Abogados de divorcio en Almoharin
El divorcio supone la extinción del matrimonio mediante una declaración legal, es decir, por una sentencia recaida luego de la tramitación de un proceso en el que necesariamente deben interactuar abogado y procurador. Solamente una resolución de esta clase puede producir el divorcio, incluso a pesar de que éstos estén de acuerdo en solicitarlo. A pesar de ser razón de extinción del matrimonio legalmente se exigen determinadas salvaguardias que tendrán efecto en los coóyuges después de divorciados. Por una parte se asegura el cumplimiento de los deberes de los padres frente a los hijos con independencia de la relación que puedan o no tener. Por otro se exige la situación económica similar a la obtenida en el matrimonio por el cónyuge más desfavorecido económicamente. Adicionalmente será fundamental la defensa de sus intereses en la disolución del régimen económico matrimonial y la atribución de bienes a los que pueda dar lugar.
Desde nuestro grupo además prestamos especial atención en el trámite de divorcio a la regulación de las relaciones de padres e hijos considerando los detalles de la aplicación de la Ley de Custodia Compartida.
¿De que manera se consigue el divorcio contencioso?
El proceso se inicia mediante la presentación de la solicitud, que incluye los certificados de matrimonio y de nacimiento de hijos; así como también de aquellos documentos que sirven para certificar la situación económica de los cónyuges a efectos de la adopción de resoluciones de carácter económico ( tributarias, nóminas, certificaciones de banco, propiedades o certificaciones registrales). Una vez presentada la petición, y contestada la misma por el otro cónyuge, el Tribunal citará a las partes a una vista, a la que tienen que comparecer las dos con sus abogados. Si hay hijos será parte del mismo modo el Ministerio Fiscal. En la vista se mostrarán las pruebas que hagan referencia a hechos de los que tengan relación los pronunciamientos sobre las medidas a tomar con respecto de la guarda y custodia de los hijos, la frecuencia de visitas del cónyuge no custodio, el empleo de la vivienda familiar y el establecimiento de pensiones alimenticias o de pensión compensatoria. Cuando hubiesen hijos menores o discapacitados, se les oirá si tuvieren suficiente juicio y, en todo caso, si fueren mayores de 12 años. Una vez celebrada la vista, el Juez dictará resolución por la que se establezca el divorcio de los cónyuges y se determinen las resoluciones que regirán a partir de ese instante las relaciones de los cónyuges y de estos con sus hijos; y ordenará que ella se inscriba en el Registro Civil. Puede solicitarse de igual forma su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil.
Divorcio unilateral o sin acuerdo
El divorcio unilateral o sin acuerdo, implica que alguno de los cónyuges no está de acuerdo con el divorcio. Con el fin de llevar a cabo la acción de divorcio unilateral la autoridad demanda que los cónyuges hayan estado separados (cesado la convivencia) durante un mínimo de 3 años.
Transacción de alimentos o Avenimiento de Pensión alimenticia
Para los cónyuges y/o padres que deseen normar en forma amistosa una pensión de alimentos es aconsejable el registro de una transacción o avenimiento de alimentos (que se aprueba legalmente), de modo que se le otorgue alguna estabilidad jurídica a los acuerdos alcanzados (cuenta con la misma peso jurídico que una sentencia judicial).
La transacción de alimentos podría implicar una regulación de régimen de visitas del padre que no dispone de la tuición del menor, con lo cual se cubren globalmente las materias asociadas con menor. La escritura de transacción de alimentos sirve, además, para darle fecha cierta a la separación entre la pareja (si fuese el caso) lo cual es provechoso para la futura tramitación de un divorcio.
Importante
El juzgado que corresponde conocer el juicio es siempre el del domicilio del demandado, o de cualquiera de los cónyuges si es divorcio de mutuo acuerdo.En los divorcios de acuerdo mutuo se debe adjuntar un acuerdo que regule las visitas, custodia, alimentos y en su caso regular además los bienes, esto cuando los cónyuges estén casados en sociedad conyugal.
