Abogados de divorcio en Villanueva de Cordoba

Quien se vea sumido en una crisis matrimonial o de pareja, o anticipe que podría presentarse esa crisis, debe conseguir asistencia jurídica a la mayor rapidez posible, solicitando consulta en abogados especializados en matrimonio, en que el afectado tendrá la posibilidad de presentar la problemática a un abogado especializado en derecho de familia y recibir asesoría y la información fundamental para comprender y manejar la situación en toda su dificultad y variedad de aspectos.

Nuestra trayectoria en la gestión de las más variadas conflictos matrimoniales le ayudará a superarlas con tranquilidad. Conocer y analizar bajo una mirada profesional todas las áreas del problema le permitirá crear un esquema a tomar para su rápida resolución.

Abogados de divorcio en Villanueva de Cordoba Abogados de Divorcio

¿Qué ventajas tiene el divorcio de acuerdo mutuo?

Hablamos del procedimiento más veloz, simple y económico de obtener el divorcio. No necesita de la celebración de juicio, siendo suficiente con la presentación de la solicitud y del convenio y su posterior ratificación en el Tribunal por los dos cónyuges. Adicionalmente supone una reducción de costos al permitir que ambos cónyuges estén representados por un mismo Procurador y defendidos por un mismo Abogado. El divorcio contencioso es más extenso, difícil y caro. Exige la celebración de vista legal, y ya no es factible asistir con un sólo Abogado y un sólo Procurador, sino que cada parte deberá acudir con los suyos.

Divorcio culposo

Una variante del divorcio unilateral es el divorcio culposo ( ejemplo: a causa de infidelidad) que ocurre cuando existe una falta grave de los deberes y obligaciones que les impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones hacia los hijos, que vuelva intolerable la convivencia. Ante esta situación no es necesario esperar 3 años de separación y la ley establece ciertos ejemplos de conductas que se enmarcan en esta figura: Atentado contra la vida o maltratos considerables en contra del cónyuge o de alguno de los hijos; infidelidad; abandono; condena por delitos contra las personas; homosexualidad: alguna adicción que signifique un obstáculo importante para la coexistencia armoniosa entre los cónyuges o entre la pareja y los hijos; e intento de prostituir al otro cónyuge o a los hijos.

El problema del divorcio culposo se encuentra en la prueba, porque las causas tienen que acreditarse en el juicio, de otra forma no se obtendrá el divorcio.

Demandas de pensión de alimentos

Nuestros profesionales asisten a quien desea interponer una demanda de pensión alimenticia o bien respecto de quien quiere defenderse de una demanda por pensión de alimentos en su contra.

El derecho a solicitar alimentos ayuda al que se encuentra en necesidad en relación a sus padres, abuelos, hijos, o cónyuge, que estén en capacidad de proporcionarlos.

La determinación del valor de la pensión alimenticia se basa en un conjunto de elementos que se prueban durante el juicio y se relacionan a la capacidad del alimentario (o de los alimentarios en el caso de haber menores) y con los requerimientos de quien solicita la pensión alimenticia. A lo largo del proceso del juicio puede pedirse una pensión alimenticia provisoria, que tiene por objeto garantizar que se cubrirán las necesidades alimenticias a lo largo de la tramitación del juicio.

Asesoramos tanto a menores (alimentos menores) que quieran demandar por pensión alimenticia a uno de sus padres (generalmente a quien no dispone de la tuición del menor) y a cónyuges que desean demandar o han sido demandados por su cónyuge.

Separación Judicial

La legislación de matrimonio civil establece la separación judicial, que podrá ser invocada por uno de los cónyuges cuando el otro incumpla de manera grave los deberes y obligaciones que impone el matrimonio y hacia con los hijos. También podrá ser solicitada al tribunal por alguno de los cónyuges o por ambos una vez que haya terminado la vida en común.

Entre los resultados legales que tiene un trámite de divorcio podemos destacar el término del deber de alimentar al otro cónyuge: O sea se termina cualquier sentencia anterior que decrete el pago de una pensión alimenticia en pro del otro cónyuge. El proceso de divorcio termina los derechos hereditarios, es decir, si muere uno de los cónyuges, el cónyuge sobreviviente ya no es heredero.

Sin embargo, el trámite de divorcio no influye los derechos y obligaciones que los progenitores tienen ante los hijos, ya que estos asuntos existen de forma independiente al estado civil de los progenitores. Esto significa que la justicia vela por el bienestar de los más vulnerables, ante esta situación los hijos, sobre todo si son menores de edad, no importando el estado civil de cada uno. La ley fuerza a las partes que pretendan comenzar los trámites para el divorcio de mutuo acuerdo, que creen también un régimen de visitas, tuición y alimentos en el que se protejan los deberes y derechos de los niños menores de edad.

¿Qué aspectos fiscales tiene el Divorcio?

En los efectos que el divorcio tiene en el aspecto tributario cabe señalar los siguientes:

  • Impuesto de la Renta de las Personas Físicas: La declaración de la renta se deberá realizar con relación a la situación familiar a 31 de diciembre. Así si en esa fecha haya sentencia de separación matrimonial, deberá cumplimentarse una declaración por familia, entendiendo como ésta a cada cónyuge con hijos a su cargo.
  • Por otra parte, cabe indicar que las pensiones alimenticias no pueden ser incorporadas como ingresos para aquel que las recibe, ni como gasto para quién las paga. Sin embargo, la pensión compensatoria si deberá ser incorporada como ingreso por quién las recibe.
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales: Cuando se liquide el lazo económico matrimonial y se deba entregar a cada cónyuge la mitad de la vivienda familiar, esa transacción será exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Pero atención cuando la división del patrimonio entre los cónyuges no es igualitaria, dado que respecto a los excesos de adjudicación el fisco podrá pedir su tributación como donación a través del impuesto de sucesiones y donaciones; debe de tenerse en cuenta asimismo que cuando se consigne que uno de los cónyuges obtiene la parte de un bien del otro a cambio de un costo establecido tributará por el Impuesto de transmisiones patrimoniales.
  • Impuesto sobre el Patrimonio: Una vez terminado el matrimonio, los ex-cónyuges sólo tienen declarar el patrimonio individual de cada uno de ellos a efecto de este impuesto.

Los abogados son especialistas en Derecho familiar, y podemos entregar consejo y tramitar casos en todo este rubro.



Califica este Artículo:




Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *