Abogados de divorcio en Castillo de Bayuela
La principal consecuencia del divorcio es la disolución del vínculo matrimonial. El matrimonio existe a partir de su celebración hasta que la sentencia de divorcio es firme, momento en el que el lazo entre los cónyuges está terminado y, en consecuencia, queda modificado el estado civil de los antiguos cónyuges, que pasan a ser personas divorciadas y que, por ende, pueden contraer matrimonio cuando lo deseen.
Después del divorcio queda disuelto el régimen económico del matrimonio. La sentencia de divorcio solamente afectará a terceros de buena fe (que han podido o pueden contratar ), a partir de la fecha de la inscripción del divorcio en el Registro Civil, dado que a partir de ese momento puede ser conocida por cualquiera. (ej: uno de los cónyuges contrata profesionales con el fin de realizar obras en la casa o departamento cuando ya hay sentencia de divorcio pero todavia no se ha inscrito en el Registro Civil. El empresario podrá actuar como si se encontraran casados, responderán del valor los dos cónyuges). Sin embargo, el efecto para los cónyuges es inmediato desde que se dicte la sentencia. Hay otros efectos a partir de de esta ruptura del vínculo matrimonial, tales como la anulación de los derechos sucesorios.
¿De que forma se solicitan las medidas provisionales anteriores a la demanda?
Deberá entregarse un formulario en el Juzgado del domicilio del solicitante en el cual se detallaran los datos de las partes, los eventos y circunstancias que dan lugar a su demanda y las medidas concretas que se estan pidiendo; entregando las certificaciones de matrimonio y de nacimiento de los hijos y los otros documentos que justifiquen las medidas que se piden.
A la vista de la demanda, el Tribunal ordenará citar a los cónyuges y, si hubiesen hijos menores o incapacitados, al Ministerio Fiscal, a una comparecencia, en la que se buscará un acuerdo y que se celebrará en los diez días siguientes. A la comparecencia tiene que ir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su Procurador. La falta de asistencia, sin razón justificada, de alguno de los cónyuges a la audiencia puede establecer que se tengan por admitidos los sucesos alegados por el cónyuge presente con el fin de fundamentar sus solicitudes sobre medidas temporales de carácter patrimonial. El juez acordará las resoluciones oportunas y contra esta resolución no existe recurso alguno.
Divorcio unilateral no voluntario
El divorcio unilateral, implica que alguno de los cónyuges se opone al divorcio. Para ejercer la labor de divorcio unilateral la ley exige que los cónyuges hayan estado separados (cesado la convivencia) durante a lo menos tres años.
Este tipo de divorcio suele presentarse cuando el otro cónyuge no desea el divorcio, ya sea por mero capricho o porque quiere obtener algún provecho a cambio. Las desventajas de este tipo de divorcio son especialmente su valor y su duración, ya que generalmente suelen presentarse recursos de apelación.
Término de pensión alimenticia
Si han cesado las bases de una demanda de pensión de alimentos está el derecho a pedir el término del pago de la pensión.En cuanto a los hijos, el derecho a percibir alimentos cesa cuando alcanzan la mayoría de edad (salvo que sigan estudiando), trabajen o se casen (pues debe adjudicarse la obligación el cónyuge en primer término). Representamos a nuestros clientes en la presentación y tramitación de juicios de cese de pensión alimenticia.
Separación Judicial
La ley de matrimonio civil establece la separación judicial, que puede ser solicitada por un cónyuge en caso de que el otro incumpla de manera grave los deberes y obligaciones que establece el matrimonio y hacia con los hijos. También podrá ser solicitada al tribunal por cualquiera de los cónyuges o por los dos una vez que haya cesado la convivencia.
Si se inicia un proceso para divorcio unilateral, el demandante puede pedir la regulación de estos ítems, de manera de velar por los intereses de los hijos desde el principio.
Es importante saber que usted deberá informar de la demanda al otro cónyuge. La legislación estipula que toda persona tiene el derecho a tener conocimiento de que existe un juicio en su contra. Aparte, debe considerar, que la ley exige que ambos cónyuges asistan a una audiencia, de manera que es relevante que usted sepa de alguna dirección en que su cónyuge pueda ser avisado(a). En el caso de los hombres, una vez inscrito el divorcio en el registro civil él tiene la posibilidad de volver a casarse de inmediato. Las mujeres se rigen por una norma del código civil que tiene como objetivo prevenir confusión de paternidades. Esta normativa dispone que la mujer que se divorcia deba esperar nueve meses (270 días) para casarse nuevamente. Sin embargo se puede acortar el plazo si la mujer demuestra que, al realizarse el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se hace mediante un certificado médico que se debe presentar ante un juez, quien autoriza contraer el matrimonio por medio de una sentencia legal.
¿Qué son las medidas provisionales?
Son aquellas que tienen como propósito regular la situación de los cónyuges mientras se consigue su trámite de separación matrimonial, o nulidad definitiva y hasta su término. Hay que distinguir dos categorías:
- Las medidas previas o provisionalísimas, que se piden antes de la interposición de la demanda. Debe existir una situación de urgencia para su adopción, como pasa en los supuestos de violencia o abuso.
- Las medidas provisionales, que son las que se piden en el momento de la presentación de la demanda.
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