Abogados de divorcio en Sarreaus
Si siempre ha existido en su familia un millar de razones para terminar la convivencia y siempre se preguntó el costo de un divorcio, lo que tal vez le impidió continuar con sus intenciones, tenemos la solución, porque nuestros servicios sin costo y de larga trayectoria y experiencia le darán fin a sus dolores de cabeza y años de incertidumbre. Una separación judicial pronta es lo que los clientes necesitaban, pues cuando ocurre una separación matrimonial no solamente se crea el inconveniente de terminar con el contrato civil, sino que implica juicios por alimentos, custodia, régimen de visitas, separación de bienes y en situaciones más extremas como alimentos mayores, menores, impugnación o reconocimiento de paternidad, declaración de bienes familiares, herencias, entre otros.
Puede estar tranquilo, ya que no solo lo asesoraremos en los tramites para el divorcio, sino que nuestro bufete de abogados se orienta en cada uno de los juicios familiares antes mencionados, con atención personalizada, monitoreo constante del caso y garantía absoluta de que usted terminará divorciado y complacido con los resultados.
¿De qué modo se tramita el divorcio contencioso?
El procedimiento se inicia mediante la presentación de la solicitud, que incluye los certificados de matrimonio y de nacimiento de hijos; así como también de los documentos que sirven para certificar el estado económico de los cónyuges a efectos de la solicitud de resoluciones de carácter económico (declaraciones tributarias, nóminas, certificaciones de banco, propiedades o certificaciones registrales). Después de presentada la petición, y contestada la misma por el otro cónyuge, el Juez llamará a las partes a una vista, a la que tienen que comparecer las dos con sus abogados. Si existieren hijos menores será parte de igual forma el Ministerio Fiscal. En aquella vista se mostrarán las pruebas que se refieran a hechos de los que tengan relación los pronunciamientos sobre las medidas a tomar con respecto de la guarda y tuición de los hijos, la frecuencia de visitas del cónyuge no custodio, el empleo de la vivienda familiar y el acuerdo de pensiones de alimentos o de pensión compensatoria. Cuando hubiesen hijos menores o incapacitados, se les oirá si tuvieren suficiente juicio y, en todo caso, si fueren mayores de doce años. Una vez celebrada la vista, el Juez dictará resolución por la que se establezca el divorcio de los cónyuges y se determinen las medidas que se considerarán a partir de ese instante las relaciones de los cónyuges sus hijos; y mandará que se inscriba en el Registro Civil. Es posible pedir de igual forma su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil, si alguno de los cónyuges es empresario.
Compensación Económica
Representamos frente a demandas de compensación económica que se pudiesen tratar en juicios unilaterales de divorcio. Además tenemos la opción de pedir compensaciones económicas en juicios de divorcio, cuando nuestros clientes cumplen con los requisitos para ello.
La compensación económica es una institución hecha por el legislador para cuidar al cónyuge más vulnerable que padeció un perjuicio financiero por no haber tenido menor o nulo ingreso económico, por dedicarse a la mantención del hogar y/o de los hijos comunes.
Transacción de alimentos o Avenimiento de Pensión alimenticia
Para aquellos cónyuges y/o padres que deseen normar de manera amistosa una pensión alimenticia es recomendable la suscripción de una transacción de alimentos, de forma que se le entregue cierta estabilidad jurídica a los convenios pactados (tiene igual fuerza jurídica que una sentencia judicial).
La transacción de alimentos puede implicar una regulación de régimen de visitas para el padre que carece de la custodia del menor, con lo que se abarcan en general los asuntos asociados al menor. La escritura de transacción de alimentos sirve, adicionalmente, para ponerle fecha fija a la separación entre la pareja lo cual es útil en el trámite de un divorcio.
Separación Judicial
La ley de matrimonio civil decreta la separación judicial, que podrá ser solicitada por un cónyuge en caso que el otro incumpla gravemente los deberes y obligaciones que establece el matrimonio y los deberes y obligaciones para con los hijos. También puede ser solicitada al tribunal por alguno de los cónyuges o por los dos una vez que haya cesado la vida en común.
Entre los resultados legales que tiene un trámite de divorcio podemos destacar el término de la obligación de alimentar a la pareja: O sea se anula todo tipo de sentencia anterior que decrete el pago de una pensión alimenticia a favor del otro cónyuge. El trámite de divorcio anula los derechos hereditarios, o sea, si fallece uno de los cónyuges, el otro no es heredero.
No obstante, el trámite de divorcio no afecta los derechos y obligaciones que los progenitores tienen ante sus hijos, ya que estos temas se manejan de forma sin importar el estado civil de los progenitores. Esto significa que la justicia protege el bienestar de los más desvalidos, en este caso los hijos, sobre todo si son menores de edad, no importando si usted o su pareja son casados, solteros, separados, anulados, divorciados o alguno de los dos enviudó. La autoridad obliga a las partes que pretendan iniciar la gestión para el divorcio de mutuo acuerdo, que establezcan adicionalmente un régimen de visitas, tuición y alimentos en el que se protejan los deberes y derechos de los niños menores de edad.
¿Qué son las medidas provisionales?
Son aquellas que tienen como meta acordar la situación de los cónyuges en tanto se obtiene su procedimiento de divorcio, o nulidad matrimonial y hasta su término. Hay que separar dos clases:
- Las medidas previas o provisionalísimas, que se piden antes de la demanda. Debe existir una situación de importancia para su adopción, como supuestos de malos tratos.
- Las medidas provisionales, que se solicitan en el momento de la presentación de la demanda.
¿Qué puede solicitarse?
Entre las medidas que se pueden pedir y que debe acordar el juez se encuentran las siguientes: Establecer, en interés de los hijos, con cuál de los cónyuges han de quedarse los sujetos a la patria potestad de ambos y seguir las instrucciones que correspondan de acuerdo con lo determinado en el Código Civil y, en especial, la manera en que el cónyuge que no ejerza la guarda y custodia de los hijos podrá cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, modo y lugar en que podrá hablar con ellos. Si existe riesgo de sustracción del menor por alguno de los cónyuges o por terceras personas pueden establecerse las medidas que correspondan y, en especial, las siguientes:
- Prohibición de salida del territorio nacional.
- Prohibición de expedición de un pasaporte al menor.
- Requerimiento de autorización judicial previa de cualquier cambio de dirección del menor.
- Determinar cuál de los cónyuges ha de proseguir en el uso de la vivienda familiar y asimismo, previo inventario, los bienes y objetos del ajuar que continúan en ésta y los que se ha de llevar el otro cónyuge.
- Determinar el aporte de cada cónyuge a las cargas del matrimonio, incluidas, las litis expensas, establecer las bases para la actualización de montos y disponer las garantías, depósitos, retenciones u otras medidas cautelares convenientes. Se entenderá como contribución a dichas cargas el trabajo que uno de los cónyuges dará al cuidado de los hijos comunes sujetos a patria potestad.
- Señalar, dadas las circunstancias, los bienes ganancialesquesese hayan de entregar a uno u otro cónyuge y las disposiciones que tienen que observar en la administración y uso, así como en la necesaria rendición de cuentas sobre los bienes o parte de ellos que obtengan y los que adquieranmas adelante.
- Establecer, en su caso, el régimen de administración y uso de aquellos bienes privativos que por escritura notarial estuvieran particularmente afectados a las cargas del matrimonio.
Los abogados son expertos en Derecho de Familia, y podemos brindar ayuda y tramitar casos en todo este ámbito.
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