Abogados de divorcio en Monleras

El divorcio supone el término del vínculo matrimonial mediante una declaración judicial, es decir, por una sentencia obtenida luego de la tramitación de un proceso legal en el que necesariamente deben intervenir abogado y procurador. Solamente una resolución judicial es capaz de producir el divorcio de los coóyuges, incluso aunque éstos se encuentren de acuerdo en solicitarlo. A pesar de ser razón de término del vínculo matrimonial legalmente se imponen determinadas salvaguardias que tendrán efecto en los coóyuges aun después de divorciados. Por un lado se asegura el cumplimiento de los deberes de los padres frente a los hijos sin importar la relación que puedan o no tener. Por otro se asegura la situación económica similar a la obtenida en el matrimonio por el cónyuge más desfavorecido económicamente. Además será fundamental la defensa de sus intereses en la disolución del régimen económico y la atribución de bienes.

Desde nuestro despacho además damos especial énfasis en el proceso de divorcio a la regulación de las visitas de padres e hijos considerando los detalles de la aplicación de la Ley de Custodia Compartida.

Abogados de divorcio en Monleras Abogados de Divorcio

¿De qué modo se consigue el divorcio contencioso?

El procedimiento se inicia mediante la presentación de la solicitud, acompañada por los certificados de matrimonio y de nacimiento de los hijos; así como también de aquellos documentos que sirvan para certificar el estado económico de los cónyuges a efectos de la solicitud de medidas de carácter económico (declaraciones tributarias, nóminas, certificaciones bancarias, títulos de propiedad o certificaciones registrales). Después de presentada la solicitud, el Juzgado llamará a las partes a una vista, a la que tienen que acudir las dos con sus abogados y procuradores. Si hay hijos será parte también el Ministerio Fiscal. En aquella audiencia se entregarán las pruebas que hagan referencia a eventos de los que dependan los pronunciamientos sobre las medidas a tomar respecto de la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas del cónyuge no custodio, el uso de la vivienda familiar y el establecimiento de pensiones de alimentos o de pensión compensatoria. Cuando hubiere hijos menores o discapacitados, se les tendrá en en cuenta si tuvieren necesario juicio y, en cada caso, si fueren mayores de doce años. Después de vez realizada la vista, el Juzgado dictará resolución por la que se establezca el divorcio de los cónyuges y se determinen las medidas que regirán a partir de ese momento las relaciones de los cónyuges sus hijos; y mandará que la misma se anote en el Registro Civil. Puede solicitar de igual forma su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil.

Divorcio unilateral no voluntario

El divorcio unilateral o sin acuerdo, implica que una de las partes se opone al divorcio. Para ejercer el divorcio unilateral la ley exige que la pareja haya estado separada durante al menos tres años.

El divorcio unilateral o divorcio sin acuerdo suele darse cuando el otro cónyuge no quiere el divorcio, ya sea por mero capricho o porque desea conseguir alguna ventaja a cambio. Los inconvenientes de esta clase de divorcio son fundamentalmente su valor y su extensión, dado que generalmente suelen presentarse recursos de apelación.

Reducción de pensión de alimentos

Representamos a las personas que han sido demandadas de alimentos y que desean conseguir una rebaja de pensión alimenticia decretada o pactada por un cambio en las condiciones, sean propias (disminución de ingresos o aumento de gastos) o del alimentario.

En estas situaciones se presenta una demanda frente a los Tribunales de Familia, para que un juez analice los nuevos antecedentes y según éstos adopte una determinación para fijar una rebaja en la pensión.

Validación de sentencias de divorcio extranjeras

El proceso de validación de la sentencia obtenida en el extranjero significa tramitar un exequator. Es decir un procedimiento en el cual se solicita que se reconozca en el territorio la sentencia de divorcio obtenida en otro país.

Si se comienza un proceso para divorcio unilateral, el cónyuge demandante puede pedir la regulación de estos ítems, de manera de velar por el bienestar de los hijos a partir del primer momento.

Es fundamental saber que usted tendrá que informar de la demanda a su pareja. La ley estipula que toda persona posee el derecho a saber que existe un juicio en su contra. Aparte, debe considerar, que la legislación exige que ambos cónyuges concurran a una audiencia, de forma que es importante que usted tenga conocimiento de alguna dirección donde su cónyuge pueda ser avisado(a). En el caso de los hombres, una vez registrado el divorcio en el registro civil él tiene la posibilidad de volver a casarse inmediatamente. Las mujeres se rigen por una norma del código civil que tiene por objeto prevenir confusión de paternidades. Esta norma establece que la mujer que se divorcia deba esperar 9 meses (270 días) para casarse nuevamente. Sin embargo se puede acortar el plazo si la mujer prueba que, en el hacerse efectivo el divorcio, no está embarazada. Esto se realiza por medio de un certificado médico que se debe presentar ante un juez, quien permite contraer el matrimonio por medio de una sentencia judicial.

¿Qué consecuencias en materia de Seguridad Social tiene el divorcio?

El cónyuge divorciado tiene derecho a una pensión de viudez. Los derechos a este categoría de pensiones los tienen, tanto el cónyuge legítimo en el instante del fallecimiento, así como también los anteriores cónyuges. La cuantía de la pensión se repartirá entre los diversos ex-cónyuges proporcionalmente al tiempo de convivencia de cada uno de ellos con el muerto. El derecho a la pensión de viudez se pierde si el cónyuge o excónyuge del finado vuelve a casarse.

¿Qué repercusiones en materia de arrendamientos implica el divorcio?

El cónyuge a quién le sea atribuido el uso de la vivienda familiar, puede seguir usándola a pesar de no sea el que figure como arrendatario en el contrato. El requisito es comunicarle esta circunstancia al arrendador dos meses desde que le fue notificada la resolución de separación matrimonial, adjuntando fotocopia de la resolución de divorcio, o de una parte relevante de ella. No será requerida la celebración de un nuevo contrato dado que sigue activo el celebrado, con las condiciones ya indicadas.

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