Abogados de divorcio en Almenara de Tormes

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Abogados de divorcio en Almenara de Tormes Abogados de Divorcio

¿Qué ventajas tiene el divorcio de mutuo acuerdo?

Estamos hablando de del procedimiento más rápido, sencillo y económico de lograr el divorcio. A diferencia del contencioso, no exige la celebración de juicio, siendo suficiente con la entrega de la solicitud y del convenio y su posterior ratificación -firma- en el Juzgado por ambos cónyuges. Además de eso supone un abaratamiento de costos al dar la oportunidad que ambos cónyuges sean representados por el mismo Procurador y un mismo Abogado. El divorcio contencioso es más extenso, complejo y costoso. Exige la celebración de vista judicial, y ya no es posible ir con un sólo Abogado y un sólo Procurador, sino que cada parte debe acudir con los propios.

Reparto de bienes

Representamos a aquellos cónyuges casados en sociedad conyugal o en régimen de participación en los gananciales y que desean cambiar aquel sistema por el de separación completa de bienes.

La separación de bienes se puede hacer en cualquier momento durante del matrimonio, y está la posibilidad de llevarse a cabo en forma acordada o de manera judicial por la mujer.

Si ambos cónyuges concuerdan en reemplazar el régimen de sociedad conyugal por el de separación de bienes, no es necesaria la intromisión del tribunal, sino que nuestros abogados redactan las escrituras y se efectúa la disolución de la sociedad conyugal, todo lo que se inscribe posteriormente.

Si el hombre no desea efectuar la separación de bienes, está la opción para la mujer de pedir la separación de bienes por vía judicial, lo que también implica la liquidación de la sociedad conyugal, si es que hay bienes sociales.

Liquidación de la sociedad conyugal

Representamos a los cónyuges que al minuto de efectuar la separación de bienes, deseen liquidar la sociedad conyugal. Esto es recomendable cuando existen bienes sociales y es posible efectuar en conjunto con la separación de bienes.

Transacción alimenticia o Avenimiento de Pensión alimenticia

Para los cónyuges y/o padres que deseen regular en forma amistosa el pago de una pensión de alimentos es aconsejable el registro de una transacción o avenimiento de alimentos, de modo que se le otorgue alguna estabilidad jurídica a los convenios pactados (posee igual fuerza jurídica que una sentencia judicial).

La transacción de alimentos podría incluir una regulación de un régimen de visitas para el padre que no dispone de la custodia del menor, con lo que se cubren totalmente las materias asociadas con menor. La escritura de transacción alimenticia sirve, adicionalmente, para ponerle fecha establecida a la separación entre la pareja lo que es útil en el trámite de un divorcio.

Validación de sentencias de divorcio de otros países

El procedimiento de validación de un divorcio obtenido en el extranjero significa tramitar un exequator. Es decir un procedimiento en el que se solicita que se tenga por reconocida en el territorio dicha sentencia de divorcio obtenida en otro país.

Si se comienza un trámite para divorcio unilateral, el cónyuge demandante puede solicitar la regulación de estos aspectos, de manera de velar por los intereses de los hijos desde el primer momento.

Es importante saber que usted deberá informar de la demanda al otro cónyuge. La ley determina que toda persona tiene el derecho a saber que se realiza un juicio en su contra. Adicionalmente, debe tener en cuenta, que la legislación requiere que ambas partes concurran a una audiencia, de manera que es importante que usted tenga conocimiento de alguna dirección donde su cónyuge pueda ser avisado(a). En el caso de los hombres, ya inscrito el divorcio en el registro civil este puede volver a contraer matrimonio inmediatamente. Las mujeres están regidas por una norma del código civil que tiene como objetivo evitar confusión de paternidades. Esta norma establece que la mujer que se divorcia deba esperar nueve meses para casarse nuevamente. No obstante se puede rebajar este plazo si la mujer demuestra que, al hacerse efectivo el divorcio, no está embarazada. Esto se realiza a través de una certificación médica que se debe presentar ante un juez, el que permite realizar el matrimonio mediante una sentencia judicial.

¿Qué son las medidas provisionales?

Son aquellas que tienen como propósito regular la situación de los cónyuges cuando se obtiene su proceso de separación, o nulidad definitiva y hasta su conclusión. Hay que distinguir dos tipos:

  1. Las medidas previas o provisionalísimas, que se piden antes de la demanda. Debe indicarse una situación de importancia para su adopción, como sucede en los supuestos de abuso.
  2. Las medidas provisionales o simultáneas, que son las que se solicitan en el momento de la presentación de la demanda.

¿Qué puede solicitarse?

Entre las medidas que se pueden pedir y que debe acordar el juez se encuentran las siguientes: Establecer con cuál de los cónyuges han de quedar los sujetos a la patria potestad de los dos y tomar las disposiciones que correspondan de acuerdo a lo determinado en el Código Civil y, en especial, la manera en que el cónyuge que no ejerza la guarda y custodia de los hijos podrá cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, manera y lugar en que podrá interactuar con ellos y tenerlos en su compañía. Si existe posibilidades de sustracción del menor por alguno de los cónyuges pueden pedirse las medidas que correspondan y, en especial, las siguientes:

  1. Prohibición de salida del territorio nacional, salvo autorización legal.
  2. Prohibición de creación del pasaporte al menor o retirada del mismo.
  3. Requerimiento de autorización judicial previa de un cambio de dirección del menor.
  4. Determinar cuál de los cónyuges ha de proseguir en el uso de la vivienda familiar y de la misma manera, previo inventario, los bienes del ajuar que continúan en ésta y los que se ha de llevar el otro cónyuge.
  5. Establecer el aporte de cada cónyuge a las cargas del matrimonio, incluidas, si corresponde, las litis expensas, establecer las bases para la actualización de cantidades y disponer las garantías, u otras medidas cautelares convenientes, a fin de asegurarse de la efectividad de lo que por estos conceptos un cónyuge haya de abonar al otro.
  6. Señalar los bienes gananciales o comunes que, previo inventario,se deban entregar a uno u otro cónyuge y las disposiciones que tienen que considerar en la administración y disposición, así como en la necesaria rendición de cuentas sobre los bienes comunes o parte de ellos que reciban y los que comprenmas adelante.
  7. Establecer el régimen de administración de los bienes que por capitulaciones o escritura notarial estuvieran afectos a las cargas del matrimonio.

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