Abogados de divorcio en Alfacar

Junto con entregar una asistencia jurídica de calidad, nos preocupamos de que haya un vínculo de franqueza y confianza mutua entre el abogado y nuestros clientes. Dada la naturaleza de los inconvenientes que afrontan nuestros clientes, tenemos una estricta política de privacidad y confidencialidad. En base a esto, todos nuestros profesionales se adhieren a un contrato de privacidad al momento de integrarse al caso.

Abogados de divorcio en Alfacar Abogados de Divorcio

¿De qué modo se obtiene el divorcio contencioso?

El proceso se inicia a través de la entrega de la demanda, acompañada por los certificados de vínculo matrimonial y de nacimiento de los hijos; así como de esos documentos que sirvan para acreditar la situación económica de los cónyuges a efectos de la adopción de medidas de carácter monetario ( tributarias, nóminas, certificaciones de banco, propiedades o certificaciones registrales). Una vez entregada la petición, y contestada la misma por el otro cónyuge, el Juez citará a las partes a una audiencia, a la que tienen que acudir las dos con sus abogados. Si hay hijos será parte del mismo modo el Ministerio Fiscal. En aquella audiencia se practicarán las pruebas que se refieran a eventos de los que dependan los pronunciamientos sobre las resoluciones a adoptar con respecto de la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas del cónyuge no custodio, el empleo de la vivienda familiar y el acuerdo de pensiones alimenticias o de pensión compensatoria. Cuando hubiere hijos menores o discapacitados, se les oirá si tuvieren suficiente juicio y, en cada caso, si fueren mayores de doce años. Una vez celebrada la vista, el Juzgado dictará sentencia por la que se establezca el divorcio de los cónyuges y se establezcan las resoluciones que se considerarán a partir de ese momento las relaciones de los cónyuges sus hijos; y mandará que la misma se anote en el Registro Civil. Es posible solicitarse de la misma manera su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil.

¿A qué lugar es necesario acudir para divorciarme?

El divorcio sólo puede acordarse por sentencia judicial y producirá efectos a partir de su firmeza. Con el fin de tramitarlo deberá presentarse solicitud firmada a través de Abogado y Procurador, por lo que debe comenzar buscando con un Abogado para iniciar el trámite.

Divorcio culposo

Este tipo de divorcio se puede solicitar al tribunal de familia una vez que una de las partes ha faltado de manera grave a los deberes y obligaciones que implica la vida matrimonial o los deberes y obligaciones para hacia los hijos, producto de este vínculo. Estas faltas hacen imposible o insoportable llevar una vida en común, por lo que la parte perjudicada puede comenzar los trámites de divorcio a la brevedad. En estas situaciones no se requiere haber hecho efectivo el cese de la convivencia.

Aumento de Alimentos (pensión alimenticia)

Para el que actualmente recibe una pensión alimenticia y desea que el monto aumente por haber un cambio en las circunstancias propias y/o de quien paga la pensión, existe la posibilidad de interponer una demanda por aumento de pensión. Representamos a nuestros clientes en la interposición y tramitación de demandas por aumento en pensión alimenticia.

Notificación de Cese de Convivencia

Los abogados de familia son quienes se encargan de representar a las partes en un trámite de divorcio. En todo proceso de esta naturaleza se requieren dos abogados, uno que represente a cada cónyuge. Un divorcio es un procedimiento judicial cuyo objeto es terminar el matrimonio, a través de la proclamación de un juez. Existen diferentes tipos: este puede ser de mutuo acuerdo, o unilateral y ambas partes necesitan distintos procesos. Para iniciar los trámites para el divorcio se necesitan solamente los certificados de matrimonio y de nacimiento, si es que existen hijos en común.

Puede haber un matrimonio que por distintas causas ha cesado la convivencia y aún así no quiere divorciarse. En estos casos es posible pedir a un juez que decrete la separación judicial y regule los temas jurídicos de esta situación. Esta instancia tiene la posibilidad de ser pedida por cualquiera de los cónyuges, si es que ya no viven juntos, no obstante, ello inhabilita a los separados para contraer un nuevo matrimonio.

Por otra parte, el divorcio pone fin al matrimonio y a los derechos y obligaciones que éste tiene consigo. También posibilita a los divorciados para casarse nuevamente.

¿Es esta la solución a los problemas de la pareja?

Esta es una respuesta en la que es muy difícil generalizar, sin embargo según nuestra experiencia como abogados podemos decir que al lograr una separación amigable los resultados negativos de esta difícil etapa se reducen, pese a que aún los hay. No obstante, en relaciones con muchos problemas la separación judicial no es más que la forma que tiene un miembro de la pareja a seguir esforzándose empecinadamente en hacerle la vida difícil al otro. Nuestros abogados en línea le aconsejarán para que pueda superar finalmente esta fase difícil y extenuante.

Los temas que generalmente tienen que resolverse antes de validar una separación legal se relaciona con:

  • El cuidado y pensión de los hijos que ambas partes tengan en común, estos incorporan la custodia, alimentación, vistas, etc.
  • Propiedades y bienes en común obtenidos a lo largo de la sociedad conyugal..
  • Derechos hereditarios y de sucesión..

¿Qué son las medidas provisionales?

Son las destinadas a acordar la situación de los cónyuges en tanto se consigue su proceso de separación matrimonial, o nulidad definitiva y hasta su término. Hay que distinguir dos clases:

  • Las medidas previas o provisionalísimas, que se solicitan antes de la interposición de la demanda. Debe existir una situación de emergencia para su solicitud, como pasa en los supuestos de malos tratos.
  • Las medidas provisionales, que se solicitan en el momento de la presentación de la demanda.

¿Qué puede solicitarse?

Entre las medidas que se deberian pedir y que debe acordar el juez se encuentran: Establecer, en interés de los hijos, con cuál de los cónyuges han de quedar los sujetos a la patria potestad de los dos y seguir las instrucciones que correspondan de acuerdo a lo determinado en el Código Civil y, en particular, la forma en que el cónyuge que no tenga la guarda y custodia de los hijos puede cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, modo y lugar en que podrá interactuar con ellos. Cuando exista posibilidades de sustracción del menor por alguno de los cónyuges o por terceras personas pueden pedirse las medidas necesarias y, en especial, las siguientes:

  1. Prohibición de salida del territorio nacional.
  2. Prohibición de creación de un pasaporte al menor.
  3. Sometimiento a autorización judicial anterior de cualquier cambio de domicilio del menor.
  4. Establecer, teniendo en cuenta el interés familiar que más necesita protección, cuál de los cónyuges ha de proseguir en el uso de la vivienda familiar y de igual forma, previo inventario, los bienes y objetos que siguen estando en ésta y los quepuede llevarse el otro cónyuge, así como las medidas cautelares para conservar los derechos de cada uno.
  5. Determinar la contribución de cada cónyuge a los costosdel matrimonio, incluidas, las litis expensas, crear las bases para la actualización de cantidades y disponer las garantías, depósitos, retenciones u otras medidas cautelares convenientes.
  6. Estanlecer, dadas las circunstancias, los bienes gananciales o comunes quesese hayan de hacer entrega a uno u otro cónyuge y las disposiciones que deberán considerar en la administración y disposición, así como en la necesaria rendición sobre los bienes comunes o parte de ellos que reciban y los que adquieranposteriormente.
  7. Establecer, en su caso, el régimen de administración y disposición de los bienes que por escritura pública estuvieran especialmente afectados a las cargas del matrimonio.



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