Abogados de divorcio en Villalazan

El divorcio implica el término del vínculo matrimonial mediante una declaración legal, es decir, por una sentencia obtenida despues de la tramitación de un proceso en el que siempre deben interactuar abogado y procurador. Solamente una resolución de esta clase es capaz de producir el divorcio de los coóyuges, incluso a pesar de que éstos estén de acuerdo en solicitarlo. A pesar de ser causa de término del matrimonio legalmente se requieren determinadas salvaguardias que afectarán a los coóyuges aun después de divorciados. Por un lado se exige el cumplimiento de las obligaciones de los progenitores frente a los hijos con independencia de la relación que puedan o no tener. Por otro se exige la situación económica analoga a la disfrutada en el matrimonio por el cónyuge más desfavorecido económicamente. También será fundamental la defensa de sus intereses en la disolución del régimen económico y la atribución de bienes.

Desde nuestro equipo además damos especial énfasis en el proceso de divorcio a la regulación de las relaciones de padres e hijos teniendo en consideración los detalles de la Ley de Custodia Compartida.

Abogados de divorcio en Villalazan Abogados de Divorcio

¿De que manera se solicitan las resoluciones provisionales anteriores a la demanda o provisionalísimas?

Deberá entregarse un formulario en el Tribunal del domicilio del solicitante en el cual se indicaran los sucesos y condiciones que dan lugar a su petición y las medidas especificas que se piden; aportando las certificaciones de matrimonio y de nacimiento de los hijos y los otros documentos que justifiquen o avalen las resoluciones que se piden.

A la vista de la solicitud, el Juez mandará citar a los cónyuges y, si hubiere hijos menores o discapacitados, al Ministerio Fiscal, a una comparecencia, en la que se intentará un acuerdo de las partes. A dicha audiencia tiene que acudir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su Procurador. La falta de asistencia, sin razón en particular justificada, de alguno de los cónyuges a la comparecencia puede determinar que se tengan por admitidos los sucesos señalados por el cónyuge presente para fundamentar sus solicitudes sobre resoluciones provisionales de carácter patrimonial. El juez acordará las resoluciones oportunas y contra esta resolución no cabe ningún recurso.

Notificación de cese de convivencia

Representamos a aquellos cónyuges que se han separado hace poco tiempo en el aviso judicial del cese de convivencia que se trata de brindar judicialmente una fecha cierta al momento en que se llevó a cabo la separación de hecho, de manera de no necesitar otras pruebas después, cuando se tramite el juicio de divorcio.

La relevancia que tiene la preparación del divorcio, desde un enfoque legal y judicial, es que cuando se le ha puesto fecha cierta a la separación ya se cuenta con un precedente listo para requerir el divorcio luego, porque las causales frecuentes de divorcio requieren que haya cesado la convivencia hace más de uno o tres años.

Cese de pensión de alimentos (termino de pensión alimenticia)

Si han terminado los fundamentos de una demanda de pensión alimenticia está el derecho a solicitar el cese del pago de la pensión.En el caso de los hijos, el derecho a percibir alimentos termina una vez que alcanzan la mayoría de edad (excepto que sigan estudiando), trabajen o se casen (pues debe adjudicarse la obligación primeramente el cónyuge). Representamos a nuestros clientes en la presentación y gestión de juicios de cese de pensión alimenticia.

Notificación de Cese de Convivencia

Los abogados de familia son los profesionales encargados de representar a las partes en un proceso de divorcio. Para todo proceso de esta índole son necesarios dos abogados, uno que representa a cada cónyuge. Un divorcio es un procedimiento judicial cuyo objeto es poner fin al matrimonio, a través de la proclamación de un juez. Hay distintos tipos: este puede ser de mutuo acuerdo, o unilateral y ambas partes requieren diferentes procesos. Para comenzar la gestión para el divorcio se requieren sólo los certificados de matrimonio y de nacimiento, si es que hay hijos en común.

Puede haber un matrimonio que por diversas causas ha cesado la convivencia e incluso así no quiere el divorcio. En estas situaciones es posible solicitar a un juez que decrete la separación judicial y regule los efectos jurídicos de esta condición. Esta instancia tiene la posibilidad de ser requerida por cualquiera de los cónyuges, cuando ya no conviven, no obstante, ello inhabilita a los separados para contraer un nuevo matrimonio.

En cambio, el divorcio pone fin al matrimonio y a los derechos y obligaciones que éste genera. Además permite a los divorciados volver a contraer matrimonio.

Si se inicia un trámite para divorcio unilateral, el demandante tiene la posibilidad de pedir la regulación de estos aspectos, de forma de velar por el bienestar de los hijos a partir del principio.

Es fundamental saber que usted tendrá que notificar la demanda a su pareja. La ley determina que toda persona cuenta con el derecho a tener conocimiento de que existe un juicio en su contra. Además, debe tener en cuenta, que la ley exige que ambos cónyuges concurran a una audiencia, de forma que es importante que usted tenga conocimiento de una dirección en que su cónyuge pueda ser notificado(a). En el caso de los hombres, ya registrado el divorcio en el registro civil él tiene la posibilidad de volver a contraer matrimonio de inmediato. Las mujeres están regidas por una normativa del código civil que tiene por objeto prevenir confusión de paternidades. Esta norma establece que la mujer que se divorcia deba esperar 9 meses (270 días) para casarse nuevamente. No obstante es posible acortar este plazo si la mujer prueba que, al momento de realizarse el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se hace por medio de un certificado médico que se tiene que presentar ante un juez, el que autoriza realizar el matrimonio mediante una sentencia judicial.

¿Qué ocurre si no se puede encontrar al otro cónyuge?

Si no constara su dirección, podrá intentarse su ubicación a través de un oficio a la Policía. Y si las averiguaciones resultaran infructuosas, deberá hacerse por edictos, si bien deberá ser solicitado por la parte. Una vez conste el domicilio del actor, el emplazamiento se hará en su persona, y en caso de no encontrarse en el lugar, se hará con entrega de cédula a la persona que se halle en el domicilio o lugar donde se le emplace. Si el demandado es ubicado pero no quiere recibir la citación o a firmarla, el Secretario u Oficial le amonestará haciéndole conocer que la copia de la resolución o la cédula se encuentran a su disposición en la Secretaría del Juzgado la comunicación.

¿Qué pasa si no me presento en el juicio?

La Ley refuerza la obligación de presencia personal de los cónyuges con apercibimiento de poder considerar por reales los hechos alegados por la parte que comparezca para fundamentar sus peticiones sobre resoluciones definitivas de carácter patrimonial.

¿Puedo pedir que la otra parte pague los costos del juicio en la demanda?

En derecho familiar, las condenas en costas se consideran reservadas a supuestos límites de o mala fe, siendo la costumbre habitual, por el contrario, la no imposición de las costas del juicio.

  • Su situación tiene solución. Contáctenos para obtener ayuda legal on line que podrá ayudarlo a manejar su dificultad. Con el fin de ser parte de un trámite de separación matrimonial, es obligatorio tener la consejo de un abogado.


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