Abogados de divorcio en Villaescusa de Roa

La más notable consecuencia del divorcio es el fin del matrimonio. El vínculo matrimonial ha existido desde su celebración hasta que la sentencia es firme, momento en el que el lazo entre los cónyuges desaparece y, en consecuencia, queda modificado el estado civil de los antiguos cónyuges, que ahora son personas divorciadas y que, por tanto, podrán volver a contraer matrimonio libremente.

Tras el divorcio se disuelve el régimen económico del vínculo matrimonial. La sentencia del divorcio sólo afectará a terceros de buena fe (que han podido o pueden contratar con los cónyuges), a partir del momento de la inscripción del divorcio en el Registro Civil, puesto que a partir de ese momento puede ser conocida por todos. (Por ejemplo: uno de los cónyuges contrata el servicio de unos profesionales con el fin de hacer arreglos en la casa cuando ya existe sentencia de divorcio pero aún no se ha inscrito en el Registro Civil. El trabajador podrá actuar tal como si se encontraran casados, responderán del valor los dos cónyuges). Sin embargo, el efecto solo para los cónyuges es inmediato a partir que se dicta la sentencia. Encontramos algunos otros efectos a partir de de esta ruptura del vínculo matrimonial, tales como la pérdida de los derechos sucesorios entre los cónyuges.

Abogados de divorcio en Villaescusa de Roa Abogados de Divorcio

¿Cómo se obtiene el divorcio contencioso?

El trámite se inicia a través de la presentación de la solicitud, que incluye los certificados de matrimonio y de nacimiento de hijos; así como también de los documentos que sirven para acreditar el estado económico de los cónyuges para la adopción de medidas de carácter económico ( tributarias, nóminas, certificaciones de banco, títulos de propiedad o certificaciones registrales). Una vez presentada la demanda, el Juez citará a las partes a una audiencia, a la que deben acudir ambas con sus abogados y procuradores. Si hay hijos menores será parte también el Ministerio Fiscal. En aquella audiencia se entregarán las pruebas que se refieran a sucesos de los que tengan relación los pronunciamientos sobre las resoluciones a tomar respecto de la guarda y custodia de los hijos, la frecuencia de visitas del cónyuge no custodio, el uso de la vivienda familiar y el acuerdo de pensiones alimenticias o de pensión compensatoria. Cuando hubiere hijos menores o incapacitados, se les tendrá en en cuenta si tuvieren necesario juicio y, en todo caso, si fueren mayores de doce años. Después de vez celebrada la vista, el Juez dictará sentencia por la que se establezca el divorcio de los cónyuges y se establezcan las resoluciones que regirán a partir de ese instante las relaciones de los cónyuges y de estos con sus hijos; y mandará que la misma se anote en el Registro Civil. Puede pedirse de la misma forma su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil.

Defensa de divorcio

Nuestros abogados otorgan asesoría judicial tanto al cónyuge que desea entablar una demanda de divorcio, como también al demandado para el divorcio, esto es, el cónyuge que no inició el juicio, sino que tiene que defenderse de la acción ejercida por el cónyuge demandante.

En la defensa de divorcio, analizamos la estrategia a utilizar, y eventualmente analizamos la posibilidad de pedir compensación económica, si es que ocurren los supuestos legales para ello. Las tarifas en estas defensas se acuerdan de diferentes formas, pudiendo ser un honorario establecido, un porcentaje de lo que se obtenga por alimentos o retribución o una fórmula mixta.

Aumento de Alimentos (pensión alimenticia)

Para el que actualmente recibe una pensión alimenticia y desea que el monto aumente por haber un cambio en las circunstancias propias y/o de quien paga la pensión, existe la opción de interponer una demanda por aumento de pensión. Representamos a nuestros clientes en la presentación y gestión de demandas por aumento en pensión alimenticia.

Importante

El juzgado que corresponde conocer el juicio es siempre el de la residencia del demandado, o de alguno de los cónyuges si es divorcio de acuerdo mutuo.En los divorcios de acuerdo mutuo hay que adjuntar un convenio que normalice los regímenes de visitas, tuición, alimentos y en dado caso normar además los bienes, esto en el caso de que los cónyuges estén casados en sociedad conyugal.

La compensación económica consiste en la indemnización que la mujer o el hombre, que no pudo laborar durante la convivencia por dedicarse al matrimonio y/o a los hijos, le solicita al juez, para que sentencie a su pareja a pagársela en dinero.

Si se inicia un trámite para divorcio unilateral, el cónyuge demandante puede solicitar la regulación de estos aspectos, de manera de resguardar los intereses de los hijos desde el principio.

Es fundamental saber que usted tendrá que informar de la demanda a su pareja. La legislación estipula que cada persona cuenta con el derecho a saber que hay un juicio en su contra. Aparte, debe considerar, que la legislación exige que ambos cónyuges concurran a una audiencia, de manera que es relevante que usted tenga conocimiento de alguna dirección donde su cónyuge pueda ser notificado(a). En cuanto a los hombres, una vez registrado el divorcio en el registro civil este puede volver a contraer matrimonio de inmediato. Las mujeres están regidas por una norma del código civil que tiene como objetivo prevenir confusión de paternidades. Esta normativa dispone que la mujer cuando se divorcia deba esperar nueve meses (270 días) para contraer matrimonio otra vez. No obstante se puede acortar el plazo si la mujer demuestra que, en el hacerse efectivo el divorcio, no está embarazada. Esto se realiza usando un certificado médico que se debe exponer ante un juez, quien permite contraer el matrimonio mediante una sentencia legal.

¿Qué diferencias existe entre el divorcio y la nulidad definitiva?

El divorcio rompe el matrimonio pero nunca se duda sobre la validez del matrimonio. Sin embargo, mediante la nulidad se señala que no hubo vínculo matrimonial pese a su formal apariencia, ya que se han producido vicios o defectos fundamentales que impiden que el mismo pueda tener efecto. Así, por ejemplo, son causas de nulidad: El contraído por coacción, el matrimonio contraído sin consentimiento matrimonial, el contraído por infantes, etc.

¿Puedo volver a casarme después de el divorcio?

Sí. Sin embargo, hay que tener en cuenta que, si el matrimonio se celebró mediante una Iglesia, ni la separación ni el divorcio permiten contraer un nuevo vínculo matrimonial por la Iglesia. Ello tan solo es factible si el tribunal eclesiástico competente, tras un proceso judicial, establece que están las causas para declarar como nulo el vínculo matrimonial. Por lo tanto, el divorcio permite contraer nuevo matrimonio, pero no religioso.

Nuestros abogados con experiencia en divorcios se encargan de toda la tramitación del procedimiento, ya sea de mutuo acuerdo o contencioso, explicando en todo instante al cliente del progreso de su expediente.



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