Abogados de divorcio en Cabrales
Como sabemos que el quiebre en una relación de pareja produce problemas, muchos de los que usted no puede resolver, estamos disponibles a proporcionarle nuestro servicio para que el molesto trámite pase por nosotros. También como sabemos lo que cuesta divorciarse es que tenemos años de experiencia en separaciones matrimoniales y divorcios que se basan en la promulgación de la ley de divorcio contemporánea. Expertos que le ayudarán de manera inmediata y efectiva, orientados al derecho de familia y líderes en la tramitación de divorcios, tanto acordados como complejos. Profesionales con vocación de servicio que conforman un equipo de excelencia.
Deje en nuestras manos la solución de sus inconvenientes legales, ya que aparte de entregar asistencia jurídica completa, nos preocupamos de que haya un vínculo de franqueza y confianza mutua entre el abogado y nuestros clientes con el propósito de hacer la separación, una diligencia sin las mínimas dificultades.
¿De que manera se tramita el divorcio contencioso?
El trámite se inicia mediante la presentación de la demanda, que incluye los certificados de matrimonio y de nacimiento de los hijos; así como también de los documentos que sirven para acreditar el estado económico de los cónyuges para la adopción de medidas de carácter monetario ( tributarias, nóminas, certificaciones de banco, propiedades o certificaciones registrales). Una vez presentada la demanda, el Juzgado citará a las partes a una audiencia, a la que tienen que comparecer ambas con sus abogados y procuradores. Si hay hijos menores será parte de la misma forma el Ministerio Fiscal. En dicha vista se entregarán las pruebas que hagan referencia a hechos de los que dependan los pronunciamientos sobre las resoluciones a tomar con respecto de la guarda y custodia de los hijos, la frecuencia de visitas del cónyuge no custodio, el uso de la vivienda familiar y el establecimiento de pensiones alimenticias o de pensión compensatoria. Cuando hubiesen hijos menores o incapacitados, se les tendrá en en cuenta si tuvieren suficiente juicio y, en todo caso, si fueren mayores de doce años. Una vez celebrada la vista, el Tribunal dictará resolución por la que se decrete el divorcio de los cónyuges y se determinen las resoluciones que regirán a partir de ese momento las relaciones de los cónyuges sus hijos; y mandará que ella se inscriba en el Registro Civil. Es posible pedirse también su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil, si alguno de los cónyuges es empresario.
Divorcio unilateral
El divorcio unilateral o sin acuerdo, significa que una de las partes no está de acuerdo con el divorcio. Para ejercer la acción de divorcio unilateral la ley exige que la pareja haya estado separada (cesado la convivencia) durante al menos tres años.
Este tipo de divorcio suele presentarse cuando el otro cónyuge no desea el divorcio, ya sea por mero capricho o porque quiere obtener una ventaja a cambio. Las desventajas de este tipo de divorcio son especialmente su valor (es un juicio más complicado) y su extensión, ya que generalmente suelen presentarse recursos de apelación.
Reducción de pensión alimenticia
Representamos a aquellas personas que han sido demandadas de alimentos y que quieran conseguir una rebaja en el monto establecido por haber variado las circunstancias, sean propias (disminución de ingresos o incremento de gastos) o del alimentario (tiene menores requerimientos, etc).
En estas situaciones se expone una demanda ante los Tribunales de Familia, con el fin de que un juez revise los nuevos antecedentes y de acuerdo a ellos adopte una determinación en orden a establecer una rebaja de alimentos.
Separación Judicial
La ley de matrimonio civil establece la separación judicial, que podrá ser solicitada por un cónyuge en caso de que el otro infrinja de manera grave los deberes y obligaciones que impone el matrimonio y los deberes y obligaciones para con los hijos. Además puede ser requerida al tribunal por cualquiera de los cónyuges o por los dos cuando haya terminado la vida en común.
¿Es esta una solución a los conflictos de la pareja?
Se trata de una respuesta en la que es muy complicado generalizar, sin embargo basados en nuestra experiencia como abogados podemos decir que al lograr una separación amigable las repercusiones negativas de esta complicada fase se reducen, a pesar de que no desaparecen del todo. No obstante, en relaciones con muchos problemas la separación judicial no es mucho más que un paso legal en una progresión de resentimiento que conduce a un miembro de la pareja a hacerle la vida difícil al otro. Nuestros abogados online le aconsejarán para que usted pueda dejar atrás de una vez por todas esta etapa difícil y desgastante de su vida.
Los asuntos que generalmente deben resolverse antes de validar una separación legal se relaciona con:
- El cuidado y pensión de los hijos que los cónyuges tengan en común, estos abarcan la tuición, alimentación, vistas, entre otros.
- Propiedades y bienes en común adquiridos a lo largo de la sociedad conyugal..
- Derechos hereditarios y de sucesión..
¿Qué diferencias existe entre el divorcio y la nulidad matrimonial?
El divorcio rompe el vínculo matrimonial pero nunca se duda sobre la validez del matrimonio. Sin embargo, por medio de la nulidad se señala que no hubo matrimonio pese a su apariencia, ya que han sucedido vicios o defectos esenciales que impiden que el mismo pueda surtir efectos. Así, por ejemplo, son causas de nulidad: El contraído por coacción, el matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial, el contraído por infantes, etc.
¿Puedo volver a casarme después de el divorcio?
Sí. No obstante, hay que considerar que, si el matrimonio se celebró por la Iglesia, ni la separación ni el divorcio facilitan contraer un nuevo matrimonio por la Iglesia. Ello tan solo es posible si el tribunal eclesiástico competente, tras un proceso judicial, considera que concurren las condiciones para declarar nulo el matrimonio. Por lo tanto, el divorcio posibilita contraer nuevo matrimonio, pero no por la iglesia.
Califica este Artículo:
Deja un comentario