Abogados de divorcio en Ochagavia

El divorcio es el proceso legal establecido para el término del matrimonio. Se caracteriza en la actualidad por necesitar la voluntad de al menos uno de los cónyuges y no tiene que estar fundado en ninguna razón en particular. Pueden pedirlo los dos cónyuges o uno con el permiso del otro (demanda de divorcio mutuo acuerdo) o sólo uno de ellos (demanda de divorcio contencioso). En la demanda de divorcio de mutuo acuerdo el proceso es rápido y económico (existe la posibilidad de realizarlo en línea desde esta web) sólo requiere una comparecencia en el juzgado para ratificar el convenio que acuerden ambas partes con la ayuda de los abogados de familia. En los procedimientos contenciosos el proceso es largo, incluso un poco más complicado y supone un considerable coste económico y emocional.

La agilización de la demanda de divorcio se produce a partir del 2005 al acortarse el plazo para poder pedirlo (tres meses desde la celebración del matrimonio) y al no existir la separación física como requisito previo, naciendo el divorcio express o divorcio directo. Además, la ley tiene la custodia compartida.

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¿Cuál es el mejor instante para separarme? ¿Debería esperar a que mis hijos sean mayores?

No hay una respuesta simple para esta pregunta. Necesitarás ser el propio juez del progreso. Las estadísticas señalan que los niños que viven en un ambiente violento y lleno de peleas están más trastocados, que aquellos que han crecido con unos padres separados o con un padre soltero. Sin importar su edad, tu hijo tiene que superar ciertos obstáculos. En global, los hijos más pequeños, de tres a seis años,suelen culparse a sí mismos y a sentirse causantes por el Divorcio de sus padres. Los niños de siete a doce años, disminuyen el rendimiento escolar. Y los adolescentes, sienten interiormente que podrían haber evitado la ruptura, e igualmente, son críticos y se sienten molestos por sus progenitores.Pero si consideramos el asunto a partir de otra perspectiva, las buenas noticias son, que después de unos pocos años, el 67% de ellos, es decir más de los dos tercios, se integran bien en su ambiente.

¿Qué ocurre si uno de los Cónyuges no firma el Convenio?

Si en un trámite de acuerdo mutuo, tras la citación a los cónyuges para confirmar judicialmente el convenio, uno de ellos no lo firma, se acordará el inmediato archivo de las actuaciones, sin ulterior recurso, a menos que exista causa justificada para la incomparecencia, a criterio del Juzgador y anteriormente acreditada, en cuyo caso será conseguible establecer otro señalamiento. Si no es así tiene que promoverse un nuevo proceso, pero ahora contencioso.

Aviso de cese de vida en común

Representamos a quienes que se han separado recientemente en la notificación judicial del cese de la convivencia que se trata de entregar legalmente una fecha fija al minuto en que se llevó a cabo la separación de hecho, para no necesitar otras pruebas luego, cuando se tramite el juicio de divorcio.

La relevancia que tiene preparar el divorcio, a partir del enfoque legal y judicial, es que cuando se le ha puesto fecha cierta a la separación ya se cuenta con un precedente listo para demandar el divorcio posteriormente, ya que las razones frecuentes de divorcio exigen que haya cesado la convivencia hace más de uno o tres años.

Término de pensión alimenticia (termino de pensión de alimentos)

Si han terminado los fundamentos de una demanda de pensión alimenticia existe el derecho a solicitar el término en el pago de la pensión.En el caso de los hijos, el derecho a percibir alimentos termina cuando alcanzan la mayoría de edad (excepto que sigan estudiando), trabajen o se casen. Representamos a nuestros clientes en la interposición y gestión de juicios de cese de alimentos.

Separación Judicial

La ley de matrimonio civil decreta la separación judicial, que puede ser solicitada por un cónyuge cuando el otro incumpla de manera grave los deberes y obligaciones que establece el matrimonio y hacia con los hijos. Además podrá ser solicitada al tribunal por alguno de los cónyuges o por los dos cuando haya terminado la vida en común.

Si se inicia un trámite para divorcio unilateral, el demandante tiene la posibilidad de solicitar la regulación de estos aspectos, de forma de velar por el bienestar de los hijos desde el primer momento.

Es importante saber que usted deberá notificar la demanda al otro cónyuge. La ley estipula que toda persona posee el derecho a saber que se realiza un juicio en su contra. Además, debe considerar, que la ley exige que ambas partes asistan a una audiencia, de modo que es relevante que usted tenga conocimiento de alguna dirección donde su cónyuge pueda ser notificado(a). En cuanto a los hombres, ya registrado el divorcio en el registro civil este tiene la posibilidad de volver a contraer matrimonio inmediatamente. Las mujeres se rigen por una normativa del código civil que tiene como objetivo evitar confusión de paternidades. Esta norma establece que la mujer cuando se divorcia deba esperar 9 meses para volver a casarse. No obstante es posible rebajar este plazo si la mujer prueba que, al realizarse el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se realiza usando un certificado médico que se debe exponer frente a un juez, el que permite realizar el matrimonio por medio de una sentencia legal.

¿Qué aspectos tributarios tiene el Divorcio?

Entre los efectos que el divorcio implica en el aspecto tributario cabe indicar los siguientes:

  • Impuesto a la Renta de las Personas Físicas: La declaración de la renta se tendrá que realizar con respecto a la situación familiar a 31 de diciembre. De esta manera si en esa fecha hubiese sentencia de divorcio, deberá cumplirse una declaración por unidad familiar, considerando como ésta a cada cónyuge con hijos a su cargo.
  • Por otro lado, cabe señalar que las pensiones alimenticias no pueden ser contadas como ingreso para quién las recibe, ni como gasto para quién las abona. En todo caso, la pensión compensatoria si tiene que ser incluida como ingreso por quién las recibe.
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales: Cuando se liquide el lazo económico matrimonial y corresponda entregar a cada cónyuge la mitad de la vivienda familiar, esa transmisión será exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Aunque cuidado cuando la separación del patrimonio entre los cónyuges no es equitativa, puesto que en relación a los excesos de adjudicación el fisco puede requerir su tributación como donación a través del impuesto de herencias y donaciones; debe de tenerse en consideración también que cuando se consigne que uno de los cónyuges tiene la parte de un bien del otro a cambio de un precio determinado se tributará por el Impuesto de transmisiones patrimoniales.
  • Impuesto sobre el Patrimonio: Una vez separados, los ex-cónyuges sólo deberán declarar el patrimonio individual de cada uno de ellos a efecto de este impuesto.



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