Abogados de divorcio en Viniegra de Arriba
Cuando usted desea el divorcio de su cónyuge, cada uno por separado o ambos en mutuo acuerdo tienen la posibilidad de solicitar legalmente la disolución del matrimonio. Para que esto pueda hacerse de forma unilateral, esto significa, cuando sólo uno de los cónyuges está de acuerdo, se debe probar de manera irrefutable, con documentos y testigos relevantes al caso, que ambas partes han estado separados por lo menos durante 3 años. Además, si ambas partes concuerdan en terminar la unión, sólo deben probar que no ha continuado la convivencia conjunta por un tiempo de por lo menos 1 año completo. Para conocer los posibles efectos y consecuencias para usted y su familia de una separación legal, tanto en el pago de pensión alimenticia, en los bienes mancomunados, u otros, usted puede ponerse en contácto con nuestros abogados online, que solucionarán rápidamente sus interrogantes, sin ningún compromiso y de forma totalmente confidencial.
¿De que forma se tramita el divorcio de mutuo acuerdo?
El trámite se inicia con la entrega de la demanda por ambos cónyuges conjuntamente o sólo por uno con el consentimiento del otro. La demanda tendrá que ir acompañada de un convenio regulador – documento en el que se listan las medidas que regularán en el futuro la guarda y custodia de los hijos, la frecuencia de visitas, las pensiones de alimentos y compensatoria y el uso del domicilio familiar, entre otras- firmado por los esposos, y en el que tienen que ratificarse posteriormente ambos cónyuges en el tribunal.
Divorcio culposo
Una variante del divorcio unilateral, es el divorcio culposo (por ejemplo en caso de infidelidad o maltratos) que ocurre cuando hay una falta grave de los deberes y obligaciones que establece el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que convierta en insoportable la vida en común. En estas situaciones no es necesario esperar 3 años de cese de convivencia y la ley establece ciertos ejemplos de conductas que se encuadran en esta figura:
- Atentado contra la vida o malos tratos contra el cónyuge o alguno de los hijos.
- Infidelidad.
- Abandono.
- Condena por crimenes contra las personas.
- Conducta homosexual.
- Alcoholismo o drogadicción que constituya un impedimento importante para la coexistencia armoniosa entre los cónyuges o entre éstos y sus hijos.
- Tentativa para prostituir a la pareja o a los hijos.
El inconveniente del divorcio culposo está en comprobar los hechos acusados, ya que este tipo de razones deben acreditarse mediante pruebas irrefutables o señales claras a lo largo del juicio.
Reducción de alimentos (pensión alimenticia)
Representamos a quienes han sido demandados por pensión de alimentos y que desean obtener una rebaja en el monto establecido por un cambio en las condiciones, ya sean propias (disminución de ingresos o incremento de gastos) o del alimentario (tiene menos necesidades, etc).
En estos casos se presenta una demanda frente a los Tribunales de Familia, con el fin de que un juez aprecie los nuevos datos y según éstos adopte una determinación en orden a establecer una rebaja de alimentos.
Separación Judicial
La legislación de matrimonio civil decreta la separación judicial, que podrá ser invocada por uno de los cónyuges en caso que el otro infrinja de manera grave los deberes y obligaciones que establece el matrimonio y hacia con los hijos. Además podrá ser requerida al tribunal por alguno de los cónyuges o por ambos una vez que haya terminado la vida en común.
Si se comienza un trámite para divorcio unilateral, el demandante puede solicitar la regulación de estos aspectos, de forma de velar por el bienestar de los hijos desde el primer momento.
Es importante saber que usted deberá informar de la demanda al otro cónyuge. La ley determina que cada persona tiene el derecho a saber que existe un juicio en su contra. Adicionalmente, debe considerar, que la legislación requiere que ambos cónyuges concurran a una audiencia, de forma que es importante que usted tenga conocimiento de una dirección en que su cónyuge pueda ser avisado(a). En cuanto a los hombres, una vez inscrito el divorcio en el registro civil él tiene la posibilidad de volver a casarse inmediatamente. Las mujeres se rigen por una norma del código civil que tiene como objetivo evitar confusión de paternidades. Esta norma ordena que la mujer que se divorcia deba esperar 9 meses (270 días) para volver a casarse. Sin embargo se puede acortar este plazo si la mujer demuestra que, al hacerse efectivo el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se hace usando una certificación médica que se tiene que exponer frente a un juez, quien autoriza realizar el matrimonio por medio de una sentencia judicial.
¿Es posible divorciarme a pesar de que mi cónyuge no esté de acuerdo?
Sí. Tras las últimas reformas en materia de divorcio, es suficiente con que uno de los esposos no quiera la continuación del matrimonio para que se pueda solicitar el divorcio, sin que el otro pueda oponerse a la petición por motivos económicos, y sin que el Juez sea capaz de negar la petición, salvo por motivos procesales.
¿Tengo que indicar una razón para poder divorciarme?
No. Han desaparecido los listados de razones de separación y de divorcio. La simple voluntad de no proseguir con el matrimonio es suficiente para conseguir el divorcio.
¿Es necesario tramitar la separación antes que el divorcio?
No. Es posible acudir directamente al divorcio sin necesidad de la previa separación de hecho. Empero, se conserva la separación matrimonial para aquellos casos en los que los cónyuges quierean interrumpir su matrimonio, sin optar por la disolución final. Esta posibilidad de acudir directamente al divorcio ha provocado que en el año 2011 los divorcios fueran el 93,6% de las rupturas matrimoniales, frente al 6,2% de las separaciones y el 0,1% de las nulidades.
Las preguntas por esta vía son gratis, pero antes de hacerla, revise con atención la sección de dudas frecuentes, ya que muchas inquietudes están en dicha sección.
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