Abogados de divorcio en Las Casas del Conde
Quien se vea sumido en un conflicto matrimonial o de pareja, o crea que podría presentarse esa crisis, debe procurarse asesoría jurídica a la brevedad, pidiendo consulta con abogados especializados en matrimonio, donde el afectado podrá presentar la problemática a un abogado especializado en derecho de familia y recibir asesoramiento que se necesita para entender y manejar la situación en toda su dificultad y variedad de aspectos.
Nuestra trayectoria en la gestión de todo tipo de crisis matrimoniales le facilitará superarlas de manera menos traumática. Conocer y analizar bajo una mirada profesional todas las áreas del problema le hará posible crear las pautas a tomar para su pronta resolución.
¿De qué manera se tramita el divorcio contencioso?
El trámite se inicia por medio de la presentación de la demanda, que incluye los certificados de matrimonio y de nacimiento de los hijos; así como también de aquellos documentos que sirvan para acreditar la situación económica de los cónyuges para la adopción de medidas de carácter económico ( tributarias, nóminas, certificaciones de banco, títulos de propiedad o certificaciones registrales). Después de entregada la petición, y contestada la misma por el otro cónyuge, el Juez llamará a las partes a una audiencia, a la que deben comparecer las dos con sus abogados y procuradores. Si existieren hijos menores será parte también el Ministerio Fiscal. En la audiencia se entregarán las pruebas que hagan referencia a eventos de los que dependan los pronunciamientos sobre las medidas a adoptar respecto de la guarda y tuición de los hijos, la frecuencia de visitas del cónyuge no custodio, el uso de la vivienda familiar y el acuerdo de pensiones alimenticias o de pensión compensatoria. Cuando hubiesen hijos menores o discapacitados, se les oirá si tuvieren necesario juicio y, en cada caso, si fueren mayores de doce años. Después de vez celebrada la vista, el Juez dictará sentencia por la que se decrete el divorcio de los cónyuges y se establezcan las medidas que regirán a partir de ese instante las relaciones de los cónyuges sus hijos; y ordenará que ella se anote en el Registro Civil. Es posible solicitar de la misma forma su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil.
Divorcio culposo
Una variante del divorcio unilateral es el divorcio culposo ( ej a causa de infidelidad) que funciona cuando existe una violación importante de los deberes y obligaciones que establece el matrimonio, o de los deberes y obligaciones hacia los hijos, que torne insoportable la vida en común. Ante esta situación no es necesario esperar los 3 años de separación y la ley establece ciertos ejemplos de comportamientos que se encuadran dentro de esta figura: Atentado en contra de la vida o malos tratamientos graves contra el cónyuge o alguno de los hijos; infidelidad; abandono; condena por delitos contra las personas; homosexualidad: alcoholismo o drogadicción que constituya un inconveniente grave para la coexistencia armoniosa entre los cónyuges o entre éstos y los hijos; e intento por prostituir al otro cónyuge o a los hijos.
El inconveniente del divorcio culposo se encuentra en la prueba, ya que las razones deben demostrarse en el juicio, de lo contrario no se obtendrá el divorcio.
Transacción de alimentos o Avenimiento de Pensión alimenticia
Para los cónyuges y/o padres que quieran regular de manera amistosa una pensión de alimentos es recomendable el registro de una transacción de alimentos, de forma que se le otorgue estabilidad jurídica a los acuerdos alcanzados (cuenta con igual peso jurídico que una sentencia judicial).
La transacción alimenticia puede incluir una regulación de régimen de visitas del padre que no dispone de la tuición del menor, con lo que se cubren globalmente las materias asociadas con menor. La escritura de transacción de alimentos sirve, adicionalmente, para darle fecha establecida a la separación de los cónyuges lo cual es provechoso para la tramitación de un divorcio.
Separación Judicial
La ley de matrimonio civil establece la separación judicial, que puede ser solicitada por un cónyuge en caso de que el otro infrinja de manera grave los deberes y obligaciones que impone el matrimonio y los deberes y obligaciones para con los hijos. Además podrá ser requerida al tribunal por alguno de los cónyuges o por los dos cuando haya cesado la vida en común.
Si se inicia un proceso para divorcio unilateral, el cónyuge demandante tiene la posibilidad de solicitar la regulación de estos ítems, de manera de resguardar el bienestar de los hijos a partir del principio.
Es fundamental saber que usted deberá informar de la demanda a su pareja. La ley determina que toda persona cuenta con el derecho a saber que hay un juicio en su contra. Aparte, debe tener en cuenta, que la ley requiere que ambos cónyuges asistan a una audiencia, de manera que es importante que usted sepa de alguna dirección en que su cónyuge pueda ser notificado(a). En cuanto a los hombres, ya inscrito el divorcio en el registro civil él puede volver a casarse de inmediato. Las mujeres se rigen por una norma del código civil que tiene por objeto prevenir confusión de paternidades. Esta norma dispone que la mujer cuando se divorcia deba esperar nueve meses (270 días) para volver a casarse. Sin embargo se puede rebajar el plazo si la mujer demuestra que, en el hacerse efectivo el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se hace mediante una certificación médica que se tiene que exponer frente a un juez, quien permite realizar el matrimonio mediante una sentencia legal.
¿Qué debo presentar para solicitar asistencia jurídica gratuita?
Junto a la solicitud habrá de entregar otra documentación que acredite las dificultades económicas de la familia, entre otras: Fotocopia del DNI, fotocopia de la última declaración de renta o certificado negativo de Hacienda, certificado de bienes inmuebles, certificado de empadronamiento, etc.
¿Qué es la litis expensas?
La «litis expensas» hace referencia a la posibilidad de que los gastos del procedimiento de separación y/o divorcio sean costeados por uno solo de los cónyuges cuando el otro carezca de recursos, y así lo señale el Juez; requerimiento que finalizará si el cónyuge que no dispone de dinero pide que se le dé el derecho a la ayuda legal gratuita. Hablamos de un régimen subsidiario ya que se condiciona a que el cónyuge no disponga de bienes propios, lo cual debe probarse y, además de eso, es imprescindible que no disponga de acceso a la justicia gratuita por culpa de la situación económica del otro cónyuge.
Las preguntas por esta vía son gratuitas, pero antes de escribir, revise con cuidado la sección de dudas comunes, dado que muchas inquietudes están en esa sección.
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