Abogados de divorcio en Castrogonzalo
Somos especialistas en divorcio express, derecho matrimonial, separaciones, divorcios y otras especialidades de derecho de familia. Un profesional matrimonialista hara todos los tramites de su separación o divorcio vía internet. En nuestro país, el término del matrimonio puede comprenderse como un trámite que no finaliza el vínculo del matrimonio, aunque sí dar por finalizada la convivencia. Actualmente, la separación puede ser solicitada por un cónyuge por una falta adjudicada a su pareja, cuando lo determina la ley. También puede ser pedida una vez que ha terminado la convivencia, con el objeto de normar las relaciones mutuas y en relación a los hijos, sin poner término al matrimonio. Este proceso es, sin duda muy doloroso para los involucrados y se considera similar al del que se sigue por la muerte de la pareja. La diferencia importante es que, en cuanto a la separación judicial, interviene la determinación de una de las partes de finalizar la relación, lo que resulta muy difícil de aceptar para la otra parte. No todas las relaciones finalizan de igual forma.
En algunos casos, el quiebre se discute durante muchos años, y otras veces la separación se presenta de manera imprevista, cuando uno de ellos no lo ha considerado como opción y es sorprendido por la decisión del otro miembro de la pareja, que puede llevar meses o años considerando la opción de precipitar una ruptura. No obstante la mayor parte de las separaciones son acompañadas de peleas, quejas y enfados reiterativos, seguido por un distanciamiento en el que ambos se dan cuenta de que entre ellos hay problemas al parecer imposibles de solucionar. Cuando ocurren los conflictos y se mantienen por periodos prolongados se producen patrones de comunicación nocivos que perpetúan el problema y llevan finalmente a la separación.
Según la manera de ruptura, quien toma la decisión tiende a sentir una sucesión de emociones, principalmente culpa e inseguridad. La otra parte se considera herida y traicionada, experimentando emociones variadas y difíciles de manejar, generalmente asociadas a gran cantidad de ira y tristeza por ser abandonado.
Lo más relevante en un procedimiento es, en lo posible, las partes involucradas comprendan que deben esforzarse en llevar a cabo los pasos siguientes de buena fe. Nada conseguiremos con tratar dañar al otro, especialmente si existen hijos frutos de esta relación y que nada tienen que ver con los problemas de sus progenitores.
¿De que manera se solicitan las medidas provisionales anteriores a la demanda?
Deberá entregarse un escrito en el Juzgado del domicilio del solicitante en el que se expondrán los datos de las partes, los sucesos y las dificultades que dan lugar a su solicitud y las medidas especificas que se requieren; entregando con la misma las certificaciones de matrimonio y de nacimiento de los hijos y los otros documentos que justifiquen o avalen las medidas que se piden.
A la vista de la petición, el Tribunal ordenará llamar a los cónyuges y, si hubiere hijos menores o discapacitados, al Ministerio Fiscal, a una audiencia, en la que se buscará un acuerdo de las partes. A dicha audiencia tiene que asistir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su Procurador. La falta de asistencia, sin razón en particular justificada, de uno de los cónyuges a la comparecencia puede establecer que se tengan por admitidos los eventos señalados por el cónyuge presente con el fin de fundamentar sus requerimientos sobre medidas temporales de carácter patrimonial. El juez establecerá las medidas oportunas y contra esta resolución no cabe ningún recurso.
Divorcio culposo
Esta clase de divorcio se puede pedir al tribunal de familia cuando uno de los cónyuges ha violado gravemente los deberes y obligaciones que conlleva la vida matrimonial o los deberes y obligaciones para con los hijos, frutos de este vínculo. Estas faltas hacen insoportable una vida en común, por lo que la parte perjudicada puede comenzar la gestión de divorcio a la brevedad. En estos casos no se requiere haber hecho efectivo el cese de la convivencia.
Rebaja de alimentos (pensión alimenticia)
Representamos a las personas que han sido demandadas de alimentos y que desean conseguir una rebaja de pensión alimenticia decretada o pactada por haber variado las circunstancias, sean propias (disminución de ingresos o aumento de gastos) o del alimentario.
En estas situaciones se presenta una demanda ante los Tribunales de Familia, con el fin de que un juez estudie los nuevos datos y según éstos adopte una decisión con el fin de establecer una rebaja de alimentos.
Separación Judicial
La legislación de matrimonio civil decreta la separación judicial, que podrá ser solicitada por un cónyuge en caso que el otro incumpla de manera grave los deberes y obligaciones que establece el matrimonio y los deberes y obligaciones para con los hijos. Además podrá ser requerida al tribunal por alguno de los cónyuges o por los dos cuando haya cesado la vida en común.
Si se comienza un trámite para divorcio unilateral, el cónyuge demandante tiene la posibilidad de solicitar la regulación de estos ítems, de manera de resguardar el bienestar de los hijos desde el primer momento.
Es fundamental saber que usted tendrá que informar de la demanda a su pareja. La legislación determina que cada persona cuenta con el derecho a saber que se realiza un juicio en su contra. Adicionalmente, debe tener en cuenta, que la legislación exige que ambas partes asistan a una audiencia, de modo que es relevante que usted sepa de una dirección donde su cónyuge pueda ser avisado(a). En el caso de los hombres, una vez registrado el divorcio en el registro civil este puede volver a contraer matrimonio inmediatamente. Las mujeres se rigen por una normativa del código civil que tiene por objeto prevenir confusión de paternidades. Esta norma establece que la mujer al divorciarse debe esperar 9 meses para casarse nuevamente. No obstante es posible acortar este plazo si la mujer prueba que, al realizarse el divorcio, no está embarazada. Esto se hace por medio de una certificación médica que se debe presentar frente a un juez, el que permite contraer el matrimonio mediante una sentencia judicial.
¿Estoy facultado para divorciarme aunque mi cónyuge no está de acuerdo?
Sí. Tras las últimas modificaciones en materia de divorcio, basta con que uno de los cónyuges no desee la continuación del matrimonio para que sea capaz de solicitar el divorcio, sin que el otro pueda negarse a la petición por motivos económicos, y sin que el Juez sea capaz de negar la solicitud, salvo por temas procesales.
¿Tengo que tener alguna causa para poder divorciarme?
No. Ya no existen los listados de condiciones de separación y de divorcio. La simple voluntad de uno de los cónyuges de no seguir con el matrimonio es suficiente para poder recibir el divorcio.
¿Cuánto tiempo debo de llevar casado para divorciarme?
Para separarse, deben haber transcurrido un mínimo de tres meses desde la celebración del matrimonio. No será preciso esperar al transcurso de este plazo en aquellos casos en los que se certifique algún tipo de riesgo para la vida, la integridad física, libertad, integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos.
Las preguntas por esta vía son gratuitas, pero antes de hacerla, revise bien la sección de dudas frecuentes, dado que diferentes interrogantes están resueltas en esa sección.
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