Abogados de divorcio en Puente la Reina de Jaca
El divorcio implica la extinción del vínculo matrimonial mediante una declaración judicial, es decir, por una sentencia recaida luego de la tramitación de un proceso en el que necesariamente deben intervenir abogado y procurador. Solamente una resolución judicial puede producir el divorcio de los coóyuges, incluso aunque éstos estén de acuerdo en solicitarlo. A pesar de ser causa de término del vínculo matrimonial legalmente se requieren determinadas salvaguardias que tendrán efecto en los coóyuges después de divorciados. Por un lado se exige el cumplimiento de las obligaciones de los progenitores frente a los hijos con independencia de la relación que puedan tener con ellos. Por otro se asegura la situación económica analoga a la obtenida en el matrimonio por el cónyuge más desfavorecido económicamente. Además de eso será infaltable la defensa de sus intereses en la disolución del régimen económico matrimonial y la atribución de bienes.
Desde nuestro despacho adicionalmente damos especial énfasis en el trámite de divorcio a la regulación de las visitas de padres e hijos considerando los detalles de la Ley de Custodia Compartida.
¿Cómo se piden las medidas temporales previas a la demanda o provisionalísimas?
Deberá presentarse un escrito en el Juzgado del domicilio del solicitante en el cual se detallaran los datos de las partes, los sucesos y las circunstancias que dan lugar a su solicitud y las medidas concretas que se piden; entregando las certificaciones de matrimonio y de nacimiento de los hijos y los otros documentos que justifiquen las medidas que se requieren.
A la vista de la demanda, el Tribunal ordenará citar a los cónyuges y, si hubiere hijos menores o discapacitados, al Ministerio Fiscal, a una audiencia, en la que se intentará un acuerdo. A esa comparecencia tiene que asistir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su Procurador. La falta de asistencia, sin razón justificada, de uno de los cónyuges a la audiencia puede resolver que se tengan por reales los sucesos alegados por el cónyuge presente con el fin de dar sustento sus requerimientos sobre medidas provisionales de carácter patrimonial. El juez acordará las resoluciones oportunas y en contra esta resolución no no se considera recurso alguno.
Divorcio culposo
Este tipo de divorcio se puede pedir al tribunal de familia una vez que uno de los cónyuges ha violado gravemente los deberes y obligaciones que implica el matrimonio o los deberes y obligaciones para con los hijos, frutos de este vínculo. Estas faltas vuelven insoportable llevar una convivencia, por lo que la parte perjudicada puede comenzar la gestión de divorcio en seguida. En estos casos no se requiere haber hecho efectivo el cese de la convivencia.
Pensión de alimentos
Nuestros profesionales asisten a quien quiere iniciar una demanda de pensión alimenticia o bien respecto de quien desea defenderse de una demanda por pensión alimenticia en su contra.
El derecho a demandar alimentos ayuda a quien está en necesidad en relación a sus padres, abuelos, hijos, o cónyuge, que puedan proporcionarlos.
La fijación del monto de la pensión alimenticia a pagar se basa en un conjunto de elementos que se prueban en el juicio y se relacionan a la capacidad del alimentario y con los requerimientos de quien pide la pensión alimenticia. a lo largo de la tramitación del juicio está la posibilidad de pedirse una pensión alimenticia temporal, que tiene como objetivo garantizar la cobertura de las necesidades alimenticias a lo largo de la tramitación del juicio.
Representamos tanto a menores que quieran demandar por pensión de alimentos a alguno de sus padres (generalmente al que no tiene la custodia del menor) y a cónyuges que quieran demandar o han sido demandados por su cónyuge.
Separación Judicial
La ley de matrimonio civil establece la separación judicial, que puede ser solicitada por uno de los cónyuges cuando el otro incumpla gravemente los deberes y obligaciones que establece el matrimonio y hacia con los hijos. Además puede ser requerida al tribunal por alguno de los cónyuges o por ambos una vez que haya terminado la vida en común.
Si se comienza un trámite para divorcio unilateral, el cónyuge demandante puede pedir la regulación de estos ítems, de manera de resguardar los intereses de los hijos a partir del principio.
Es importante saber que usted deberá notificar la demanda al otro cónyuge. La ley estipula que cada persona posee el derecho a tener conocimiento de que hay un juicio en su contra. Aparte, debe considerar, que la legislación requiere que ambas partes asistan a una audiencia, de manera que es importante que usted tenga conocimiento de alguna dirección en que su cónyuge pueda ser notificado(a). En cuanto a los hombres, una vez registrado el divorcio en el registro civil él tiene la posibilidad de volver a contraer matrimonio de inmediato. Las mujeres se rigen por una norma del código civil que tiene como objetivo prevenir confusión de paternidades. Esta norma ordena que la mujer que se divorcia deba esperar nueve meses (270 días) para contraer matrimonio otra vez. Sin embargo se puede acortar el plazo si la mujer demuestra que, en el hacerse efectivo el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se hace mediante una certificación médica que se debe presentar frente a un juez, el que permite realizar el matrimonio mediante una sentencia judicial.
¿Qué repercusiones con respecto a la Seguridad Social tiene el divorcio?
El cónyuge divorciado obtendrá el derecho a la pensión de viudedad. Los derechos a este tipo de pensiones los tienen, tanto el cónyuge legítimo en el instante de la muerte, como los anteriores cónyuges. La cuantía de la pensión se repartirá entre los diferentes ex-cónyuges proporcionalmente al tiempo de convivencia de cada uno de ellos con el fallecido. El derecho a la pensión de viudedad se perderá si el cónyuge o excónyuge del fallecido vuelve a casarse.
¿Qué consecuencias en relación a arrendamientos tiene el divorcio?
El cónyuge a quién, en virtud de la sentencia de divorcio, le sea concedido el uso de la vivienda, podrá seguir viviendo en ella aunque no sea el que esté como arrendatario en el contrato. El único requisito a cumplir es comunicarle esta circunstancia al arrendador dos meses a partir de que le fue comunicada la sentencia de separación matrimonial, enviando copia de la sentencia de divorcio, o de la parte relevante de ella. No es requerida la celebración de un nuevo contrato de arrendamiento puesto que sigue activo el celebrado, con las salvedades señaladas.
Nuestros abogados peritos en divorcios se encargan de toda la realización del procedimiento, ya sea de mutuo acuerdo o contencioso, explicando en cada momento su persona del avance de su expediente.
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