Abogados de divorcio en Castrillo de Villavega

El divorcio implica la extinción del matrimonio por la declaración legal, es decir, por una sentencia firme recaida despues de la tramitación de un proceso legal en el que necesariamente deben intervenir abogado y procurador. Solamente una resolución judicial puede producir el divorcio, incluso a pesar de que éstos se encuentren de acuerdo en pedirlo. A pesar de ser razón de extinción del matrimonio legalmente se imponen algúnas salvaguardias que tendrán efecto en los coóyuges aun después de terminado el matrimonio. Por una parte se asegura el cumplimiento de los deberes de los progenitores frente a los hijos sin importar la relación que puedan o no tener. Por otro se exige la situación económica analoga a la obtenida en el matrimonio por el cónyuge más desfavorecido económicamente. También será fundamental la defensa de sus intereses en el término del régimen económico matrimonial y la separación de bienes.

En nuestro despacho adicionalmente prestamos especial atención en el trámite de divorcio a la regulación de las relaciones de padres e hijos teniendo en consideración las particularidades de la Ley de Custodia Compartida.

Abogados de divorcio en Castrillo de Villavega Abogados de Divorcio

¿Cómo se tramita el divorcio contencioso?

El trámite se inicia a través de la presentación de la demanda, que incluye los certificados de vínculo matrimonial y de nacimiento de los hijos; así como también de los documentos que sirven para acreditar la situación económica de los cónyuges a efectos de la adopción de medidas de carácter económico ( tributarias, nóminas, certificaciones bancarias, propiedades o certificaciones registrales). Una vez presentada la demanda, el Tribunal llamará a las partes a una vista, a la que deben acudir ambas con sus abogados y procuradores. Si hay hijos menores será parte de la misma forma el Ministerio Fiscal. En la audiencia se entregarán las pruebas que se refieran a hechos de los que tengan relación los pronunciamientos sobre las medidas a tomar con respecto de la guarda y custodia de los hijos, la frecuencia de visitas del cónyuge no custodio, el empleo de la vivienda familiar y el establecimiento de pensiones de alimentos o de pensión compensatoria. Cuando hubiesen hijos menores o incapacitados, se les tendrá en en cuenta si tuvieren necesario juicio y, en cada caso, si fueren mayores de doce años. Una vez celebrada la vista, el Juez dictará resolución por la que se establezca el divorcio de los cónyuges y se determinen las medidas que se considerarán a partir de ese instante las relaciones de los cónyuges sus hijos; y mandará que la misma se anote en el Registro Civil. Es posible solicitar también su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil, si uno de los cónyuges es empresario.

¿Donde debo acudir con el fin de divorciarme?

El divorcio sólo puede resolverse por resolución legal y producirá efectos a partir de su firmeza. Para solicitarlo debe presentarse requerimiento firmada por un Abogado y Procurador, por lo que deberá iniciar buscando con un Abogado para iniciar el proceso.

Separación Judicial

En cuanto a aquellos cónyuges que no poseen los requisitos legales (plazos) para procesar el divorcio, podemos representarlos en el trámite de una separación judicial.

La ley de matrimonio civil establece la separación judicial, que podrá invocarse por un cónyuge en caso que el otro falte a los deberes y obligaciones que impone el matrimonio y hacia los hijos. Además podrá ser solicitada al tribunal por cualquiera de los cónyuges o por ambos cuando haya terminado la vida en común.

Ante esta situación, ambas partes obtendrán el estado civil de separado, pero esto no los faculta para casarse otra vez (es decir, no se disuelve la unión). Esta circunstancia será registrada en el Registro Civil. Previo a este paso, el juez tiene que resolver los temas patrimoniales y jurídicos de ambos cónyuges, resguardando especialmente el bienestar de los hijos, si éstos existen. Con la separación judicial se acaban los deberes de cohabitación y fidelidad, que se suprimen.

Rebaja de pensión alimenticia

Representamos a quienes han sido demandados por pensión de alimentos y que desean obtener una rebaja de pensión alimenticia decretada o pactada por un cambio en las circunstancias, ya sean propias (disminución de ingresos o aumento de gastos) o del alimentario.

En estas situaciones se expone una demanda frente a los Tribunales de Familia, con el fin de que un juez estudie los nuevos datos y según éstos tome una determinación en orden a establecer una rebaja de alimentos.

Importante

El juzgado que corresponde manejar el juicio es siempre el de la residencia de la persona demandada, o de alguno de los cónyuges si es divorcio de acuerdo mutuo.En los divorcios de mutuo acuerdo hay que adjuntar un acuerdo que regule las visitas, tuición, alimentos y en dado caso regular además los bienes, esto cuando los cónyuges estén casados en sociedad conyugal.

La compensación económica consiste en la indemnización que la mujer o también el hombre, que no pudo laborar durante la convivencia por dedicarse al matrimonio o a los hijos, le pide al juez, para que condene al otro cónyuge a otorgársela en dinero.

Entre los resultados legales que tiene un trámite de divorcio podemos señalar el cese de la obligación de alimentar al otro cónyuge: O sea se anula toda sentencia anterior que decrete el pago de una pensión alimenticia en pro del otro cónyuge. El trámite de divorcio anula los derechos hereditarios, o sea, si muere uno de los cónyuges, el cónyuge sobreviviente ya no es heredero.

No obstante, el trámite de divorcio no afecta los derechos y obligaciones que los padres tienen hacia sus hijos, ya que estos temas existen de manera independiente al estado civil de los progenitores. Esto quiere decir que la justicia vela por el bienestar de los más vulnerables, ante esta situación los hijos, especialmente si son menores de edad, no importando el estado civil de cada uno. La autoridad fuerza a las partes que pretendan comenzar la gestión para el divorcio de mutuo acuerdo, que establezcan adicionalmente un régimen de visitas, custodia y alimentos en el que se protejan los deberes y derechos de los niños menores de edad.

Servicios

  • Separaciones (de mutuo acuerdo / contenciosas).
  • Matrimonios.
  • Parejas de hecho.
  • Divorcios (de mutuo acuerdo / contenciosos).
  • Nulidades Canónicas.
  • Nulidades Civiles.
  • Liquidación de régimen económico matrimonial.
  • Reparto de cosas comunes.
  • Medidas o Efectos.
  • Adopción de menores.
  • Ejecución de Sentencias.
  • Pensión de alimentos.
  • Incumplimiento régimen de comunicación, visitas o vacaciones.
  • Malos tratos y Violencia Intrafamiliar.

  • Las consultas por esta vía son sin costo, pero antes de hacerla, revise con atención la sección de dudas frecuentes, dado que muchas interrogantes están resueltas en esa sección.


Califica este Artículo:




Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *