Abogados de divorcio en Petrola

¿De qué se trata la separación matrimonial? ¿Cuáles son las causas de una separación legal o divorcio? ¿Cada vez que la separación es de mutuo acuerdo se debe firmar un convenio entre las partes? ¿Qué componentes debe abarcar este acuerdo para ser considerado válido frente a los tribunales de justicia correspondientes? Estas y muchas otras dudas son muy frecuentes entre las personas que deben encarar la siempre dolorosa determinación de poner fin a su matrimonio. Es de suma relevancia señalar que en cuanto a una disolución del matrimonio o unión civil, debemos contar con el respaldo de un abogado especialista en temas de familia, quien resulta la persona mejor preparada para entregarnos modelos claros que nos posibiliten decidir de forma eficaz, cómo y en qué momento fijar las condiciones de una separación o de un divorcio respetando los derechos y deberes que cada uno de los cónyuges debe sostener con la contraparte y, especialmente, con los hijos que pudiesen haber nacido dentro de el matrimonio y que por lo general son los más afectados en esta clase de procedimientos.

En nuestros abogados contamos con especialistas expertos y de reconocida trayectoria y experiencia en casos de familia, custodias, separaciones matrimoniales y pensiones alimenticia.

Abogados de divorcio en Petrola Abogados de Divorcio

¿De que forma se consigue el divorcio contencioso?

El procedimiento se inicia mediante la presentación de la demanda, acompañada por los certificados de vínculo matrimonial y de nacimiento de los hijos; así como también de aquellos documentos que sirven para certificar el estado económico de los cónyuges para la adopción de medidas de carácter monetario (declaraciones tributarias, nóminas, certificaciones de banco, títulos de propiedad o certificaciones registrales). Una vez presentada la petición, el Juzgado citará a las partes a una audiencia, a la que tienen que acudir las dos con sus abogados. Si hay hijos menores será parte también el Ministerio Fiscal. En esa vista se practicarán las pruebas que se refieran a sucesos de los que tengan relación los pronunciamientos sobre las medidas a tomar respecto de la guarda y tuición de los hijos, el régimen de visitas del cónyuge no custodio, el uso de la vivienda familiar y el establecimiento de pensiones alimenticias o de pensión compensatoria. Cuando hubiere hijos menores o incapacitados, se les tendrá en en cuenta si tuvieren suficiente juicio y, en cada caso, si fueren mayores de 12 años. Una vez realizada la vista, el Juzgado dictará resolución por la que se decrete el divorcio de los cónyuges y se determinen las medidas que se considerarán a partir de ese instante las relaciones de los cónyuges sus hijos; y mandará que la misma se anote en el Registro Civil. Es posible pedir también su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil.

Reparto de bienes

Representamos a los cónyuges casados en sociedad conyugal o en régimen de participación en los gananciales y que quieran cambiar dicho régimen por el de separación total de bienes.

La separación de bienes es posible en cualquier minuto durante del matrimonio, y está la posibilidad de efectuarse de manera acordada o de manera judicial por la mujer.

Si ambos concuerdan en reemplazar la sociedad conyugal por una separación de bienes, no es necesaria la intromisión del tribunal, sino que nuestros abogados redactan las escrituras y se realiza la liquidación de la sociedad conyugal, todo lo que se inscribe después.

Si el marido no desea efectuar la separación de bienes, está la posibilidad para la mujer de pedir la separación de bienes a través de medios judiciales, lo que también implica la liquidación de la sociedad conyugal, cuando existen bienes sociales.

Liquidación de la sociedad conyugal

Representamos a los cónyuges que al minuto de llevar a cabo la separación de bienes, quieran liquidar la sociedad conyugal. Esto es conveniente si existen bienes sociales y se puede efectuar conjuntamente con la separación de bienes.

Juicio de Alimentos

Nuestros profesionales representan al que quiere poner una demanda de pensión de alimentos o bien respecto de quien quiere ampararse de una demanda por pensión alimenticia interpuesta en su contra.

El derecho a requerir alimentos ayuda a quien se encuentra en necesidad respecto de sus padres o familiares que estén en capacidad de otorgarlos.

La fijación del total de la pensión alimenticia a pagar depende de un conjunto de elementos que se demuestran durante el juicio y se relacionan a la capacidad del alimentario (o de los alimentarios en el caso de haber menores) y con las necesidades de quien pide la pensión de alimentos. a lo largo de la tramitación del juicio está la posibilidad de pedirse una pensión de alimentos provisoria, que tiene por objeto garantizar la cobertura de las necesidades alimenticias a lo largo de la tramitación del juicio.

Asesoramos tanto a menores que quieran demandar por pensión de alimentos a alguno de sus padres y a cónyuges que desean demandar o han sido demandados por su cónyuge (alimentos mayores).

Separación Judicial

La ley de matrimonio civil decreta la separación judicial, que podrá ser invocada por un cónyuge en caso que el otro incumpla gravemente los deberes y obligaciones que impone el matrimonio y hacia con los hijos. También puede ser solicitada al tribunal por alguno de los cónyuges o por ambos una vez que haya cesado la vida en común.

Si se comienza un proceso para divorcio unilateral, el demandante tiene la posibilidad de solicitar la regulación de estos ítems, de forma de resguardar los intereses de los hijos a partir del primer momento.

Es importante saber que usted tendrá que notificar la demanda a su pareja. La ley determina que cada persona posee el derecho a saber que hay un juicio en su contra. Adicionalmente, debe tener en cuenta, que la legislación exige que ambos cónyuges asistan a una audiencia, de modo que es importante que usted tenga conocimiento de una dirección donde su cónyuge pueda ser avisado(a). En el caso de los hombres, una vez inscrito el divorcio en el registro civil este puede volver a contraer matrimonio inmediatamente. Las mujeres se rigen por una norma del código civil que tiene por objeto prevenir confusión de paternidades. Esta normativa ordena que la mujer al divorciarse debe esperar nueve meses para casarse nuevamente. No obstante se puede acortar el plazo si la mujer prueba que, en el realizarse el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se realiza usando una certificación médica que se tiene que presentar ante un juez, el que permite contraer el matrimonio mediante una sentencia legal.

¿Qué diferencias hay entre el divorcio y la nulidad definitiva?

El divorcio quiebra el matrimonio sin embargo nunca se duda sobre la validez del matrimonio. Sin embargo, a través de la nulidad se declara que no existió vínculo matrimonial pese a su apariencia, ya que se han producido vicios que impiden que el mismo pueda tener efecto. Así, por nombrar algunos, son causas de nulidad: El contraído por coacción o temor grave, el matrimonio contraído sin consentimiento matrimonial, el contraído por menores de edad, etc.

¿Puedo volver a casarme tras el divorcio?

Sí. No obstante, hay que tener en cuenta que, si el matrimonio se celebró a través de una Iglesia, ni la separación ni el divorcio permiten contraer un nuevo vínculo matrimonial por la Iglesia. Ello tan solo es factible si el tribunal eclesiástico competente, tras un trámite judicial, establece que están las causas para declarar nulo el vínculo matrimonial. Por lo tanto, el divorcio da la posibilidad de contraer nuevo matrimonio, pero no religioso.



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