Abogados de divorcio en Villalar de los Comuneros
El divorcio es una de las formas por medio de las que es posible acabar el vínculo matrimonial; se da por roto el lazo que unía a los cónyuges de un matrimonio válidamente contraído. Las características fundamentales del trámite de divorcio en españa son: la no necesidad de fundamentar la decisión de terminar el vínculo matrimonial en causa alguna; la importancia de intervención legal para deshacer el matrimonio; es suficiente con que haya pasado un mínimo de 3 meses a partir la celebración del vínculo matrimonial. No no se considera el divorcio de hecho, es necesaria una sentencia que declare el vínculo matrimonial disuelto.
¿Cómo se obtiene el divorcio contencioso?
El proceso se inicia a través de la entrega de la solicitud, que incluye los certificados de matrimonio y de nacimiento de hijos; así como también de aquellos documentos que sirvan para certificar el estado económico de los cónyuges para la solicitud de medidas de carácter monetario ( tributarias, nóminas, certificaciones de banco, propiedades o certificaciones registrales). Una vez entregada la petición, y contestada la misma por el otro cónyuge, el Juzgado citará a las partes a una vista, a la que tienen que comparecer ambas con sus abogados y procuradores. Si existieren hijos menores será parte de igual forma el Ministerio Fiscal. En aquella audiencia se mostrarán las pruebas que se refieran a sucesos de los que dependan los pronunciamientos sobre las resoluciones a tomar en relación de la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas del cónyuge no custodio, el uso de la vivienda familiar y el acuerdo de pensiones de alimentos o de pensión compensatoria. Cuando hubiesen hijos menores o discapacitados, se les oirá si tuvieren necesario juicio y, en todo caso, si fueren mayores de 12 años. Una vez celebrada la vista, el Juzgado dictará resolución por la que se establezca el divorcio de los cónyuges y se establezcan las resoluciones que regirán a partir de ese momento las relaciones de los cónyuges y de estos con sus hijos; y ordenará que se inscriba en el Registro Civil. Puede solicitarse de la misma manera su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil, si uno de los cónyuges es empresario.
Separación Legal
En cuanto a los cónyuges que no poseen los requerimientos legales (plazos) para solicitar el divorcio, tenemos la opción de representarlos en el trámite de una separación judicial.
La ley de matrimonio civil decreta la separación judicial, que podrá invocarse por uno de los cónyuges en caso de que el otro infrinja gravemente las obligaciones que establece el matrimonio y los deberes y obligaciones para con los hijos. También puede ser solicitada al tribunal por cualquiera de los cónyuges o por los dos al haber finalizado la vida en común.
Ante esta situación, ambas partes adquirirán el estado civil de separado, lo que no los faculta para casarse otra vez (esto significa que no se disuelve el vínculo). Esta condición es inscrita en el Registro Civil. Antes de esto, el juez debe solucionar los efectos patrimoniales y jurídicos de la pareja, resguardando especialmente el bienestar de los hijos, si es que los hay. Con la separación judicial se acaban los deberes de convivencia y fidelidad, que se suprimen.
Transacción de alimentos o Avenimiento de Pensión de alimentos
Para aquellos cónyuges y/o padres que deseen regular en forma amistosa el pago de una pensión alimenticia es recomendable la suscripción de una transacción o avenimiento de alimentos, de forma que se le otorgue seguridad jurídica a los acuerdos alcanzados (cuenta con la misma peso jurídico que una sentencia judicial).
La transacción alimenticia puede implicar una orden de un régimen de visitas del padre que carece de la custodia del menor, con lo que se abarcan globalmente los asuntos relacionados con el menor. La escritura de transacción de alimentos sirve, además, para ponerle fecha cierta a la separación entre la pareja lo cual es provechoso para la tramitación de un divorcio.
Importante
El juzgado donde corresponde conocer el juicio es siempre el de la residencia de la persona demandada, o de alguno de los cónyuges si es de acuerdo mutuo.En los divorcios de mutuo acuerdo se debe acompañar un acuerdo que regule los regímenes de visitas, custodia, alimentos y en dado caso normar además los bienes, esto en el caso de que los cónyuges estén casados con sociedad conyugal.
La compensación económica se trata de la indemnización que la mujer o el hombre, que no pudo trabajar a lo largo de la convivencia por ocuparse del matrimonio y/o a los hijos, le solicita al juez, para que sentencie al otro cónyuge a otorgársela en dinero.
Si se comienza un trámite para divorcio unilateral, el demandante puede solicitar la regulación de estos ítems, de forma de resguardar los intereses de los hijos desde el primer momento.
Es importante saber que usted deberá informar de la demanda a su pareja. La ley estipula que cada persona tiene el derecho a saber que se realiza un juicio en su contra. Aparte, debe considerar, que la ley exige que ambas partes asistan a una audiencia, de modo que es importante que usted sepa de una dirección donde su cónyuge pueda ser avisado(a). En cuanto a los hombres, una vez registrado el divorcio en el registro civil este puede volver a casarse inmediatamente. Las mujeres están regidas por una norma del código civil que tiene por objeto evitar confusión de paternidades. Esta norma establece que la mujer cuando se divorcia deba esperar 9 meses para contraer matrimonio otra vez. No obstante se puede acortar este plazo si la mujer prueba que, al realizarse el divorcio, no está embarazada. Esto se hace usando un certificado médico que se tiene que exponer ante un juez, el que autoriza realizar el matrimonio mediante una sentencia legal.
¿Puedo divorciarme a pesar de que mi cónyuge no está de acuerdo?
Sí. Tras las últimas reformas en materia de divorcio, basta con que uno de los esposos no quiera la continuación del matrimonio para que sea capaz de pedir el divorcio, sin que el otro sea capaz de negarse a la petición por motivos económicos, y sin que el Juez pueda negar la solicitud, salvo por motivos procesales.
¿Debo indicar alguna razón para poder divorciarme?
No. Ya no existen los listados de razones de separación y de divorcio. La simple voluntad de no continuar con el matrimonio es suficiente para poder recibir el divorcio.
¿Debo realizar la separación física antes que el divorcio?
No. Es posible realizar directamente al divorcio sin importancia de la anterior separación de hecho. No obstante, se mantiene la separación para aquellos casos en los que los cónyuges quierean interrumpir temporalmente su matrimonio, sin optar por la disolución final. Esta posibilidad de acudir al divorcio ha provocado que durante el año 2011 los divorcios representaran el 93,6% de las rupturas familiares, frente al 6,2% de las separaciones y el 0,1% de las nulidades.
Las preguntas por este medio son sin costo, pero antes de escribir, revise con cuidado la sección de preguntas frecuentes, ya que diferentes interrogantes están en esa sección.
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