Abogados de divorcio en Villamiel de Toledo

El divorcio es una de las formas por medio de las que puede disolver el matrimonio; se da por acabado el lazo que unía a los cónyuges de un matrimonio válidamente contraído. Las características fundamentales del proceso de divorcio son: la no necesidad de fundamentar la decisión de acabar el matrimonio en causa alguna; la importancia de intervención judicial para deshacer el vínculo matrimonial; es suficiente con que hubiese pasado un mínimo de tres meses a partir la celebración del matrimonio. No existe el divorcio de hecho, es necesaria por cierto una sentencia judicial que declare el matrimonio disuelto.

Abogados de divorcio en Villamiel de Toledo Abogados de Divorcio

¿De que forma se tramita el divorcio contencioso?

El proceso se inicia mediante la presentación de la solicitud, acompañada por los certificados de vínculo matrimonial y de nacimiento de hijos; así como de aquellos documentos que sirvan para acreditar el estado económico de los cónyuges a efectos de la adopción de resoluciones de carácter monetario ( tributarias, nóminas, certificaciones bancarias, títulos de propiedad o certificaciones registrales). Después de entregada la demanda, y contestada la misma, el Tribunal citará a las partes a una vista, a la que deben comparecer las dos con sus abogados. Si existieren hijos será parte de la misma manera el Ministerio Fiscal. En la vista se practicarán las pruebas que hagan referencia a eventos de los que tengan relación los pronunciamientos sobre las resoluciones a adoptar respecto de la guarda y tuición de los hijos, el régimen de visitas del cónyuge no custodio, el empleo de la vivienda familiar y el establecimiento de pensiones de alimentos o de pensión compensatoria. Cuando hubiere hijos menores o incapacitados, se les tendrá en en cuenta si tuvieren suficiente juicio y, en todo caso, si fueren mayores de 12 años. Después de vez realizada la vista, el Juzgado dictará sentencia por la que se decrete el divorcio de los cónyuges y se establezcan las resoluciones que se considerarán a partir de ese instante las relaciones de los cónyuges sus hijos; y mandará que ella se inscriba en el Registro Civil. Es posible pedirse del mismo modo su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil.

Compensación Económica

Representamos frente a demandas de compensación económica que se pudiesen dar en juicios unilaterales de divorcio. También podemos pedir compensaciones económicas en juicios de divorcio, si la persona cumple con los supuestos para ello.

La compensación económica es una instauración creada por el legislador para cuidar al cónyuge más vulnerable que sufrió un perjuicio económico por no haber podido trabajar o haber trabajado menos, por haberse dedicado al cuidado del hogar y/o de los hijos comunes.

Aumento de Pensión alimenticia

Para el que actualmente percibe alimentos y busca que se aumenten por haber un cambio en las circunstancias propias o de quien paga los alimentos, está la posibilidad de interponer una demanda por aumento de pensión de alimentos. Representamos a nuestros clientes en la presentación y gestión de demandas por aumento en la pensión.

Separación Judicial

La legislación de matrimonio civil decreta la separación judicial, que podrá ser invocada por un cónyuge cuando el otro infrinja gravemente los deberes y obligaciones que impone el matrimonio y los deberes y obligaciones para con los hijos. También podrá ser requerida al tribunal por alguno de los cónyuges o por ambos una vez que haya terminado la vida en común.

¿Es esta la solución a los problemas de la pareja?

Esta es una respuesta en la que es muy complicado generalizar, sin embargo según nuestra experiencia como abogados podemos señalar que al conseguir una separación amigable las consecuencias negativas de esta complicada fase disminuyen, aunque aún los hay. No obstante, en relaciones muy desequilibradas y desgastadas la separación judicial no es mucho más que un paso legal en una progresión de resentimiento que lleva a un integrante de la pareja a continuar esforzándose empecinadamente en hacerle la vida difícil al otro. Nuestros abogados online lo asesorarán para que pueda dejar atrás finalmente esta fase difícil y extenuante.

Los asuntos que generalmente deben resolverse antes de hacer válida una separación legal se relaciona con:

  • El cuidado y manutención de los hijos que los cónyuges tengan en común, estos abarcan la custodia, alimentación, vistas, etc.
  • Propiedades y bienes mancomunados obtenidos a lo largo de la sociedad conyugal..
  • Derechos hereditarios y de sucesión..

¿Qué son las medidas provisionales?

Son las que tienen como propósito acordar la situación de los cónyuges cuando se consigue su trámite de divorcio, o nulidad matrimonial y hasta su conclusión. Hay que distinguir dos categorías:

  1. Las medidas previas o provisionalísimas, que se solicitan antes de la demanda. Debe acreditarse una situación de importancia para su solicitud, como supuestos de malos tratos.
  2. Las medidas provisionales, que se piden en el instante de la presentación de la demanda.

¿Qué puede solicitarse?

Entre las medidas que se podrían pedir se encuentran las siguientes: Determinar, en interés de los hijos, con cuál de los cónyuges han de quedarse los sujetos a la patria potestad de los dos y tomar las instrucciones que correspondan de acuerdo con lo establecido en el Código Civil y, en particular, la manera en que el cónyuge que no ejerza la guarda y custodia de los hijos podrá cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, manera y lugar en que podrá comunicar con ellos. Cuando exista peligro de sustracción del menor por alguno de los cónyuges o por terceras personas pueden pedirse las medidas que correspondan y, en particular, las siguientes:

  • Prohibición de salida del territorio nacional, salvo autorización judicial.
  • Prohibición de creación de un pasaporte al menor.
  • Sometimiento a autorización legal previa de un cambio de dirección del menor.
  • Establecer cuál de los cónyuges ha de proseguir en el uso de la vivienda familiar y del mismo modo, previo inventario, los bienes que continúan en ésta y los quepuede llevarse el otro cónyuge, así como las medidas cautelares convenientes para conservar el derecho de cada uno.
  • Determinar el aporte de cada cónyuge a los costosdel matrimonio, incluidas, si procede, las litis expensas, desarrollar las bases para la actualización de cantidades y disponer las garantías, depósitos, retenciones u otras medidas cautelares convenientes, a fin de asegurar la efectividad de lo que por estos conceptos un cónyuge deba de pagar al otro.
  • Señalar los bienes ganancialesquesese deban entregar a uno u otro cónyuge y las disposiciones que tienen que observar en la administración, así como en la obligatoria rendición sobre los bienes o parte de ellos que obtengan y los que adquieranmas adelante.
  • Establecer, en su caso, el régimen de administración de aquellos bienes que por escritura pública estuvieran afectados a las cargas del matrimonio.



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