Abogados de divorcio en Aldeanueva de la Vera
Su tranquilidad se asienta en una asesoría experta y en la mejor asistencia técnica. Nuestro bufete incluye un completo grupo de abogados especializados en materia de familia y con reconocida experiencia.
¿De qué manera se consigue el divorcio contencioso?
El proceso se inicia por medio de la presentación de la demanda, que incluye los certificados de vínculo matrimonial y de nacimiento de los hijos; así como de los documentos que sirven para acreditar el estado económico de los cónyuges para la solicitud de medidas de carácter monetario ( tributarias, nóminas, certificaciones bancarias, propiedades o certificaciones registrales). Después de entregada la petición, el Juzgado llamará a las partes a una vista, a la que deben comparecer ambas con sus abogados y procuradores. Si existieren hijos menores será parte de igual forma el Ministerio Fiscal. En la vista se practicarán las pruebas que hagan referencia a hechos de los que tengan relación los pronunciamientos sobre las resoluciones a adoptar en relación de la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas del cónyuge no custodio, el empleo de la vivienda familiar y el acuerdo de pensiones de alimentos o de pensión compensatoria. Cuando hubiere hijos menores o incapacitados, se les tendrá en en cuenta si tuvieren suficiente juicio y, en todo caso, si fueren mayores de 12 años. Una vez celebrada la vista, el Juzgado dictará resolución por la que se decrete el divorcio de los cónyuges y se establezcan las medidas que se considerarán a partir de ese instante las relaciones de los cónyuges y de estos con sus hijos; y ordenará que ella se inscriba en el Registro Civil. Puede solicitar asimismo su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil, si uno de los cónyuges es empresario.
¿A qué lugar es necesario acudir para divorciarme?
El divorcio solamente puede resolverse por sentencia legal y producirá efectos a partir de su firmeza. Con el fin de tramitarlo deberá presentarse solicitud firmada a través de Abogado y Procurador, por lo que deberá iniciar encontrando con un Abogado para dar inicio a el trámite.
Separación de bienes
Representamos a los cónyuges casados en sociedad conyugal que desean cambiar aquel sistema por el de separación completa de bienes.
La separación de bienes es posible en todo momento durante la vigencia del matrimonio, y está la posibilidad de llevarse a cabo en forma acordada o en forma judicial por la mujer.
Si los dos concuerdan en reemplazar la sociedad conyugal por una separación de bienes, no se requiere la intromisión del tribunal, sino que nuestros abogados crean las escrituras y se efectúa el término de la sociedad conyugal, todo lo que se inscribe posteriormente.
Si el hombre no quiere realizar la separación de bienes, está la posibilidad para la mujer de solicitar la separación de bienes por medios judiciales, lo que además implica la disolución de la sociedad conyugal, si es que hay bienes sociales.
Liquidación de la sociedad conyugal
Representamos a aquellos cónyuges que al minuto de realizar la separación de bienes, quieran liquidar la sociedad conyugal. Esto es recomendable si hay bienes sociales y es posible efectuar conjuntamente con la separación de bienes.
Reducción de pensión alimenticia
Representamos a aquellas personas que han sido demandadas de alimentos y que quieran lograr una rebaja de pensión alimenticia decretada o pactada por un cambio en las condiciones, sean propias (disminución de ingresos o aumento de gastos) o del alimentario (tiene menos requerimientos, etc).
En estas situaciones se expone una demanda frente a los Tribunales de Familia, para que un juez estudie los nuevos antecedentes y de acuerdo a ellos adopte una determinación para fijar una rebaja en la pensión.
Separación Judicial
La legislación de matrimonio civil establece la separación judicial, que puede ser solicitada por uno de los cónyuges en caso que el otro incumpla gravemente los deberes y obligaciones que impone el matrimonio y hacia con los hijos. También puede ser solicitada al tribunal por alguno de los cónyuges o por los dos cuando haya cesado la convivencia.
Si se inicia un proceso para divorcio unilateral, el demandante tiene la posibilidad de pedir la regulación de estos aspectos, de manera de velar por los intereses de los hijos a partir del principio.
Es importante saber que usted tendrá que notificar la demanda al otro cónyuge. La legislación determina que cada persona cuenta con el derecho a tener conocimiento de que hay un juicio en su contra. Adicionalmente, debe considerar, que la ley requiere que ambas partes concurran a una audiencia, de manera que es relevante que usted sepa de alguna dirección en que su cónyuge pueda ser avisado(a). En el caso de los hombres, ya inscrito el divorcio en el registro civil él puede volver a contraer matrimonio inmediatamente. Las mujeres están regidas por una norma del código civil que tiene como objetivo evitar confusión de paternidades. Esta norma ordena que la mujer que se divorcia deba esperar 9 meses para casarse nuevamente. Sin embargo es posible rebajar este plazo si la mujer prueba que, al momento de hacerse efectivo el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se realiza usando una certificación médica que se debe presentar frente a un juez, quien permite contraer el matrimonio mediante una sentencia legal.
¿Puedo divorciarme a pesar de que mi cónyuge no está de acuerdo?
Sí. Después de las últimas modificaciones en materia de divorcio, es suficiente con que uno de los cónyuges no quiera la continuación del matrimonio para que pueda solicitar el divorcio, sin que el otro sea capaz de oponerse a la petición por motivos materiales, y sin que el Juez sea capaz de rechazar la petición, salvo por motivos procesales.
¿Debo indicar una razón en particular para divorciarme?
No. Han desaparecido los listados de causas de separación matrimonial y de divorcio. La voluntad de no seguir con el matrimonio es suficiente para poder obtener el divorcio.
¿Cuánto tiempo debo de llevar casado para divorciarme?
Para poder separarse, deben haber pasado por lo menos tres meses a partir de la celebración del vínculo matrimonial. No será preciso esperar al transcurso de este plazo de tres meses en aquellos casos en los que se acredite la existencia de peligro para la vida, integridad física, la libertad, integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del cónyuge o de los hijos.
- Su situación tiene solución. Contáctenos para recibir consejo judicial online que podrá ayudarlo a manejar su asunto. Con el fin de llevar a cabo un proceso de separación matrimonial, es imprescindible tener la asesoría de un abogado.
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