en el tribunal para confirmar el convenio que acuerden ambas partes con la asesoría de nuestros abogados. En los procedimientos contenciosos el trámite es largo, más complejo y requiere un importante coste económico y mental.
La agilización de la demanda de divorcio se inicia a partir del año 2005 al acortarse el plazo para pedirlo (tres meses desde ell matrimonio) y al eliminar la separación física como requisito, naciendo el divorcio express o divorcio directo. La actual legislación recoge la figura de la custodia compartida.
¿De qué manera se tramita el divorcio contencioso?
El proceso se inicia a través de la entrega de la solicitud, que incluye los certificados de matrimonio y de nacimiento de hijos; así como también de los documentos que sirvan para acreditar la situación económica de los cónyuges a efectos de la solicitud de resoluciones de carácter económico (declaraciones tributarias, nóminas, certificaciones bancarias, propiedades o certificaciones registrales). Después de presentada la solicitud, y contestada la misma por el otro cónyuge, el Juez llamará a las partes a una audiencia, a la que deben comparecer ambas con sus abogados y procuradores. Si existieren hijos menores será parte de igual forma el Ministerio Fiscal. En la audiencia se entregarán las pruebas que se refieran a sucesos de los que tengan relación los pronunciamientos sobre las medidas a adoptar en relación de la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas del cónyuge no custodio, el empleo de la vivienda familiar y el establecimiento de pensiones alimenticias o de pensión compensatoria. Cuando hubiere hijos menores o incapacitados, se les oirá si tuvieren suficiente juicio y, en todo caso, si fueren mayores de 12 años. Después de vez realizada la vista, el Tribunal dictará sentencia por la que se decrete el divorcio de los cónyuges y se determinen las medidas que regirán a partir de ese momento las relaciones de los cónyuges sus hijos; y ordenará que se anote en el Registro Civil. Puede pedir del mismo modo su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil, si uno de los cónyuges es empresario.
Reparto de bienes
Representamos a aquellos cónyuges casados en sociedad conyugal o en régimen de participación en los gananciales y que desean cambiar dicho sistema por el de separación completa de bienes.
La separación de bienes se puede hacer en todo minuto a lo largo del matrimonio, y puede efectuarse en forma acordada o de manera judicial por la mujer.
Si ambos están de acuerdo en reemplazar el régimen de sociedad conyugal por el de separación de bienes, no se requiere la intromisión del tribunal, sino que nuestros abogados crean las escrituras y se realiza la liquidación de la sociedad conyugal, todo lo que se inscribe luego.
Si el hombre no desea llevar a cabo la separación de bienes, existe la opción para la mujer de solicitar la separación de bienes a través de medios judiciales, lo que también implica la liquidación de la sociedad conyugal, cuando existen bienes sociales.
Disolución de la sociedad conyugal
Representamos a quienes que al minuto de efectuar la separación de bienes, deseen liquidar la sociedad conyugal. Esto es provechoso si hay bienes sociales y se puede realizar en conjunto con la separación de bienes.
Reducción de pensión alimenticia
Representamos a las personas que han sido demandadas de alimentos y que quieran conseguir una rebaja en el monto establecido por un cambio en las circunstancias, ya sean propias (disminución de ingresos o aumento de gastos) o del alimentario.
En estas situaciones se expone una demanda ante los Tribunales de Familia, para que un juez analice los nuevos antecedentes y de acuerdo a ellos adopte una determinación para establecer una rebaja de alimentos.
Importante
El juzgado donde corresponde conocer el juicio es siempre el del domicilio de la persona demandada, o de cualquiera de los cónyuges si es divorcio de mutuo acuerdo.En los divorcios de mutuo acuerdo se debe acompañar un convenio que regule las visitas, custodia, alimentos y en su caso regular también los bienes, esto cuando los cónyuges estén casados en sociedad conyugal.
La compensación económica se trata de la indemnización que la mujer o también el hombre, que no pudo trabajar durante la convivencia por ocuparse del matrimonio y/o a los hijos, le pide al juez, para que sentencie al otro cónyuge a otorgársela en dinero.
Si se inicia un proceso para divorcio unilateral, el cónyuge demandante tiene la posibilidad de solicitar la regulación de estos ítems, de manera de resguardar el bienestar de los hijos desde el primer momento.
Es importante saber que usted tendrá que notificar la demanda al otro cónyuge. La legislación estipula que toda persona cuenta con el derecho a tener conocimiento de que se realiza un juicio en su contra. Además, debe considerar, que la legislación requiere que ambos cónyuges concurran a una audiencia, de modo que es relevante que usted tenga conocimiento de una dirección donde su cónyuge pueda ser notificado(a). En el caso de los hombres, una vez inscrito el divorcio en el registro civil él tiene la posibilidad de volver a contraer matrimonio inmediatamente. Las mujeres están regidas por una normativa del código civil que tiene como objetivo prevenir confusión de paternidades. Esta norma dispone que la mujer al divorciarse debe esperar nueve meses para contraer matrimonio otra vez. No obstante se puede rebajar el plazo si la mujer prueba que, en el momento de realizarse el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se realiza por medio de una certificación médica que se tiene que presentar ante un juez, el que autoriza contraer el matrimonio por medio de una sentencia judicial.
¿Qué pasa si no es factible notificar al otro cónyuge?
Si no constara su dirección, podrá intentarse su ubicación a través de un oficio a la Policía para averiguarlo. Y si las averiguaciones fueran negativas, deberá hacerse por edictos, si bien tendrá que ser solicitado por la parte. Por cierto una vez conste el domicilio del actor, el emplazamiento se hará en su persona, y en caso de no hallarse en el lugar, se hará a la persona que se halle en el domicilio o lugar donde se le emplace. Si el demandado es ubicado pero rechaza recibir la citación o se niega a firmarla, el Secretario u Oficial le hará saber que la copia de la resolución o la cédula se hayan a su disposición en la Secretaría del Juzgado la comunicación.
¿Qué pasa si no aparezco en el juicio?
La Ley refuerza la obligación de presencia física de los cónyuges con apercibimiento de poder considerar por admitidos los hechos alegados por la parte que comparezca para dar sustento a sus solicitudes sobre resoluciones de carácter patrimonial.
¿Puedo pedir que la otra parte pague los costos del juicio judiciales en la demanda?
En derecho de familia, las condenas en costas se consideran reservadas a supuestos límites de contumacia o mala fe procesal, siendo la norma global, por el contrario, la no imposición de las costas del juicio.
Las preguntas por esta vía son sin costo, pero antes de hacerla, revise bien la sección de dudas comunes, dado que varias preguntas están resueltas en esa sección.
Califica este Artículo:
Deja un comentario