Abogados de divorcio en Fuenterrobles

Nuestra oficina de abogados está especializado en divorcio, separaciones y en derecho familiar. Cada divorcio es distinto y precisa de la atención de un abogado especialista en esa disciplina. Por lo mismo es imprescindible que, en caso de formar parte de un divorcio, ya sea de mutuo acuerdo o divorcio contencioso; sea convenientemente informado desde el inicio de sus derechos y deberes; de lo que puede pedir o reclamar.

El divorcio es una materia compleja, para la que nuestro despacho de abogados está plenamente preparado. Sólo un experto abogado de divorcio, podrá en todo momento guiar su separación definitiva para que su satisfacción con el trámite, sea plena.

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¿Cuál es el mejor momento para separarme? ¿Debo esperar a que mis hijos fueran mayores?

No hay una respuesta sencilla para esta pregunta. Deberás ser el juez del avance. Las estadísticas demuestran que los niños que crecen en un lugar hostil y lleno de peleas están emocionalmente más trastocados, que aquellos que han crecido con unos padres divorciados o con un padre soltero. Con independencia de su edad, tu hijo tendrá que superar algunos obstáculos. En global, los niños más pequeños, de tres a seis años,suelen culparse a sí mismos y a sentirse culpables por el Divorcio de sus padres. Los niños de siete a doce años, bajan el rendimiento escolar. Y los adolescentes, sienten que podrían haber evitado la ruptura, e igualmente, son críticos y se sienten dañados por sus progenitores.Pero si consideramos el asunto desde otra perspectiva, las buenas noticias son, que tras unos pocos años, el 67% de ellos, es decir más de los dos tercios, se integran bien en su nuevo ambiente.

¿Qué pasa si uno de los Cónyuges no firma el Convenio?

Si en un trámite de mutuo acuerdo, tras la citación a los cónyuges para confirmar judicialmente el convenio, uno de ellos no lo aprueba, se acordará el inmediato cierre de las actuaciones, sin posterior recurso, salvo que haya causa justificada para la inasistencia, a criterio del Juzgador y previamente acreditada, en cuyo caso será factible establecer otro señalamiento. Si no es así tiene que promoverse un nuevo trámite, pero ahora contencioso.

Defensa de divorcio

Nuestros abogados ofrecen asistencia judicial tanto al cónyuge que desea presentar una demanda de divorcio, como también al demandado en el juicio de divorcio, esto es, el cónyuge que no inició el juicio, sino que tiene que defenderse de la acción ejercida por el cónyuge demandante.

Durante las defensas de divorcio, analizamos la estrategia a seguir, y luego, según el caso, analizamos la posibilidad de pedir retribución económica, si es que ocurren los supuestos legales para eso. Los honorarios en este tipo de defensas se pactan de diversas formas, pudiendo tratarse de un valor fijo, un porcentaje de lo que se obtenga por alimentos o retribución o una fórmula mixta.

Juicio de Alimentos

Nuestros profesionales asisten al que desea iniciar una demanda por pensión alimenticia o bien respecto de quien desea defenderse de una demanda por pensión alimenticia interpuesta en su contra.

El derecho a solicitar alimentos asiste a quien está en cierta necesidad respecto de sus padres o familiares que puedan proporcionarlos.

La fijación del total de la pensión alimenticia se basa en un conjunto de factores que se prueban durante el juicio y dicen relación la capacidad del alimentario y con las necesidades de quien solicita la pensión de alimentos. Durante la tramitación del juicio puede pedirse una pensión de alimentos provisoria, que tiene como objetivo garantizar la cobertura de las necesidades alimenticias durante la tramitación del juicio.

Representamos tanto a menores (alimentos menores) que quieran demandar por pensión alimenticia a uno de sus padres (normalmente a quien no tiene la custodia del menor) y a cónyuges que desean demandar o han sido demandados por su cónyuge.

Separación Judicial

La legislación de matrimonio civil decreta la separación judicial, que podrá ser invocada por un cónyuge en caso que el otro infrinja gravemente los deberes y obligaciones que establece el matrimonio y los deberes y obligaciones para con los hijos. También podrá ser solicitada al tribunal por alguno de los cónyuges o por los dos una vez que haya cesado la convivencia.

Entre los resultados legales que significa un trámite de divorcio podemos destacar el cese del deber de alimentar a la pareja: O sea se termina cualquier sentencia previa que dictamine el pago de una pensión de alimentos a favor del otro cónyuge. El trámite de divorcio termina los derechos hereditarios, es decir, si muere uno de los cónyuges, el cónyuge sobreviviente ya no es heredero.

No obstante, el trámite de divorcio no influye los derechos y obligaciones que los progenitores tienen hacia los hijos, puesto que estos temas existen de manera independiente al estado civil de los padres. Esto significa que la justicia protege el bienestar de los más desvalidos, en este caso los hijos, especialmente si éstos son menores de edad, dejando de lado si usted o su pareja son casados, solteros, separados, anulados, divorciados o alguno de los dos enviudó. La ley fuerza a las partes que pretendan iniciar la gestión para el divorcio de mutuo acuerdo, que creen también un régimen de visitas, tuición y alimentos en el que se resguarden los deberes y derechos de los hijos menores de edad.

¿Existe la reconciliación durante el proceso de separación?

Durante la ejecución del proceso y antes de que se dicte sentencia, la reconciliación extingue la acción de divorcio. Para aquello los dos cónyuges deberán decirlo claramente, y cada uno por separado, al Juez.

¿No se considera la reconciliación tras la sentencia de divorcio?

La separación matrimonial, al detener solamente ciertos deberes y presunciones familiares, permite la reconciliación entre los cónyuges. Por el contrario, el divorcio, al anular el vínculo matrimonial, obliga a los cónyuges a contraer nuevo vínculo matrimonial si desean reconciliarse.

¿Qué efecto implica la reconciliación ?

Si durante el trámite de separación matrimonial los cónyuges desean reconciliarse, el Tribunal, tras la notificación, dejará sin efecto lo acordado. Empero, esta regla implica dos excepciones:

  • Mediante resolución judicial, se mantendrán las resoluciones adoptadas en consideración a los hijos, cuando exista causa que lo justifique.
  • De acuerdo al artículo 1443 del Código Civil, la separación de bienes que se hubiera decretado entre los cónyuges no se cambia por la reconciliación. De esta forma, no se recupera el régimen económico del vínculo matrimonial anterior a la sentencia de separación, por lo que será obligatorio que los cónyuges lo acuerden así en acuerdos familiares.



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