Abogados de divorcio en Abadia
El divorcio implica el término del vínculo matrimonial mediante una declaración legal, es decir, por una sentencia firme recaida despues de la tramitación de un proceso judicial en el que siempre deben intervenir abogado y procurador. Sólo una resolución legal puede producir el divorcio de los coóyuges, incluso aunque éstos se encuentren de acuerdo en solicitarlo. A pesar de ser razón de extinción del vínculo matrimonial legalmente se imponen varias salvaguardias que afectarán a los coóyuges aun después de divorciados. Por una parte se asegura el cumplimiento de las obligaciones de los progenitores frente a los hijos sin importar la relación que puedan o no tener. Por otro se exige la situación económica similar a la disfrutada en el matrimonio por el cónyuge más desfavorecido económicamente. Además será fundamental la defensa de sus intereses en la disolución del régimen económico y la separación de bienes a los que pueda dar lugar.
Desde nuestro bufete además damos especial énfasis en el proceso de divorcio a la regulación de las visitas de padres e hijos considerando los detalles de la aplicación de la Ley de Custodia Compartida.
¿De que forma se piden las medidas provisionales previas a la demanda?
Tendrá que presentarse un formulario en el Tribunal del domicilio del solicitante en el cual se detallaran los sucesos y dificultades que dan lugar a su solicitud y las medidas especificas que se requieren; entregando con la misma las certificaciones de matrimonio y de nacimiento de los hijos y los otros documentos que justifiquen o avalen las medidas que se estan pidiendo.
A la vista de la solicitud, el Tribunal mandará citar a los cónyuges y, si hubiesen hijos menores o incapacitados, al Ministerio Fiscal, a una comparecencia, en la que se buscará un acuerdo y que se celebrará en los diez días siguientes. A aquella comparecencia tiene que ir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su Procurador. La falta de asistencia, sin razón en particular justificada, de alguno de los cónyuges a la audiencia podrá resolver que se consideren aceptados los eventos señalados por el cónyuge presente para dar sustento sus peticiones sobre medidas provisionales de carácter patrimonial. El juez acordará las medidas oportunas y en contra esta resolución no no se considera recurso alguno.
Divorcio sin acuerdo
El divorcio unilateral o sin acuerdo, implica que uno de los cónyuges se opone al divorcio. Para llevar a cabo el divorcio unilateral la ley requiere que la pareja haya estado separada por un mínimo de 3 años.
Cese de pensión de alimentos
Si han terminado los fundamentos de una demanda de pensión alimenticia está el derecho a solicitar el término en el pago de la pensión.En cuanto a los hijos, el derecho a recibir una pensión por alimentos termina cuando cumplen la mayoría de edad (excepto que continuen estudiando), trabajen o se casen. Representamos a nuestros clientes en la interposición y gestión de juicios de cese de alimentos.
Aviso de Cese de Convivencia
Los abogados de familia son quienes se encargan de representar a las partes en un trámite de divorcio. Para todo proceso de esta índole se requieren dos abogados, uno que representa a cada cónyuge. Un divorcio es un procedimiento judicial cuyo objeto es terminar el matrimonio, mediante la proclamación de un juez. Hay distintos tipos: este puede ser de acuerdo mutuo, o unilateral y ambas partes requieren diferentes procesos. Para iniciar los trámites para el divorcio se requieren solamente los certificados de matrimonio y de nacimiento, si es que existen hijos en común.
Puede haber un matrimonio que por distintas causas ha cesado la convivencia e incluso así no quiere el divorcio. En estas situaciones es posible pedir a un juez que resuelva la separación judicial y regularice los temas jurídicos de esta situación. Esta instancia tiene la posibilidad de ser pedida por cualquiera de los cónyuges, cuando ya no viven juntos, no obstante, ello impide a los separados para contraer otro matrimonio.
Por otra parte, el divorcio finaliza el matrimonio y a los derechos y obligaciones que éste tiene consigo. Además posibilita a los divorciados para casarse nuevamente.
Si se inicia un trámite para divorcio unilateral, el cónyuge demandante tiene la posibilidad de solicitar la regulación de estos aspectos, de forma de velar por los intereses de los hijos desde el principio.
Es fundamental saber que usted deberá notificar la demanda al otro cónyuge. La ley estipula que toda persona posee el derecho a saber que existe un juicio en su contra. Adicionalmente, debe considerar, que la ley exige que ambos cónyuges concurran a una audiencia, de manera que es relevante que usted sepa de una dirección en que su cónyuge pueda ser notificado(a). En cuanto a los hombres, una vez registrado el divorcio en el registro civil él puede volver a casarse inmediatamente. Las mujeres se rigen por una norma del código civil que tiene por objeto evitar confusión de paternidades. Esta normativa establece que la mujer que se divorcia deba esperar 9 meses (270 días) para volver a casarse. No obstante es posible acortar este plazo si la mujer prueba que, en el momento de realizarse el divorcio, no se encuentra embarazada. Esto se realiza usando un certificado médico que se debe exponer ante un juez, el que autoriza realizar el matrimonio por medio de una sentencia legal.
¿Qué ocurre si no se puede encontrar al otro cónyuge?
Si no constara su paradero, podrá pedirse su ubicación a través de un oficio a la Policía. Si las averiguaciones resultaran negativas, deberá realizarse por edictos, si bien deberá ser pedido por la parte. Por cierto una vez conste la dirección del actor, el emplazamiento se hará en su persona, y en caso de no encontrarse en el lugar, se hará a la persona que se halle en el domicilio o lugar donde se le emplace. Si el demandado es hallado pero rechaza recibir la citación o se niega a firmarla, el Secretario u Oficial habilitado le hará conocer que la copia de la resolución se hayan a su disposición en la Secretaría del Juzgado produciéndose todos los efectos de la comunicación.
¿Qué pasa si no me presento en el juicio?
La Ley refuerza la exigencia de presencia física de los cónyuges bajo apercibimiento de poder tener por admitidos los hechos alegados por la parte que comparezca para fundamentar sus peticiones sobre medidas definitivas de carácter patrimonial.
¿Puedo solicitar que la otra parte pague las costas del juicio en la demanda?
En derecho familiar, las condenas en costas quedan reservadas a límites de contumacia o mala fe, siendo la norma general, por el contrario, la no imposición de las costas del juicio.
Nuestros abogados con experiencia en procesos de divorcio y separaciones se encargan de toda la realización del trámite, ya sea de acuerdo mutuo o contencioso, informando en cada instante al cliente del avance de su expediente.
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