Abogados de divorcio en Valdemoro

La separación o el divorcio son las dos formas legales con las que se puede poner fin a las los problemas de matriomoniales. En los dos casos, a la dureza de terminar la relación personal se suma la importancia de regular aspectos de caracter económico que en varias ocasiones terminan en profundas discusiones. Si necesita asesoramiento o tiene dudas sobre la separación puede pedirnos cita o presupuesto a través de nuestro formulario. Nuestro equipo de abogados estarán listos para ayudarle en este momento tan difícil.

Abogados de divorcio en Valdemoro Abogados de Divorcio

¿Cuál es el mejor instante para divorciarme? ¿Debería esperar a que mis hijos sean mayores?

No hay una respuesta sencilla para esta interrogante. Necesitarás ser tú el propio juez del avance. Las estadísticas enseñan que los niños que crecen en un entorno hostil y lleno de conflictos están más trastocados, que los que han crecido con padres separados o con un padre soltero. Con independencia de su edad, tu hijo tiene que sobrellevar algunos obstáculos. En general, los hijos más pequeños, de tres a seis años, tienden a culparse a sí mismos y a sentirse causantes por el Divorcio de sus padres. Los niños de siete a doce años, bajan el rendimiento académico. Y los adolescentes, sienten que podrían haber evitado la ruptura, e igualmente, son críticos y se sienten dañados por sus progenitores.Pero si pensamos el asunto en otra perspectiva, las buenas noticias son, que tras unos pocos años, el 67% de ellos, es decir más de los dos tercios, se integran muy bien en su ambiente.

¿Qué ocurre si uno de los Cónyuges no firma el Convenio?

Si en un trámite de mutuo acuerdo, tras la citación a los cónyuges para ratificar judicialmente el convenio, uno de ellos no lo ratifica, se acordará el inmediato archivo de las actuaciones, sin posterior recurso, a menos que exista razón justificada para la inasistencia, a criterio del Juzgador y anteriormente acreditada, en cuyo caso será conseguible iniciar otro señalamiento. Si no es así tendrá que promoverse un nuevo proceso, pero ahora contencioso.

Aviso de término de Convivencia

Asesoramos a quienes que se han separado recientemente en el aviso judicial del cese de convivencia que consiste en brindar judicialmente una fecha establecida al momento en que se produjo la separación de hecho, de forma de no requerir otras pruebas luego, una vez que se procese el juicio de divorcio.

La importancia que tiene la preparación del divorcio, a partir del punto de vista legal y judicial, es que cuando se le ha puesto fecha cierta a la separación ya se cuenta con un precedente preparado para solicitar el divorcio posteriormente, ya que las causas frecuentes de divorcio requieren que haya cesado la convivencia hace más de uno o tres años.

Pensión de alimentos

Nuestros abogados representan a quien quiere poner una demanda por pensión alimenticia o a quien quiere defenderse de una demanda por pensión alimenticia interpuesta en su contra.

El derecho a demandar alimentos ayuda al que se encuentra en necesidad respecto de sus padres o familiares que puedan otorgarlos.

La fijación del valor de la pensión alimenticia a pagar se basa en un conjunto de elementos que se prueban en el juicio y dicen relación la capacidad del alimentario y con los requerimientos de quien pide la pensión alimenticia. Durante la tramitación del juicio está la posibilidad de solicitarse una pensión alimenticia provisoria, que tiene por objeto garantizar la cobertura de las necesidades alimenticias a lo largo del juicio.

Asesoramos tanto a menores (alimentos menores) que desean demandar por pensión de alimentos a alguno de sus padres (normalmente a quien no tiene la tuición del menor) y a cónyuges que quieran demandar o han sido demandados por su cónyuge.

Importante

El juzgado que debe manejar el juicio es siempre el del domicilio del demandado, o de alguno de los cónyuges si es divorcio de mutuo acuerdo.En los divorcios de acuerdo mutuo se debe acompañar un acuerdo que regule las visitas, tuición, alimentos y en su caso normar además los bienes, esto en el caso de que los cónyuges estén casados en sociedad conyugal.

La compensación económica se trata de la indemnización que la mujer o el hombre, que no pudo laborar durante la convivencia por ocuparse del matrimonio o a los hijos, le pide al juez, para que condene a su pareja a otorgársela en dinero.

Entre los resultados legales que tiene un trámite de divorcio podemos señalar el término de la obligación de alimentar al otro cónyuge: O sea se anula toda sentencia anterior que dictamine el pago de una pensión alimenticia a favor del otro cónyuge. El trámite de divorcio termina los derechos hereditarios, o sea, si fallece uno de los cónyuges, el otro no es heredero.

Sin embargo, el trámite de divorcio no afecta los derechos y obligaciones que los padres tienen hacia los hijos, ya que estos asuntos se manejan de forma sin importar el estado civil de los padres. Esto quiere decir que la justicia busca el bienestar de los más desvalidos, ante esta situación los hijos, sobre todo si son menores de edad, sin importar si usted o su pareja son casados, solteros, separados, anulados, divorciados o alguno de los dos enviudó. La autoridad obliga a las partes que pretendan comenzar los trámites para el divorcio de acuerdo mutuo, que establezcan también un sistema de visitas, custodia y alimentos en el que se resguarden los deberes y derechos de los hijos menores de edad.

¿Qué consecuencias con respecto a la Seguridad Social tiene el divorcio?

El cónyuge divorciado obtendrá el derecho a una pensión de viudedad. El derecho a este tipo de pensiones los tienen, tanto el cónyuge legítimo en el momento de la muerte, así como los anteriores cónyuges. La cuantía de la pensión se repartirá entre los diversos ex-cónyuges en proporción al tiempo de convivencia de cada uno de ellos con el finado. El derecho a la pensión de viudez se perderá si el cónyuge o excónyuge del fallecido vuelve a contraer otro matrimonio.

¿Qué repercusiones en materia de arrendamientos tiene el divorcio?

El cónyuge a quién, en virtud de la sentencia de divorcio, le sea cedido el uso de la vivienda, podrá seguir viviendo en ella a pesar de que no sea el que figure como arrendatario en el contrato. El único requisito es comunicarle esta circunstancia al arrendador dos meses a partir de que le fue notificada la resolución de separación matrimonial, adjuntando copia de la resolución de divorcio, o de la parte de la misma. No es necesaria la celebración de un nuevo contrato dado que sigue vigente el celebrado, con las salvedades ya indicadas.

Los abogados son expertos en Derecho de Familia, y podemos brindar consejo y asumir casos en todo este rubro.



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