Abogados de divorcio en Aceuchal

La más relevante consecuencia del divorcio es el término del matrimonio. El matrimonio ha existido a partir de su celebración hasta el momento en que la sentencia de divorcio es firme, momento en el que el vínculo entre los cónyuges desaparece y, en consecuencia, queda cambiado el estado civil de los cónyuges, que pasan a ser personas divorciadas y que, por conclusión, pueden contraer matrimonio libremente.

Después del divorcio se disuelve el régimen económico del vínculo matrimonial. La sentencia de divorcio sólo afectará a terceras partes de buena fe (que han podido o pueden contratar con los cónyuges), a partir de la fecha de la inscripción del divorcio en el Registro Civil, dado que a partir de ese instante puede ser conocida por cualquiera. (Por ejemplo: uno de los cónyuges contrata profesionales con el fin de realizar obras en la vivienda familiar cuando ya existe sentencia pero aún no se ha inscrito en el Registro Civil. El empresario puede actuar tal como si se encontraran casados, responderán del valor ambos cónyuges). Sin embargo, el efecto solo para los cónyuges es inmediato desde que se dicte la sentencia. Existen algunos otros efectos derivados de esta ruptura del vínculo matrimonial, tales como la anulación de los derechos sucesorios entre los cónyuges.

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¿Si tenemos hijos, éstos se verán afectados legalmente por el divorcio?

Los derechos y deberes que existen entre padres e hijos no se ven turbados por el divorcio, ya que los deberes existen por ser padres, sin importar el estado civil de estos. Es decir, un padre tiene deberes y derechos hacia sus hijos no importando si está soltero, casado, separado, divorciado o viudo.

Si los cónyuges tienen hijos menores de dieciocho años, en el momento de gestionar su divorcio, la ley prioriza los derechos de los niños. Es así como la ley exige a la pareja que desee tramitar un divorcio de mutuo acuerdo presentar un acuerdo de tuición, visitas y alimentos en relación a sus hijos menores de edad. Si el divorcio no es de mutuo acuerdo, se puede pedir el estatuto de estos temas en el mismo juicio, así el divorcio protege los derechos de los menores adentro de un juicio mismo.

Divorcio culposo

Una variante del divorcio unilateral o sin acuerdo, es el divorcio culposo ( ej separación por infidelidad) que funciona cuando hay una falta grave de las obligaciones que establece el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que vuelva intolerable la convivencia. Ante esta situación no es necesario esperar los 3 años de separación y la ley enumera variados ejemplos de comportamientos que se enmarcan en esta forma: Atentado en contra de la vida o maltratos considerables contra el cónyuge o de algún hijo; infidelidad; abandono; condena por delitos contra las personas; conducta homosexual: alguna adicción que signifique un inconveniente grave para la buena convivencia entre los cónyuges o entre la pareja y sus hijos; e intento de prostituir al otro cónyuge o a los hijos.

El inconveniente del divorcio culposo está en la prueba, porque las razones tienen que acreditarse en el juicio, de lo contrario no se obtendrá el divorcio.

Transacción de alimentos o Avenimiento de Pensión de alimentos

Para los cónyuges y/o padres que deseen regular en forma amistosa una pensión de alimentos es recomendable la suscripción de una transacción de alimentos (que se aprueba legalmente), de forma que se le entregue estabilidad jurídica a los acuerdos pactados (posee igual fuerza legal que una sentencia judicial).

La transacción alimenticia podría incluir una regulación de un régimen de visitas para el padre que carece de la tuición del menor, con lo que se cubren totalmente los asuntos relacionados con el menor. La escritura de transacción alimenticia sirve, aparte, para ponerle fecha cierta a la separación entre la pareja lo que es ventajoso para la tramitación de un divorcio.

Importante

El juzgado al que corresponde conocer el juicio es siempre el del domicilio del demandado, o de cualquiera de los cónyuges si es de mutuo acuerdo.En los divorcios de mutuo acuerdo es necesario adjuntar un convenio que normalice las visitas, tuición, alimentos y en dado caso normar además los bienes, esto cuando los cónyuges estén casados en sociedad conyugal.

La compensación económica consiste en la indemnización que la mujer o el hombre, que no pudo laborar a lo largo de la convivencia por dedicarse al matrimonio y/o a los hijos, le solicita al juez, para que condene al otro cónyuge a otorgársela en dinero.

Si se inicia un trámite para divorcio unilateral, el cónyuge demandante puede solicitar la regulación de estos aspectos, de manera de velar por el bienestar de los hijos a partir del primer momento.

Es fundamental saber que usted deberá informar de la demanda a su pareja. La ley determina que cada persona cuenta con el derecho a tener conocimiento de que hay un juicio en su contra. Además, debe tener en cuenta, que la legislación exige que ambas partes concurran a una audiencia, de manera que es importante que usted tenga conocimiento de una dirección en que su cónyuge pueda ser notificado(a). En el caso de los hombres, ya inscrito el divorcio en el registro civil él puede volver a contraer matrimonio de inmediato. Las mujeres se rigen por una norma del código civil que tiene por objeto prevenir confusión de paternidades. Esta normativa ordena que la mujer cuando se divorcia deba esperar nueve meses (270 días) para volver a casarse. No obstante es posible rebajar este plazo si la mujer demuestra que, en el realizarse el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se realiza a través de un certificado médico que se debe exponer ante un juez, el que permite realizar el matrimonio a través de una sentencia legal.

¿Qué aspectos fiscales tiene el Divorcio?

En los efectos que el divorcio implica en el aspecto tributario cabe indicar los siguientes:

  1. Impuesto a la Renta de las Personas Físicas: La declaración de la renta se tiene que hacer con relación a la situación familiar a 31 de diciembre. De esta manera si en esa fecha hubiese resolución de separación matrimonial, deberá realizarse una declaración por familia, considerando como ésta a cada cónyuge con los hijos a su cargo.
  2. Por otro lado, cabe indicar que las pensiones por alimentos no pueden ser incorporadas como ingreso para aquel que las recibe, ni como gasto para quién las paga. Sin embargo, la pensión compensatoria si tiene que ser añadida como ingreso por quién las recibe.
  3. Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales: Cuando se liquide el régimen económico matrimonial y se deba entregar a cada cónyuge la mitad de la vivienda familiar, esa transmisión se considerará exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Sin embargo cuidado cuando la división del patrimonio entre los cónyuges no es igualitaria, dado que con respecto a los excesos de adjudicación el fisco puede requerir su tributación como donación por medio del impuesto de sucesiones y donaciones; debe tenerse en consideración de la misma forma que cuando se establezca que uno de los cónyuges tiene la parte de un bien del otro a cambio de un precio determinado se tributará por el Impuesto de transmisiones patrimoniales.
  4. Impuesto sobre el Patrimonio: Una vez separados, los ex-cónyuges sólo deberán declarar el patrimonio individual de cada uno de ellos.

Los abogados son especialistas en Derecho de Familia y sucesorio, y podemos entregar consejo y asumir casos en todo este rubro.



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