Abogados de divorcio en Parlava
Cuando usted quiere el divorcio de su cónyuge, cada uno o ambos en común acuerdo tienen la posibilidad de solicitar judicialmente la disolución del vínculo. Para que esto pueda hacerse de manera unilateral, es decir, si solamente un cónyuge está de acuerdo, se debe probar de manera irrefutable, con documentos y testigos que respondan al caso, que ambas partes han estado separados por lo menos durante 3 años. Además, si las dos personas están de acuerdo en finalizar el vínculo, solamente deben probar que no han mantenido ningún nivel de convivencia por un periodo de por lo menos un año completo. Para consultar los posibles efectos y resultados para usted y su familia de una separación legal, así sea en el pago de pensión alimenticia, en los bienes mancomunados, u otros, puede ponerse en contácto con nuestros profesionales online, que responderán a sus inquietudes, sin ningún compromiso y de manera completamente confidencial.
¿Cuál es el mejor instante para divorciarme? ¿Debo esperar a que mis hijos sean más grandes?
No hay una respuesta sencilla para esta pregunta. Deberás ser el juez de la situación. Las estadísticas enseñan que los niños que viven en un entorno violento y lleno de conflictos están más dañados, que los que han crecido con padres divorciados o con un padre soltero. Sin importar su edad, tu hijo tendrá que sobrepasar algunos obstáculos. En global, los hijos más chicos, de tres a seis años, tienden a culparse y a sentirse culpables por el Divorcio de sus padres. Los niños de siete a doce años, disminuyen el rendimiento académico. Y los adolescentes, sienten interiormente que podrían haber evitado la ruptura, e igualmente, son críticos y se sienten heridos por sus padres.Pero si pensamos el asunto en otra perspectiva, las buenas noticias son, que después de unos pocos años, el 67% de ellos, o sea más de los dos tercios, se integran muy bien en su ambiente.
¿Qué ocurre si uno de los Cónyuges no firma el Convenio?
Si en un proceso de acuerdo mutuo, tras la citación a los cónyuges para ratificar judicialmente el convenio, uno de ellos no lo ratifica, se acordará el inmediato cierre de las actuaciones, sin posterior recurso, a menos que haya causa suficiente para la incomparecencia, a criterio del Juzgador y anteriormente acreditada, en cuyo caso será factible establecer otro señalamiento. Si no es así deberá promoverse un nuevo trámite, pero ahora contencioso.
Divorcio culposo
Una variante del divorcio unilateral, es el divorcio culposo (por ejemplo en caso de infidelidad o maltratos) que se produce cuando hay una violación grave a los deberes y obligaciones que establece el matrimonio o hacia los hijos, que convierta en intolerable la vida en común. En estos casos no es necesario esperar 3 años de separación y la ley establece ciertos ejemplos de conductas que se enmarcan en esta figura:
- Atentado en contra de la vida o malos tratos en contra del cónyuge o alguno de los hijos.
- Infidelidad.
- Abandono.
- Condena por delitos contra las personas.
- Conducta homosexual.
- Alcoholismo o drogadicción que constituya un inconveniente importante para la convivencia armoniosa entre los cónyuges o entre éstos y sus hijos.
- Intención de prostituir a la pareja o a los hijos.
El problema del divorcio culposo está en demostrar los hechos imputados, porque estas razones tienen que acreditarse mediante pruebas irrefutables o señales claras a lo largo del juicio.
Rebaja de pensión alimenticia
Representamos a las personas que han sido demandadas de alimentos y que quieran lograr una rebaja en el monto establecido por un cambio en las condiciones, sean propias (disminución de ingresos o aumento de gastos) o del alimentario (tiene menores requerimientos, etc).
En estos casos se expone una demanda ante los Tribunales de Familia, con el fin de que un juez revise los nuevos antecedentes y de acuerdo a ellos tome una determinación para establecer una rebaja de alimentos.
Importante
El juzgado que debe manejar el juicio es siempre el del domicilio de la persona demandada, o de alguno de los cónyuges si es de acuerdo mutuo.En los divorcios de acuerdo mutuo se debe acompañar un acuerdo que regule las visitas, tuición, alimentos y en su caso regular también los bienes, esto cuando los cónyuges estén casados con sociedad conyugal.
La compensación económica se trata de la indemnización que la mujer o también el hombre, que no pudo laborar durante la convivencia por ocuparse del matrimonio o a los hijos, le pide al juez, para que sentencie a su pareja a otorgársela en dinero.
¿Es esta una solución a los problemas de la pareja?
Esta es una respuesta en la que es difícil generalizar, pero según nuestra experiencia como abogados podemos señalar que al conseguir una separación amigable las consecuencias negativas de esta complicada fase se reducen, a pesar de que aún los hay. Sin embargo, en relaciones con muchos problemas la separación judicial no es mucho más que un paso legal en una progresión de rencor que conduce a un integrante de la pareja a hacerle la vida imposible al otro. Nuestros abogados online le aconsejarán para que pueda dejar atrás de una vez por todas esta fase dolorosa y desgastante de su vida.
Los temas que normalmente tienen que resolverse antes de hacer efectiva y válida una separación legal tiene que ver con:
- El cuidado y pensión de los hijos que ambas partes tengan en común, estos incluyen la tuición, alimentación, vistas, etc.
- Propiedades y bienes en común adquiridos a lo largo de la sociedad conyugal..
- Derechos hereditarios y de sucesión..
¿Qué debo presentar para solicitar asistencia sin costo?
Junto a la solicitud habrá de entregar otra documentación que acredite las dificultades económicas de la familia, entre otras: Fotocopia del DNI, fotocopia de la última declaración de renta o certificado de Hacienda, certificado de bienes, certificado de empadronamiento, etc.
¿Qué es la litis expensas?
La «litis expensas» indica la posibilidad de que los gastos del proceso de separación y/o divorcio sean asumidos por uno solo de los cónyuges cuando el otro carezca de recursos, y así lo señale el Juez; obligación que acabará si el cónyuge que no dispone de dinero solicita que se le reconozca el derecho a la asistencia jurídica gratis. Se trata de un régimen subsidiario ya que está condicionado a que el cónyuge solicitante no posea bienes propios, lo cual se debe probar y, aparte, es imprescindible que no posea acceso a la justicia gratuita por culpa de la posición económica del otro cónyuge.
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