Abogados de divorcio en Fuendetodos
El divorcio es sin duda una de las formas por medio de las que puede disolver el matrimonio; se da por acabado el lazo que unía a los cónyuges de un matrimonio celebrado. Las características principales del trámite de divorcio en españa son: la no necesidad de fundamentar la decisión de romper el matrimonio en causa alguna; la necesidad de intervención judicial para deshacer el matrimonio; basta con que hubiese pasado un mínimo de 3 meses a partir la celebración del vínculo matrimonial. No no se considera el divorcio de hecho, es necesaria una sentencia legal que declare el matrimonio disuelto.
¿Qué ventajas tiene el divorcio de mutuo acuerdo?
Hablamos del procedimiento más rápido, sencillo y barato de lograr el divorcio. A diferencia del contencioso, no necesita de de juicio, siendo suficiente con la entrega de la solicitud y del convenio y su ratificación -firma- en el Juzgado por ambos cónyuges. Además supone una reducción de costes al dar la opción que los dos cónyuges sean representados por el mismo Procurador y un único Abogado. El divorcio contencioso es más extenso, complicado y costoso. Exige la celebración de vista judicial, y ya no es posible acudir con un sólo Abogado y un sólo Procurador, sino que cada parte tendrá que asistir con los propios.
Reparto de bienes
Representamos a los cónyuges casados en sociedad conyugal o en régimen de participación en los gananciales y que desean modificar aquel sistema por el de separación total de bienes.
La separación de bienes es posible en todo minuto durante del matrimonio, y está la posibilidad de llevarse a cabo en forma acordada o en forma judicial por la mujer.
Si ambos cónyuges están de acuerdo en reemplazar la sociedad conyugal por una separación de bienes, no es necesaria la intromisión del tribunal, sino que nuestros profesionales redactan las escrituras y se efectúa el término de la sociedad conyugal, todo lo que se inscribe después.
Si el hombre no quiere llevar a cabo la separación de bienes, está la posibilidad para la mujer de pedir la separación de bienes por medios judiciales, lo que también implica la liquidación de la sociedad conyugal, si es que hay bienes sociales.
Liquidación de la sociedad conyugal
Representamos a aquellos cónyuges que al minuto de llevar a cabo la separación de bienes, quieran liquidar la sociedad conyugal. Esto es conveniente cuando existen bienes sociales y se puede efectuar en conjunto con la separación de bienes.
Reducción de alimentos (pensión alimenticia)
Representamos a quienes han sido demandados por pensión de alimentos y que desean lograr una rebaja en el monto establecido por un cambio en las condiciones, ya sean propias (disminución de ingresos o incremento de gastos) o del alimentario.
En estas situaciones se presenta una demanda frente a los Tribunales de Familia, para que un juez aprecie los nuevos antecedentes y según éstos tome una determinación para fijar una rebaja de alimentos.
Validación de sentencias de divorcio extranjeras
El proceso de validación de la sentencia conseguida en el extranjero implica solicitar un exequator. Es decir un proceso en el cual se pide que se reconozca en el país la sentencia de divorcio conseguida en otro país.
Si se comienza un proceso para divorcio unilateral, el cónyuge demandante tiene la posibilidad de solicitar la regulación de estos aspectos, de forma de velar por el bienestar de los hijos a partir del principio.
Es importante saber que usted deberá informar de la demanda a su pareja. La legislación determina que toda persona tiene el derecho a tener conocimiento de que existe un juicio en su contra. Aparte, debe tener en cuenta, que la legislación requiere que ambos cónyuges asistan a una audiencia, de forma que es importante que usted tenga conocimiento de una dirección donde su cónyuge pueda ser notificado(a). En cuanto a los hombres, una vez inscrito el divorcio en el registro civil él puede volver a casarse de inmediato. Las mujeres se rigen por una norma del código civil que tiene como objetivo evitar confusión de paternidades. Esta normativa establece que la mujer cuando se divorcia deba esperar nueve meses para contraer matrimonio otra vez. Sin embargo se puede acortar este plazo si la mujer prueba que, en el momento de realizarse el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se hace mediante un certificado médico que se debe presentar frente a un juez, el que permite realizar el matrimonio mediante una sentencia legal.
Servicios
- Separaciones (de mutuo acuerdo / contenciosas).
- Matrimonios.
- Parejas de hecho.
- Divorcios (de mutuo acuerdo / contenciosos).
- Nulidades Canónicas.
- Nulidades Civiles.
- Liquidación de régimen económico matrimonial.
- Reparto de cosas comunes.
- Medidas o Efectos.
- Adopción.
- Ejecución de Sentencias.
- Impago de pensiones.
- Incumplimiento régimen de comunicación, visitas o vacaciones.
- Malos tratos y Violencia Intrafamiliar.
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