Abogados de divorcio en Cedillo de la Torre
Si bien la ruptura en un vínculo de pareja crea traumas y problemas, muchos de los que usted no puede solucionar, estamos disponibles a proporcionarle nuestro servicio para que la complicada gestión pase por nosotros. Aparte como sabemos lo que cuesta divorciarse es que esta iniciativa tiene años especializándose en separaciones matrimoniales y divorcios que se rigen según la ley de divorcio contemporánea. Abogados que le ayudarán de manera inmediata y efectiva, dedicados al derecho de familia y líderes en la tramitación de divorcios, ya sean de mutuo acuerdo o complejos. Expertos con vocación de servicio que conforman un equipo de calidad.
Dejenos darle la solución de sus problemas legales, ya que aparte de entregar una asesoría jurídica absolutamente completa, nos enfocamos en que haya un vínculo de franqueza y seguridad mutua entre el abogado y nuestros clientes para realizar la separación, una diligencia sin las mínimas dificultades.
¿De que forma se piden las medidas temporales anteriores a la demanda o provisionalísimas?
Debe presentar un escrito en el Tribunal del domicilio del solicitante en donde se indicaran los datos de las partes, los hechos y dificultades que dan origen a su demanda y las medidas concretas que se estan pidiendo; aportando las certificaciones de matrimonio y de nacimiento de los hijos y aquellos otros documentos que justifiquen o avalen las resoluciones que se solicitan.
A la audiencia de la demanda, el Tribunal mandará citar a los cónyuges y, si hubiesen hijos menores o incapacitados, al Ministerio Fiscal, a una comparecencia, en la que se buscará un acuerdo y que se celebrará en los diez días siguientes. A dicha audiencia deberá acudir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su Procurador. La falta de asistencia, sin causa justificada, de alguno de los cónyuges a la comparecencia puede resolver que se consideren reales los hechos alegados por el cónyuge presente con el fin de dar sustento sus peticiones sobre resoluciones temporales de carácter patrimonial. El juez establecerá las resoluciones oportunas y contra esta resolución no existe ningún recurso.
Divorcio culposo
Una variante del divorcio unilateral o sin acuerdo, es el divorcio culposo (como es el caso de infidelidad o malos tratos) que se produce cuando existe una violación grave de los deberes y obligaciones que establece el matrimonio o hacia los hijos, que vuelva en intolerable la convivencia. En estos casos no es necesario esperar 3 años de separación y la ley establece algunos ejemplos de comportamientos que se encuadran en esta figura:
- Atentado contra la vida o malos tratos contra el cónyuge o algún hijo.
- Infidelidad.
- Abandono.
- Condena por delitos contra las personas.
- Conducta homosexual.
- Alcoholismo o drogadicción que signifique un impedimento importante para la convivencia armoniosa entre la pareja o entre éstos y sus hijos.
- Intención de prostituir al otro cónyuge o a los hijos.
El inconveniente del divorcio culposo está en la demostración de los hechos denunciados, porque este tipo de razones tienen que acreditarse por razón de pruebas irrefutables o indicios claros en el transcurso del juicio.
Rebaja de alimentos (pensión alimenticia)
Representamos a quienes han sido demandados por pensión de alimentos y que quieran obtener una rebaja en el monto establecido por haber variado las circunstancias, sean propias (disminución de ingresos o incremento de gastos) o del alimentario.
En estas situaciones se expone una demanda ante los Tribunales de Familia, con el fin de que un juez aprecie los nuevos datos y de acuerdo a ellos tome una determinación en orden a fijar una rebaja en la pensión.
Importante
El juzgado que debe conocer el juicio es siempre el del domicilio del demandado, o de alguno de los cónyuges si es divorcio de acuerdo mutuo.En los divorcios de acuerdo mutuo hay que acompañar un convenio que regule los regímenes de visitas, tuición, alimentos y en su caso regular también los bienes, esto en el caso de que los cónyuges estén casados con sociedad conyugal.
La compensación económica se trata de la indemnización que la mujer o el hombre, que no pudo laborar a lo largo de la convivencia por ocuparse del matrimonio y/o a los hijos, le solicita al juez, para que sentencie a su pareja a pagársela en dinero.
Si se comienza un trámite para divorcio unilateral, el cónyuge demandante tiene la posibilidad de solicitar la regulación de estos ítems, de manera de velar por los intereses de los hijos a partir del principio.
Es importante saber que usted tendrá que informar de la demanda al otro cónyuge. La legislación estipula que toda persona tiene el derecho a tener conocimiento de que hay un juicio en su contra. Adicionalmente, debe tener en cuenta, que la legislación requiere que ambos cónyuges concurran a una audiencia, de manera que es relevante que usted sepa de alguna dirección en que su cónyuge pueda ser notificado(a). En cuanto a los hombres, ya registrado el divorcio en el registro civil él puede volver a casarse de inmediato. Las mujeres se rigen por una normativa del código civil que tiene por objeto prevenir confusión de paternidades. Esta norma establece que la mujer al divorciarse debe esperar 9 meses (270 días) para contraer matrimonio otra vez. Sin embargo se puede rebajar este plazo si la mujer demuestra que, en el realizarse el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se hace a través de un certificado médico que se debe presentar frente a un juez, quien permite contraer el matrimonio por medio de una sentencia judicial.
¿Qué diferencias hay entre el divorcio y la nulidad definitiva?
El divorcio destruye el vínculo matrimonial aunque en ningún caso se duda sobre la validez del matrimonio. Sin embargo, a través de la nulidad se declara que no existió vínculo matrimonial pese a su formal apariencia, ya que han ocurrido vicios o defectos esenciales que impiden que el mismo pueda tener efectos. Así, por ejemplo, son causas de nulidad: El contraído por coacción, el matrimonio celebrado sin permiso matrimonial, el contraído por infantes, etc.
¿Puedo volver a casarme tras el divorcio?
Sí. Sin embargo, hay que considerar que, si el matrimonio se celebró por la Iglesia, ni la separación ni el divorcio permiten contraer un nuevo matrimonio por la Iglesia. Ello tan solo es posible si el tribunal eclesiástico, tras un proceso judicial, establece que están las causas para declarar como nulo el vínculo matrimonial. Por lo tanto, el divorcio posibilita contraer nuevo matrimonio, pero no religioso.
Nuestros abogados son peritos en Derecho de la familia y sucesorio, y podemos entregar asesorías y asumir representaciones en todo este ámbito.
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