La compensación económica se trata de la indemnización que la mujer o también el hombre, que no pudo trabajar durante la convivencia por dedicarse al matrimonio y/o a los hijos, le pide al juez, para que sentencie a su pareja a otorgársela en dinero.
Si se inicia un proceso para divorcio unilateral, el cónyuge demandante tiene la posibilidad de pedir la regulación de estos ítems, de manera de resguardar el bienestar de los hijos a partir del principio.
Es importante saber que usted deberá informar de la demanda a su pareja. La legislación estipula que cada persona posee el derecho a saber que se realiza un juicio en su contra. Además, debe considerar, que la legislación exige que ambos cónyuges concurran a una audiencia, de modo que es relevante que usted sepa de una dirección en que su cónyuge pueda ser notificado(a). En cuanto a los hombres, ya registrado el divorcio en el registro civil este tiene la posibilidad de volver a casarse inmediatamente. Las mujeres se rigen por una normativa del código civil que tiene como objetivo prevenir confusión de paternidades. Esta normativa dispone que la mujer al divorciarse debe esperar 9 meses (270 días) para contraer matrimonio otra vez. No obstante se puede acortar este plazo si la mujer prueba que, en el momento de hacerse efectivo el divorcio, no está embarazada. Esto se realiza por medio de un certificado médico que se tiene que presentar frente a un juez, el que autoriza realizar el matrimonio por medio de una sentencia judicial.
¿Qué son las medidas provisionales?
Son las destinadas a acordar la situación de los cónyuges cuando se obtiene su procedimiento de separación, o nulidad definitiva y hasta su término. Hay que separar dos tipos:
- Las medidas previas o provisionalísimas, que se solicitan antes de la interposición de la demanda. Debe existir una situación de importancia para su adopción, como supuestos de violencia.
- Las medidas provisionales o simultáneas, que son las que se solicitan en el momento de la presentación de la demanda.
¿Qué puede solicitarse?
Entre las medidas que se podrían solicitar se encuentran: Establecer, en interés de los hijos, con cuál de los cónyuges han de quedar los sujetos a la patria potestad de los dos y tomar las instrucciones que correspondan de acuerdo con lo establecido en el Código Civil y, en especial, la manera en que el cónyuge que no ejerza la guarda y custodia de los hijos podrá cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, modo y lugar en que podrá interactuar con ellos. Cuando exista posibilidades de sustracción del menor por alguno de los cónyuges podrán adoptarse las medidas necesarias y, en especial, las siguientes:
- Prohibición de salida del país, salvo autorización judicial previa.
- Prohibición de expedición del pasaporte al menor o retirada del mismo si ya se hubiere expedido.
- Requerimiento de autorización legal previa de cualquier cambio de dirección del menor.
- Determinar cuál de los cónyuges ha de continuar en la vivienda familiar y de igual forma, previo inventario, los bienes del ajuar que siguen estando en ésta y los que se ha de llevar el otro cónyuge.
- Establecer la contribución de cada cónyuge a los costosdel matrimonio, incluidas, si procede, las litis expensas, crear las bases para la actualización de cantidades y disponer las garantías, u otras medidas convenientes, a fin de asegurarse de la efectividad de lo que por estos elementos un cónyuge deba de abonar al otro.
- Estanlecer, atendidas las circunstancias, los bienes gananciales o comunes que, previo inventario,se deban entregar a uno u otro cónyuge y las disposiciones que deberán considerar en la administración, así como en la necesaria rendición sobre los bienes comunes o parte de ellos que obtengan y los que comprenmas adelante.
- Determinar el régimen de administración de aquellos bienes privativos que por capitulaciones o escritura notarial estuvieran afectos a las cargas del matrimonio.
- Nuestros abogados expertos en procesos de divorcio y separaciones se encargan de toda la ejecución del proceso, ya sea de acuerdo mutuo o contencioso, informando en todo momento al cliente del progreso de su expediente.
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