Abogados de divorcio en Albalat Dels Sorells

Si siempre ha habido en su familia un centenar de motivos para dar término a la vida en común y siempre quiso saber el costo de un divorcio, lo que tal vez lo limitó a cumplir sus deseos, contamos con la solución, ya que nuestros servicios sin costo y de vasta trayectoria y experiencia le pondrán fin a sus dolores de cabeza y años de dolor. Una separación judicial rápida es lo que los clientes requerían, ya que cuando ocurre una separación matrimonial no solamente se crea el inconveniente de terminar con el contrato civil, sino que además incluye juicios por alimentos, custodia, régimen de visitas, separación de bienes y en casos aún mas extremos como alimentos mayores, menores, impugnación o reconocimiento de paternidad, proclamación de bienes familiares, herencias, entre otros.

Pero no se alarme, pues no solo lo ayudaremos en los tramites del divorcio, sino que nuestro bufete se orienta en todos los juicios familiares previamente mencionados, con atención individualizada, monitoreo continuo del caso y garantía total de que usted terminará divorciado y satisfecho con los resultados.

Abogados de divorcio en Albalat Dels Sorells Abogados de Divorcio

¿Si el matrimonio tiene hijos, ellos resultarán afectados legalmente por el divorcio?

Los derechos y deberes que existen entre padres e hijos no se ven turbados por el divorcio, ya que las obligaciones existen por ser padres, sin importar el estado civil de estos. Es decir, un padre tiene deberes y derechos con sus hijos no importando si está soltero, casado, separado, divorciado, anulado o viudo.

Si son hijos menores de dieciocho años, en el instante de realizar su divorcio, la ley prioriza los derechos de las criaturas. De esta forma la ley exige a la pareja que desee solicitar un divorcio de mutuo acuerdo exhibir un acuerdo de custodia, visitas y alimentos en relación a sus hijos menores de edad. Si el divorcio no es de mutuo acuerdo, se puede pedir el estatuto de estos asuntos en el mismo juicio, así el divorcio facilita que se protejan los derechos de los hijos adentro de un juicio mismo.

Divorcio culposo

Una variante del divorcio unilateral o sin acuerdo, es el divorcio culposo ( ej separación por infidelidad) que ocurre cuando hay una violación importante de los deberes y obligaciones que establece el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que vuelva intolerable la vida en común. Ante esta situación no se requiere esperar los 3 años de separación y la ley enumera ciertos ejemplos de comportamientos que se enmarcan dentro de esta forma: Atentado contra la vida o maltratos graves en contra del cónyuge o de algún hijo; infidelidad; abandono; condena por crimenes contra las personas; conducta homosexual: alguna adicción que signifique un inconveniente grave para la buena convivencia entre ambas partes o entre la pareja y sus hijos; e intento por prostituir a la pareja o a los hijos.

El problema del divorcio culposo radica en la prueba, ya que estas causales tienen que demostrarse en el juicio, de otra forma no se obtendrá el divorcio.

Rebaja de pensión de alimentos

Representamos a las personas que han sido demandadas de alimentos y que quieran obtener una rebaja de pensión alimenticia decretada o pactada por un cambio en las condiciones, ya sean propias (disminución de ingresos o aumento de gastos) o del alimentario (tiene menores requerimientos, etc).

En estos casos se expone una demanda frente a los Tribunales de Familia, para que un juez analice los nuevos antecedentes y según éstos tome una determinación con el fin de establecer una rebaja en la pensión.

Separación Judicial

La ley de matrimonio civil establece la separación judicial, que puede ser solicitada por un cónyuge cuando el otro infrinja gravemente los deberes y obligaciones que impone el matrimonio y los deberes y obligaciones para con los hijos. Además puede ser requerida al tribunal por alguno de los cónyuges o por los dos cuando haya terminado la vida en común.

¿Es esta la solución a los problemas de la pareja?

Esta es una respuesta en la que es complejo generalizar, pero en nuestra experiencia como abogados podemos decir que al conseguir una separación amigable los resultados negativos de esta difícil etapa se reducen, a pesar de que no desaparecen del todo. Sin embargo, en relaciones muy desequilibradas y desgastadas la separación judicial no es mucho más que un paso legal en una progresión de resentimiento que lleva a un miembro de la pareja a hacerle la vida imposible al otro. Nuestros abogados on-line le aconsejarán para que usted pueda superar de una vez por todas esta etapa dolorosa y desgastante.

Los temas que normalmente tienen que resolverse antes de hacer válida una separación legal tiene que ver con:

  • El cuidado y manutención de los hijos que ambas partes tengan en común, estos incorporan la custodia, alimentación, vistas, entre otros.
  • Propiedades y bienes mancomunados adquiridos durante la sociedad conyugal..
  • Derechos hereditarios y de sucesión..

¿Qué son las medidas provisionales?

Son aquellas que tienen como meta acordar la situación de los cónyuges mientras se consigue su proceso de divorcio, o nulidad definitiva y hasta su cierre definitivo. Hay que separar dos clases:

  • Las medidas previas o provisionalísimas, que se solicitan antes de la interposición de la demanda. Debe existir una situación de importancia para su adopción, como ocurre en los supuestos de malos tratos.
  • Las medidas provisionales, que se solicitan en el momento de la presentación de la demanda.

¿Qué puede solicitarse?

Entre las medidas que se pueden solicitar y que debe acordar el juez se encuentran: Resolver con cuál de los cónyuges han de quedar los sujetos a la patria potestad de los dos y tomar las instrucciones apropiadas de acuerdo con lo establecido en el Código Civil y, en especial, la forma en que el cónyuge que no ejerza la guarda y custodia de los hijos puede cumplir el deber de velar por éstos y el tiempo, modo y lugar en que podrá interactuar con ellos y tenerlos en su compañía. Cuando exista peligro de sustracción del menor por alguno de los cónyuges o por terceras personas podrán adoptarse las medidas necesarias y, en particular, las siguientes:

  1. Prohibición de salida del país.
  2. Prohibición de expedición del pasaporte al menor.
  3. Requerimiento de autorización judicial anterior de un cambio de dirección del menor.
  4. Determinar, teniendo en cuenta el interés familiar que más necesita protección, cuál de los cónyuges ha de seguir en la vivienda familiar y del mismo modo, previo inventario, los bienes del ajuar que siguen estando en ésta y los que se ha de llevar el otro cónyuge, así como las medidas cautelares convenientes para conservar los derechos de cada uno.
  5. Determinar el aporte de cada cónyuge a los costosdel matrimonio, incluidas, si corresponde, las litis expensas, desarrollar las bases para la actualización de cantidades y disponer las garantías, depósitos, retenciones u otras medidas cautelares convenientes, a fin de asegurar la efectividad de lo que por estos conceptos un cónyuge haya de pagar al otro. Se considerará contribución a dichas cargas el trabajo que uno de los cónyuges dará a la atención de los hijos comunes.
  6. Estanlecer, dadas las circunstancias, los bienes ganancialesquesese deban hacer entrega a uno u otro cónyuge y las reglas que deban observar en la administración, así como en la rendición de cuentas sobre los bienes o parte de ellos que reciban y los que adquieranmas adelante.
  7. Determinar, en su caso, el régimen de administración y uso de aquellos bienes que por escritura pública estuvieran especialmente afectados a las cargas del matrimonio.



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