Abogados de divorcio en Payo de Ojeda

El divorcio implica el término del vínculo matrimonial a través de una declaración judicial, es decir, por una sentencia firme obtenida despues de la tramitación de un proceso legal en el que siempre deben intervenir abogado y procurador. Solamente una resolución legal es capaz de producir el divorcio, incluso aunque éstos se encuentren de acuerdo en pedirlo. A pesar de ser causa de extinción del vínculo matrimonial legalmente se requieren varias salvaguardias que tendrán efecto en los coóyuges aun después de divorciados. Por un lado se asegura el cumplimiento de las obligaciones de los progenitores frente a los hijos sin importar la relación que puedan o no tener con ellos. Por otro se asegura la situación económica analoga a la disfrutada en el matrimonio por el cónyuge más desfavorecido económicamente. Adicionalmente será primordial la defensa de sus intereses en la disolución del régimen económico y la separación de bienes.

En nuestro grupo además prestamos especial atención en el proceso de divorcio a la regulación de las visitas de padres e hijos considerando los detalles de la Ley de Custodia Compartida.

Abogados de divorcio en Payo de Ojeda Abogados de Divorcio

¿De que forma se tramita el divorcio contencioso?

El trámite se inicia a través de la presentación de la demanda, que incluye los certificados de vínculo matrimonial y de nacimiento de los hijos; así como también de los documentos que sirven para certificar el estado económico de los cónyuges a efectos de la solicitud de resoluciones de carácter monetario (declaraciones tributarias, nóminas, certificaciones de banco, propiedades o certificaciones registrales). Una vez entregada la solicitud, y contestada la misma, el Tribunal citará a las partes a una audiencia, a la que tienen que acudir ambas con sus abogados. Si hay hijos será parte también el Ministerio Fiscal. En esa audiencia se mostrarán las pruebas que hagan referencia a hechos de los que tengan relación los pronunciamientos sobre las medidas a adoptar con respecto de la guarda y tuición de los hijos, la frecuencia de visitas del cónyuge no custodio, el empleo de la vivienda familiar y el establecimiento de pensiones de alimentos o de pensión compensatoria. Cuando hubiesen hijos menores o incapacitados, se les oirá si tuvieren suficiente juicio y, en cada caso, si fueren mayores de 12 años. Después de vez celebrada la vista, el Juzgado dictará resolución por la que se establezca el divorcio de los cónyuges y se determinen las medidas que regirán a partir de ese instante las relaciones de los cónyuges sus hijos; y mandará que ella se anote en el Registro Civil. Puede pedir del mismo modo su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil.

Separación de bienes

Representamos a los cónyuges casados en sociedad conyugal que desean cambiar aquel sistema por el de separación completa de bienes.

La separación de bienes se puede hacer en todo momento a lo largo de la vigencia del matrimonio, y está la posibilidad de llevarse a cabo en forma acordada o en forma judicial por la mujer.

Si ambos cónyuges concuerdan en reemplazar el sistema de sociedad conyugal por el de separación de bienes, no se requiere la intervención del tribunal, sino que nuestros profesionales redactan las escrituras y se realiza la liquidación de la sociedad conyugal, todo lo que se inscribe posteriormente.

Si el marido no quiere llevar a cabo la separación de bienes, existe la opción para la mujer de pedir la separación de bienes por medios judiciales, lo que además implica la disolución de la sociedad conyugal, cuando hay bienes sociales.

Liquidación de la sociedad conyugal

Representamos a quienes que al momento de llevar a cabo la separación de bienes, quieran liquidar la sociedad conyugal. Esto es conveniente cada vez que existen bienes sociales y se puede realizar conjuntamente con la separación de bienes.

Término de pensión alimenticia

Si han terminado las bases de una demanda de pensión de alimentos está el derecho a solicitar el cese en el pago de la pensión.En el caso de los hijos, el derecho a percibir alimentos cesa una vez que cumplen la mayoría de edad (excepto que continuen estudiando), trabajen o se casen (porque debe asumir la obligación primeramente el cónyuge). Representamos a nuestros clientes en la interposición y gestión de juicios de cese de alimentos.

Aviso de Cese de Convivencia

Los abogados de familia son quienes se encargan de representar a las partes en caso de que usted desee comenzar un proceso de divorcio. En todo proceso de esta índole se requieren dos abogados, uno para cada cónyuge. Un divorcio es un procedimiento judicial cuyo objetivo es poner fin al matrimonio, mediante la declaración de un juez. Hay diferentes tipos: puede ser de acuerdo mutuo, o unilateral y ambos necesitan diferentes procedimientos. Para comenzar los trámites para el divorcio se necesitan sólo los certificados de matrimonio y de nacimiento, si es que existen hijos en común.

Puede existir un matrimonio que por diversas causas ha terminado la convivencia e incluso así no desea divorciarse. En estas situaciones se puede pedir a un juez que resuelva la separación judicial y regularice los efectos jurídicos de esta condición. Esta instancia puede ser solicitada por cualquiera de los cónyuges, cuando ya no conviven, no obstante, ello imposibilita a los separados para contraer un nuevo matrimonio.

En cambio, el divorcio termina el matrimonio y a los derechos y obligaciones que éste tiene consigo. Además posibilita a los divorciados para casarse nuevamente.

Entre los resultados legales que tiene un trámite de divorcio podemos destacar el cese de la obligación de alimentar a la pareja: O sea se anula todo tipo de sentencia previa que dictamine el pago de una pensión de alimentos a favor del otro cónyuge. El proceso de divorcio termina los derechos hereditarios, o sea, si fallece uno de los cónyuges, el cónyuge sobreviviente ya no es heredero.

No obstante, el trámite de divorcio no afecta los derechos y obligaciones que los progenitores tienen ante los hijos, puesto que estos asuntos se manejan de manera sin importar el estado civil de los padres. Esto quiere decir que la justicia vela por el bienestar de los más desvalidos, ante esta situación los hijos, sobre todo si son menores de edad, sin importar si usted o su pareja son casados, solteros, separados, anulados, divorciados o alguno de los dos enviudó. La ley fuerza a las partes que quieran iniciar la gestión para el divorcio de mutuo acuerdo, que creen además un régimen de visitas, tuición y alimentos en el que se resguarden los deberes y derechos de los hijos menores de edad.

¿Qué ocurre si no es posible encontrar al demandado?

Si no constara su dirección, podrá pedirse su localización por medio de oficio a la Policía. En caso que las averiguaciones fueran infructuosas, deberá realizarse por edictos, si bien deberá ser pedido por la parte. Una vez conste la dirección del actor, el emplazamiento se hará en su persona, y en caso de no hallarse en el lugar, se hará con entrega de cédula a la persona que se halle en el domicilio o lugar donde se le emplace. Si el demandado es encontrado pero no desea recibir la citación o a firmarla, el Secretario u Oficial habilitado le hará entender que la copia de la resolución o la cédula se encuentran a su disposición en la Secretaría del Juzgado la comunicación.

¿Qué pasa si no me presento en el juicio?

La Ley refuerza la exigencia de presencia personal de los cónyuges bajo apercibimiento de poder considerar por reales los hechos alegados por la parte que comparezca para fundamentar sus solicitudes sobre resoluciones de carácter patrimonial.

¿Puedo pedir que la otra parte pague las costas en la demanda?

En derecho de familia, las condenas en costas están reservadas a límites de o mala fe procesal, siendo la norma corriente, por el contrario, la no imposición de los costos del juicio.



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