Abogados de divorcio en Palencia de Negrilla
Nuestra oficina de abogados está especializado en divorcio, separaciones y en derecho familiar. Cada caso de divorcio es diferente y precisa de la atención de un abogado especialista en esa disciplina. Por esto es crucial que, en caso de formar parte de un proceso de divorcio, ya sea de acuerdo mutuo o contencioso; sea adecuadamente informado desde el comienzo de sus derechos y deberes; de lo que se puede solicitar o reclamar.
El divorcio es una materia jurídica compleja, para la que nuestro bufete de abogados está plenamente preparado. Sólo un especialista abogado de divorcio, podrá en todo momento guiar su separación matrimonial para que su satisfacción con el trámite, sea completa.
¿De que modo se piden las medidas provisionales previas a la demanda o provisionalísimas?
Debe presentarse un formulario en el Juzgado del domicilio del solicitante en donde se detallaran los hechos y dificultades que dan lugar a su solicitud y las resoluciones concretas que se piden; entregando con la misma las certificaciones de matrimonio y de nacimiento de los hijos y los otros documentos que justifiquen las medidas que se requieren.
A la audiencia de la petición, el Juez ordenará llamar a los cónyuges y, si hubiere hijos menores o discapacitados, al Ministerio Fiscal, a una audiencia, en la que se buscará un acuerdo y que se celebrará en los diez días siguientes. A dicha audiencia tiene que acudir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su Procurador. La falta de asistencia, sin causa justificada, de uno de los cónyuges a la comparecencia puede resolver que se consideren admitidos los hechos señalados por el cónyuge presente para fundamentar sus solicitudes sobre resoluciones provisionales de carácter patrimonial. El juez establecerá las medidas oportunas y en contra esta resolución no no se considera recurso alguno.
Divorcio culposo
Una variable del divorcio unilateral o sin acuerdo, es el divorcio culposo (por ejemplo en caso de infidelidad o maltratos) que ocurre cuando hay una falta grave de los deberes y obligaciones que les impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que vuelva en intolerable la convivencia. En estos casos no se requiere esperar 3 años de cese de convivencia y la ley enumera algunos ejemplos de comportamientos que se encuadran en esta figura:
- Atentado en contra de la vida o malos tratos en contra del cónyuge o algún hijo.
- Infidelidad.
- Abandono.
- Condena por crimenes contra las personas.
- Conducta homosexual.
- Alguna adicción que signifique un inconveniente grave para la coexistencia agradable entre ambas partes o entre éstos y los hijos.
- Intención de prostituir al otro cónyuge o a los hijos.
El problema del divorcio culposo está en la demostración de los hechos acusados, ya que estas razones tienen que acreditarse a través de pruebas irrefutables o indicios claros a lo largo del juicio.
Juicio de Alimentos
Nuestros abogados representan a quien quiere poner una demanda de pensión de alimentos o bien respecto de quien quiere ampararse de una demanda por pensión de alimentos en su contra.
El derecho a requerir alimentos ayuda a quien se encuentra en necesidad respecto de sus padres o familiares que estén en capacidad de otorgarlos.
La determinación del valor de la pensión alimenticia depende de un conjunto de factores que se demuestran durante el juicio y dicen relación la capacidad del alimentario y con las necesidades de quien demanda la pensión de alimentos. Durante la tramitación del juicio está la posibilidad de solicitarse una pensión alimenticia temporal, que tiene por objeto asegurar la cobertura de las necesidades alimenticias a lo largo de la tramitación del juicio.
Representamos tanto a menores (alimentos menores) que quieran demandar por pensión de alimentos a alguno de sus padres (generalmente a quien no dispone de la custodia del menor) y a cónyuges que desean demandar o han sido demandados por su cónyuge.
Importante
El juzgado que debe manejar el juicio es siempre el de la residencia del demandado, o de alguno de los cónyuges si es divorcio de acuerdo mutuo.En los divorcios de mutuo acuerdo se debe acompañar un acuerdo que regule las visitas, tuición, alimentos y en su caso regular además los bienes, esto en el caso de que los cónyuges estén casados en sociedad conyugal.
La compensación económica se trata de la indemnización que la mujer o el hombre, que no pudo laborar a lo largo de la convivencia por ocuparse del matrimonio o a los hijos, le solicita al juez, para que condene a su pareja a pagársela en dinero.
¿Es esta la solución a los problemas de la pareja?
Esta es una respuesta en la que es complicado generalizar, pero basados en nuestra experiencia como abogados podemos señalar que al conseguir una separación amistosa los resultados negativos de esta complicada fase disminuyen, aunque no desaparecen del todo. No obstante, en relaciones con muchos problemas la separación judicial no es mucho más que la forma que tiene un miembro de la pareja a hacerle la vida imposible al otro. Nuestros abogados online le aconsejarán para que usted pueda superar de una vez por todas esta etapa dolorosa y desgastante de su vida.
Los temas que generalmente tienen que resolverse antes de hacer válida una separación legal tiene que ver con:
- El cuidado y pensión de los hijos que ambas partes tengan en común, estos incluyen la tuición, alimentación, vistas, entre otros.
- Propiedades y bienes mancomunados obtenidos durante la sociedad conyugal..
- Derechos hereditarios y de sucesión..
¿Qué documentos debo presentar para pedir asistencia gratis?
Junto a la solicitud deberá presentar otra documentación que certifique las dificultades económicas de la unidad familiar, entre otras: Fotocopia del DNI, copia última declaración de renta o certificado negativo de Hacienda, certificado de bienes, certificado de empadronamiento, etc.
¿Qué es la litis expensas?
La «litis expensas» hace referencia a la oportunidad de que los gastos del proceso de separación matrimonial y/o divorcio sean asumidos por uno solo de los cónyuges cuando el otro carezca de recursos, y así lo determine el Juez; requerimiento que cesará si el cónyuge que carece de dinero solicita que se le dé el derecho a la asistencia legal gratuita. Se trata de un régimen subsidiario ya que está condicionado a que el cónyuge solicitante carezca de bienes propios, lo cual se debe probar y, además de eso, es imprescindible que no posea acceso a la justicia gratuita por culpa de la posición económica del otro cónyuge.
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