Abogados de divorcio en Monasterio de la Sierra
El divorcio es por cierto una de las formas por medio de las que se puede disolver el vínculo matrimonial; se da por acabado el lazo que unía a los cónyuges de un vínculo matrimonial contraído. Las características fundamentales del proceso de divorcio en españa son: el no requerimiento de fundamentar la decisión de romper el matrimonio en razón alguna; la importancia de intervención legal para deshacer el matrimonio; es suficiente con que haya pasado un mínimo de tres meses a partir la celebración del matrimonio. No existe el divorcio de hecho, es necesaria una sentencia judicial que declare el vínculo matrimonial terminado.
¿De que forma se piden las resoluciones provisionales anteriores a la demanda o provisionalísimas?
Debe presentarse un escrito en el Juzgado del domicilio del solicitante en el cual se detallaran los datos de las partes, los eventos y dificultades que dan origen a su solicitud y las resoluciones concretas que se requieren; aportando con la misma las certificaciones de matrimonio y de nacimiento de los hijos y los otros documentos que justifiquen o avalen las resoluciones que se piden.
A la vista de la petición, el Tribunal mandará llamar a los cónyuges y, si hubiesen hijos menores o discapacitados, al Ministerio Fiscal, a una comparecencia, en la que se intentará un acuerdo de las partes y que se celebrará en los diez días siguientes. A aquella audiencia deberá ir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su Procurador. La falta de asistencia, sin causa justificada, de uno de los cónyuges a la audiencia puede determinar que se tengan por aceptados los sucesos señalados por el cónyuge presente para fundamentar sus requerimientos sobre medidas provisionales de carácter patrimonial. El juez acordará las resoluciones oportunas y contra esta resolución no no se considera ningún recurso.
Notificación de término de vida en común
Representamos a quienes que se han separado hace poco tiempo en la notificación judicial del cese de convivencia que se trata de otorgar judicialmente una fecha establecida al momento en que se produjo la separación de hecho, de forma de no necesitar mayores pruebas luego, una vez que se tramite el juicio de divorcio.
La importancia que tiene la preparación del divorcio, desde un enfoque legal y judicial, es que una vez que se le ha dado fecha cierta a la separación ya se cuenta con un precedente preparado para requerir el divorcio posteriormente, porque las causales frecuentes de divorcio requieren que no haya habido convivencia por más de uno o tres años.
Aumento de Pensión alimenticia
Para quien actualmente percibe alimentos y persigue que se aumenten por haber un cambio en las condiciones propias y/o de quien paga los alimentos, está la opción de presentar una demanda por aumento de pensión alimenticia. Representamos a nuestros clientes en la presentación y gestión de demandas por aumento en la pensión.
Separación Judicial
La ley de matrimonio civil decreta la separación judicial, que podrá ser solicitada por un cónyuge en caso que el otro incumpla de manera grave los deberes y obligaciones que impone el matrimonio y hacia con los hijos. También podrá ser requerida al tribunal por alguno de los cónyuges o por los dos una vez que haya cesado la vida en común.
Entre las consecuencias legales que significa un trámite de divorcio podemos destacar el término de la obligación de alimentar a la pareja: O sea se termina todo tipo de sentencia anterior que decrete el pago de una pensión de alimentos en pro del otro cónyuge. El trámite de divorcio anula los derechos hereditarios, o sea, si fallece uno de los cónyuges, el cónyuge sobreviviente ya no es heredero.
Sin embargo, el trámite de divorcio no influye los derechos y obligaciones que los padres tienen ante los hijos, ya que estos asuntos se manejan de forma sin importar el estado civil de los progenitores. Esto quiere decir que la justicia busca el bienestar de los más desvalidos, en este caso los hijos, sobre todo si son menores de edad, no importando si usted o su pareja son casados, solteros, separados, anulados, divorciados o alguno de los dos enviudó. La autoridad fuerza a las partes que quieran iniciar los trámites para el divorcio de acuerdo mutuo, que establezcan también un régimen de visitas, custodia y alimentos en el que se resguarden los deberes y derechos de los hijos menores de edad.
¿Qué aspectos tributarios tiene el Divorcio?
En los efectos que el divorcio implica en el aspecto tributario cabe señalar los siguientes:
- Impuesto de la Renta de las Personas Físicas: La declaración de la renta se tiene que realizar con respecto a la situación familiar a 31 de diciembre. De este modo si en aquella fecha haya resolución de divorcio, deberá hacerse una declaración por familia, entendiendo como ésta a cada cónyuge con los hijos a su cargo.
- Por otra parte, cabe señalar que las pensiones por alimentos no pueden ser contadas como ingresos para aquel que las recibe, ni como gasto para quién las paga. En todo caso, la pensión compensatoria si deberá ser incorporada como ingreso por quién las recibe, y como gasto por quién las abona.
- Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales: Cuando se cierre el régimen económico matrimonial y corresponda entregar a cada cónyuge la mitad de la vivienda, esa transmisión estará exenta del Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales. Pero cuidado cuando la división del patrimonio entre los cónyuges no sea igualitaria, dado que con respecto a los excesos de adjudicación el estado podrá solicitar su tributación como donación a través del impuesto de sucesiones y donaciones; debe de tenerse en consideración del mismo modo que cuando se consigne que uno de los cónyuges consigue la parte de un bien del otro a cambio de un precio establecido se tributará por el Impuesto de transmisiones patrimoniales.
- Impuesto sobre el Patrimonio: Una vez divorciados, los ex-cónyuges sólo deben declarar el patrimonio individual de cada uno de ellos a efecto de este impuesto.
Nuestros abogados peritos en divorcios y separaciones se encargan de toda la gestión de este trámite, ya sea de mutuo acuerdo o contencioso, informando en cada momento su persona del avance de su caso.
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