Abogados de divorcio en Vilaverd
Cuando usted desea el divorcio, cada uno o ambos en mutuo acuerdo pueden pedir judicialmente la disolución del matrimonio. Para que esto se pueda llevar a cabo de manera unilateral, es decir, si solamente uno de los cónyuges está de acuerdo, se debe probar de manera fehaciente, con documentos y testigos relevantes al caso, que ambas partes han estado separados por lo menos a lo largo de 3 años. Por otra parte, si las dos partes concuerdan en terminar el vínculo, sólo deben probar que no ha continuado la convivencia por un tiempo de por lo menos un año completo. Para conocer los posibles efectos y resultados para usted y su familia de una separación legal, ya sea en cuanto a pensión alimenticia, en los bienes en común, u otros, puede ponerse en contácto con nuestros abogados online, que solucionarán rápidamente sus inquietudes, sin ningún tipo de compromiso y de manera completamente confidencial.
¿Si tenemos hijos, ellos resultarán afectados legalmente por el divorcio?
Los derechos y obligaciones que hay entre padres e hijos no se ven turbados por el divorcio, ya que las obligaciones existen por ser padres, independiente del estado civil de estos. O sea, un padre tiene obligaciones y derechos con sus hijos no importando si está soltero, casado, separado, divorciado, anulado o viudo.
Si los cónyuges tienen hijos menores de dieciocho años, en el instante de realizar su divorcio, la ley prioriza los derechos de las criaturas. De esta forma la ley exige a la pareja que desee solicitar un divorcio de mutuo acuerdo presentar un acuerdo de custodia, visitas y alimentos respecto a sus hijos menores de edad. Si el divorcio no es de mutuo acuerdo, se puede pedir el estatuto de estos temas en el juicio mismo, así el divorcio facilita que se protejan los derechos de los menores adentro de un mismo juicio.
Divorcio culposo
Una variable del divorcio unilateral, es el divorcio culposo (como es el caso de infidelidad o maltratos) que ocurre cuando hay una falta importante de los deberes y obligaciones que establece el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que vuelva en insoportable la convivencia. En estos casos no se requiere esperar 3 años de cese de convivencia y la ley enumera algunos ejemplos de comportamientos que se enmarcan dentro de esta figura:
- Atentado en contra de la vida o malos tratos contra el cónyuge o algún hijo.
- Infidelidad.
- Abandono.
- Condena por delitos contra las personas.
- Conducta homosexual.
- Alguna adicción que constituya un impedimento grave para la convivencia armoniosa entre la pareja o entre la pareja y los hijos.
- Intención de prostituir a la pareja o a los hijos.
El inconveniente del divorcio culposo se encuentra en demostrar los hechos denunciados, ya que estas razones deben acreditarse mediante pruebas irrefutables o indicios claros a lo largo del juicio.
Transacción alimenticia o Avenimiento de Pensión alimenticia
Para aquellos cónyuges y/o padres que deseen regular de manera amistosa una pensión alimenticia es aconsejable la suscripción de una transacción de alimentos (que se aprueba judicialmente), de modo que se le entregue cierta seguridad jurídica a los convenios logrados (cuenta con igual fuerza jurídica que una sentencia judicial).
La transacción de alimentos puede implicar una orden de un régimen de visitas para el padre que carece de la custodia del menor, con lo que se abarcan en general las materias asociadas con menor. La escritura de transacción de alimentos sirve, aparte, para darle fecha establecida a la separación entre los cónyuges lo que es ventajoso para la tramitación de un divorcio.
Importante
El juzgado que debe conocer el juicio es siempre el de la residencia del demandado, o de cualquiera de los cónyuges si es divorcio de acuerdo mutuo.En los divorcios de acuerdo mutuo se debe acompañar un acuerdo que normalice los regímenes de visitas, tuición, alimentos y en su caso regular además los bienes, esto cuando los cónyuges estén casados con sociedad conyugal.
La compensación económica consiste en la indemnización que la mujer o el hombre, que no pudo laborar a lo largo de la convivencia por dedicarse al matrimonio y/o a los hijos, le pide al juez, para que condene al otro cónyuge a pagársela en dinero.
Si se inicia un trámite para divorcio unilateral, el cónyuge demandante tiene la posibilidad de pedir la regulación de estos ítems, de forma de velar por los intereses de los hijos a partir del primer momento.
Es importante saber que usted deberá notificar la demanda al otro cónyuge. La ley determina que cada persona tiene el derecho a tener conocimiento de que existe un juicio en su contra. Adicionalmente, debe considerar, que la legislación exige que ambos cónyuges asistan a una audiencia, de forma que es importante que usted sepa de alguna dirección en que su cónyuge pueda ser notificado(a). En cuanto a los hombres, una vez inscrito el divorcio en el registro civil este tiene la posibilidad de volver a contraer matrimonio de inmediato. Las mujeres se rigen por una normativa del código civil que tiene por objeto prevenir confusión de paternidades. Esta normativa establece que la mujer al divorciarse debe esperar 9 meses para casarse nuevamente. Sin embargo es posible acortar el plazo si la mujer prueba que, al momento de hacerse efectivo el divorcio, no está embarazada. Esto se realiza mediante un certificado médico que se debe exponer ante un juez, quien permite realizar el matrimonio por medio de una sentencia legal.
¿Existe la reconciliación durante el proceso de separación matrimonial?
Durante la ejecución del trámite y antes de que se dicte resolución, la reconciliación detiene la acción de divorcio. Para aquello ambos cónyuges tienen que decirlo expresamente, y cada uno por separado, al Juzgado.
¿Cabe la reconciliación después de la sentencia de divorcio?
La separación matrimonial, al suspender sólo algunos deberes y presunciones familiares, admite la reconciliación entre los cónyuges. Por el contrario, el divorcio, al anular el vínculo matrimonial, obliga a los cónyuges a volver a casarse si deciden reconciliarse.
¿Qué efecto tiene la reconciliación ?
Si durante el trámite de separación los cónyuges deciden reconciliarse, el Tribunal, tras la notificación de la reconciliación, dejará sin efecto lo acordado. Empero, esta regla implica dos excepciones:
- Por razón de resolución legal, se mantendrán o modificadas las medidas tomadas en relación a los hijos, si existe causa que lo justifique.
- De acuerdo al artículo 1443 del Código Civil, la separación de bienes que se hubiera establecido entre los cónyuges no sufrirá cambios debido a la reconciliación. De esta manera, no se recupera el régimen económico del vínculo matrimonial anterior a la sentencia de separación matrimonial, por lo que será imprescindible que los cónyuges lo acuerden así en capitulaciones matrimoniales.
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