Abogados de divorcio en Arres
La más importante consecuencia del divorcio es el fin del matrimonio. El vínculo matrimonial ha existido a partir de su celebración hasta el momento en que la sentencia de divorcio es firme, momento en el que el lazo entre los cónyuges desaparece y, en consecuencia, queda modificado el estado civil de los cónyuges, que pasan a ser personas divorciadas y que, por conclusión, pueden contraer matrimonio libremente.
Después del divorcio se disuelve el régimen económico del vínculo matrimonial. La sentencia del divorcio solamente afectará a terceras partes de buena fe (que han podido o pueden contratar ), a partir del momento de la inscripción del divorcio en el Registro Civil, dado que a partir de ese instante puede ser conocida por cualquiera. (ej: uno de los cónyuges contrata profesionales para realizar obras en la vivienda cuando ya hay sentencia de divorcio pero aún no se ha inscrito en el Registro Civil. El trabajador podrá actuar tal como si estuviesen casados, responderán del valor los dos cónyuges). En todo caso, el efecto solo para los cónyuges es inmediato a partir que se dicte la sentencia. Encontramos otros efectos derivados de esta ruptura del matrimonio, tales como la pérdida de los derechos sucesorios entre los cónyuges.
¿De que manera se consigue el divorcio contencioso?
El procedimiento se inicia mediante la presentación de la demanda, acompañada por los certificados de matrimonio y de nacimiento de los hijos; así como también de esos documentos que sirvan para certificar la situación económica de los cónyuges a efectos de la adopción de resoluciones de carácter económico ( tributarias, nóminas, certificaciones de banco, propiedades o certificaciones registrales). Después de entregada la petición, el Juez citará a las partes a una audiencia, a la que deben acudir las dos con sus abogados. Si hay hijos será parte también el Ministerio Fiscal. En dicha audiencia se practicarán las pruebas que se refieran a sucesos de los que tengan relación los pronunciamientos sobre las resoluciones a adoptar en relación de la guarda y custodia de los hijos, la frecuencia de visitas del cónyuge no custodio, el uso de la vivienda familiar y el establecimiento de pensiones de alimentos o de pensión compensatoria. Cuando hubiere hijos menores o discapacitados, se les oirá si tuvieren suficiente juicio y, en cada caso, si fueren mayores de 12 años. Después de vez celebrada la vista, el Juzgado dictará resolución por la que se decrete el divorcio de los cónyuges y se determinen las medidas que se considerarán a partir de ese momento las relaciones de los cónyuges y de estos con sus hijos; y ordenará que ella se inscriba en el Registro Civil. Puede solicitar también su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil.
¿A qué lugar debo acudir con el fin de divorciarme?
El divorcio solamente puede acordarse por resolución judicial y producirá efectos a partir de su firmeza. Para tramitarlo tendrá que presentarse demanda firmada por un Abogado y Procurador, por lo que deberá iniciar contactando con un Abogado para comenzar el proceso.
Separación de bienes
Representamos a aquellos cónyuges casados en sociedad conyugal o en régimen de participación en los gananciales y que quieran cambiar aquel régimen por el de separación total de bienes.
La separación de bienes se puede hacer en todo momento durante la vigencia del matrimonio, y está la posibilidad de llevarse a cabo en forma acordada o de manera judicial por la mujer.
Si los dos están de acuerdo en reemplazar la sociedad conyugal por una separación de bienes, no se requiere la intervención del tribunal, sino que nuestros abogados crean las escrituras y se realiza el término de la sociedad conyugal, lo que luego se inscribe.
Si el marido no quiere realizar la separación de bienes, existe la opción para la mujer de pedir la separación de bienes a través de medios judiciales, lo que también implica la disolución de la sociedad conyugal, si es que existen bienes sociales.
Disolución de la sociedad conyugal
Representamos a quienes que al minuto de realizar la separación de bienes, deseen liquidar la sociedad conyugal. Esto es conveniente cuando hay bienes sociales y es posible efectuar conjuntamente con la separación de bienes.
Transacción alimenticia o Avenimiento de Pensión de alimentos
Para aquellos cónyuges y/o padres que quieran normar en forma amistosa el pago de una pensión de alimentos es recomendable el registro de una transacción de alimentos, de forma que se le entregue seguridad jurídica a los acuerdos pactados (tiene igual fuerza jurídica que una sentencia judicial).
La transacción de alimentos puede implicar una regulación de régimen de visitas para el padre que carece de la tuición del menor, con lo que se cubren en general las materias asociadas con menor. La escritura de transacción de alimentos sirve, adicionalmente, para darle fecha cierta a la separación entre la pareja (si fuese el caso) lo que es provechoso para la futura tramitación de un divorcio.
Importante
El juzgado que debe conocer el juicio es siempre el del domicilio del demandado, o de alguno de los cónyuges si es divorcio de mutuo acuerdo.En los divorcios de mutuo acuerdo se debe acompañar un convenio que normalice las visitas, custodia, alimentos y en dado caso normar también los bienes, esto cuando los cónyuges estén casados con sociedad conyugal.
La compensación económica se trata de la indemnización que la mujer o el hombre, que no pudo laborar durante la convivencia por ocuparse del matrimonio o a los hijos, le pide al juez, para que sentencie al otro cónyuge a pagársela en dinero.
Si se inicia un trámite para divorcio unilateral, el cónyuge demandante puede solicitar la regulación de estos aspectos, de manera de velar por los intereses de los hijos desde el primer momento.
Es importante saber que usted tendrá que informar de la demanda a su pareja. La legislación estipula que cada persona tiene el derecho a tener conocimiento de que hay un juicio en su contra. Adicionalmente, debe considerar, que la ley exige que ambos cónyuges concurran a una audiencia, de manera que es relevante que usted tenga conocimiento de alguna dirección en que su cónyuge pueda ser notificado(a). En el caso de los hombres, ya registrado el divorcio en el registro civil él puede volver a contraer matrimonio de inmediato. Las mujeres están regidas por una normativa del código civil que tiene por objeto prevenir confusión de paternidades. Esta norma ordena que la mujer al divorciarse debe esperar nueve meses para contraer matrimonio otra vez. Sin embargo es posible acortar el plazo si la mujer demuestra que, en el hacerse efectivo el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se hace mediante un certificado médico que se debe presentar frente a un juez, el que autoriza contraer el matrimonio a través de una sentencia judicial.
Servicios
- Separaciones (de mutuo acuerdo / contenciosas).
- Matrimonios.
- Parejas de hecho.
- Divorcios (de común acuerdo / contenciosos).
- Nulidades Canónicas.
- Nulidades Civiles.
- Liquidación de régimen económico matrimonial.
- División de cosas comunes.
- Medidas o Efectos.
- Adopción.
- Ejecución de Sentencias.
- Pensión de alimentos.
- Incumplimiento régimen de comunicación, visitas o vacaciones.
- Maltratos y Violencia Intrafamiliar.
Su problema tiene solución. Contáctenos con el fin de recibir ayuda legal online que podrá ayudarlo a resolver su asunto. Para llevar a cabo un trámite de divorcio, es obligatorio tener la asesoría de un abogado.
Califica este Artículo:
Deja un comentario